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El presidente Tabaré Vázquez bajó del piso 11 de Torre Ejecutiva, luego de un Consejo de Ministros, para darle una noticia a un grupo de manifestantes que reclamaban en la plaza Independencia por una solución para los llamados “cincuentones”. “Ustedes van a tener la oportunidad y la libertad de elegir si permanecen en las AFAP, como están hasta ahora, o si pasan al BPS”, les dijo Vázquez.
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Así ponía fin a un reclamo de aquellos que en 1996, cuando entró en vigencia la reforma previsional que incorporó las administradores de fondos previsionales (AFAP), tenían algo menos de 40 años y estaban obligados a ingresar a ese nuevo sistema.
Hasta agosto de 2021, cuando finalizó el plazo para que los “cincuentones” dejaran el régimen mixto, fueron 31.345 quienes decidieron desafiliarse de las administradoras, según informó El Observador con datos de la Asociación Nacional de AFAP. Casi 145.000 personas estaban habilitadas para el cambio.
Pero incluso quienes se desafiliaron de las AFAP y decidieron volver al Banco de Previsión Social (BPS) siguieron con los reclamos. Así surge de una sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), luego del reclamo presentado por un jubilado que fue patrocinado por el estudio Saldain & Asociados, del que es socio el especialista en estos temas Rodolfo Saldain.
El demandante consideró que era “ilegítimo” el modo en que calcularon la jubilación. El BPS estimó el máximo de la prestación y luego se le aplicó el coeficiente 0,90 (en los hechos, se descontó 10%), cuando “debió haber sido a la inversa”. Consideró que en su caso “la diferencia había sido relevante”: en la fecha de cese, su jubilación inicial debió ser de $ 65.116 y no de $ 58.604.
El TCA consideró que “le asiste razón” al denunciante y falló, por mayoría, para que se anule la resolución del BPS que le había estimado la jubilación. “El procedimiento de liquidación de la pasividad aplicado” por el BPS “no era el que mandataba la ley”, sostiene el tribunal en la sentencia.
El ministro del TCA William Corujo sostuvo que la aplicación de los topes jubilatorios “es el último paso en la liquidación” de la jubilación. Explicó que la “asignación inicial de las personas comprendidas” en la ley de “cincuentones” es la asignación prevista por “el régimen anterior multiplicada por el coeficiente 0,9”.
“Sobre la totalidad de dicha asignación es que deben aplicarse los correspondientes topes jubilatorios, si procediesen”, concluyó.
El demandante primero presentó, en 2019, el recurso ante el BPS y este organismo mantuvo el criterio que había decidido inicialmente. “Se consideró que no era correcto y ahí, como todo acto dictado por una dependencia estatal, se fue al TCA”, narró Saldain a Búsqueda. En total son “cinco o seis casos” los patrocinados por el estudio que cuestionan el criterio.
Saldain agregó que la “línea argumental” de la sentencia aplica “a algunos casos muy concretos” y no a todas las personas comprendidas en la ley de “cincuentones”.
Sin conflicto
Saldain presidió hasta noviembre la Comisión de Expertos en Seguridad Social (CESS), un grupo formado por la Ley de Urgente Consideración que tuvo como cometidos hacer un diagnóstico del sistema previsional y luego enviar recomendaciones para su reforma. Su cargo fue honorario.
El gobierno tiene previsto enviar este año un proyecto de ley con los cambios en el sistema. Saldain es uno de los encargados de redactar ese documento, que se realizará a partir de las recomendaciones de la CESS. También fue corredactor de la reforma previsional de 1996.
Saldain aclaró que el proceso de demanda con el grupo de “cincuentones” se inició hace “cuatro años”, mucho antes de que se formara la CESS. Además, sostuvo que fue su socio, Gonzalo Martínez, quien siguió de cerca el caso. Hace un año y medio que él está alejado de las tareas del estudio.