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    El gobierno electo prioriza endurecer la seguridad en proyecto de ley de urgencia

    La seguridad es, con distancia, el principal tema de preocupación de los uruguayos, según varias encuestas. Fue también el principal centro de críticas de la oposición al Frente Amplio en los últimos períodos de gobierno y el principal tema de debate en la última campaña electoral. Ahora, es la primera de las 10 secciones que componen el proyecto de la ley de urgente consideración que elaboró el equipo del presidente electo Luis Lacalle Pou. Es también la más extensa: abarca 94 de sus 459 artículos, una quinta parte de la ley.

    La señal es clara. “Vamos a impulsar una cantidad de instrumentos en una batalla muy trascendente contra el narcotráfico, porque es absolutamente claro e indiscutible que somos un país de tránsito”, dijo a Búsqueda el ministro designado del Interior, Jorge Larrañaga, para dar marco a los cambios que promoverán y que, por cierto, van bastante más allá que el narcotráfico.

    Una de las tendencias en los artículos es el endurecimiento de las penas y de las circunstancias agravantes en delitos vinculados principalmente al tráfico de drogas, las violaciones y los abusos sexuales, los homicidios y los delitos violentos. Otra de las líneas desarrolladas busca dar más garantías y potestades a la actuación policial y a la represión del delito.

    Una de las tendencias en el proyecto de la ley de urgente consideración es el endurecimiento de las penas y de las circunstancias agravantes en delitos vinculados principalmente al tráfico de drogas, las violaciones y los abusos sexuales, los homicidios y los delitos violentos.

    Entre otras medidas, por ejemplo, amplía el alcance del concepto “uso de la fuerza” y se le da derecho a personal policial retirado a “reprimir” en situaciones de delitos flagrantes. También se crean dos delitos nuevos vinculados a la tarea diaria de la Policía: resistencia al arresto y agravio a la autoridad policial.

    Para la ley de legítima defensa hay modificaciones significativas. Actualmente alcanza a quien “defiende la entrada de una casa habitada o de sus dependencias, o emplea violencia contra el individuo extraño a ella que es sorprendido dentro de la casa o de las dependencias”. La modificación propuesta amplía bastante el alcance: ampara a quien “durante la noche repele el ingreso de personas extrañas a un establecimiento que desarrolle actividad agraria” y al funcionario de la Policía, la Prefectura, el Ministerio de Defensa o las Fuerzas Armadas que actúe en respuesta a “una agresión física o armada contra él o un tercero”. También al que “obra en defensa de la persona o derechos de un extraño”.

    Para los menores infractores, el proyecto de ley modifica el régimen de semilibertad definido en el Código de la Niñez y la Adolescencia. La nueva normativa propone que no sea aplicable al adolescente que haya sido penado por violación, abuso sexual, abuso sexual especialmente agravado, privación de libertad, rapiña, rapiña con privación de libertad, homicidio intencional y lesiones graves o gravísimas. A su vez, se duplica la pena máxima para los menores, pasando de los cinco años actuales a 10, y se define que para quienes cometieron los delitos graves se mantendrán sus antecedentes con el objetivo de que no sean considerados primarios si volvieran a delinquir.

    Código del Proceso Penal

    La aprobación de un nuevo Código de Proceso Penal fue una de las principales reformas judiciales adoptadas en los últimos años. Esa modificación, que contó con los votos de todos los partidos, no estuvo exenta de polémica e incluso fue centro de críticas cuando luego de su entrada en vigencia se dio un aumento importante de los delitos registrados.

    El proyecto promueve cambios en el código. En general, las modificaciones tienden a extender el campo de actuación de la Policía y limitar el de la Fiscalía.

    Por ejemplo, si se aprueba sin cambios, se amplía a cuatro horas el plazo que tiene la Policía para informar a la Fiscalía ante un hecho de apariencia delictiva. La redacción actual dice que eso debe ocurrir “inmediatamente”. En la misma línea, se extiende de dos a cuatro horas la posibilidad de la Policía de “retener” a personas halladas en el lugar.

    Si se aprueba sin cambios, se amplía a cuatro horas el plazo que tiene la Policía para informar a la Fiscalía ante un hecho de apariencia delictiva. La redacción actual dice que eso debe ocurrir “inmediatamente”.

    También se flexibilizan las posibilidades policiales de interrogar a los imputados. Con la formulación vigente solo pueden tomarle declaración para confirmar su identidad. Incluso cuando el imputado se ofrezca voluntariamente a declarar es necesaria la autorización de la fiscalía. El proyecto de ley de urgente consideración propone que la Policía esté habilitada a “interrogar autónomamente al imputado a los efectos de constar su identidad y para realizar averiguaciones, investigar, obtener pruebas, y aclarar el presunto delito”.

    El borrador presentado el miércoles 22 da a los policías más posibilidades de registro de personas, vestimenta y vehículos. Para las penas, en cambio, hay un marco más estricto. El articulado deroga la libertad vigilada, pone el uso de tobilleras electrónicas como requisito para las salidas transitorias y limita los procesos abreviados.

    También se propone limitar el campo de actuación del fiscal general: “Las instrucciones generales no podrán afectar ni menoscabar en forma directa o indirecta la independencia de los fiscales letrados”.

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