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    Exjerarca del Mides reclama US$ 451.000 a la diaria por “daño moral”, “daño emergente a la salud” y lucro cesante

    Una noticia publicada en la diaria el 4 de diciembre de 2020 informó que la exdirectora del Programa Nacional de Discapacidad y de la Secretaría Nacional de Cuidados, Gabriela Bazzano, había sido investigada por Crimen Organizado porque la asociación civil Seamos, que ella dirigía, había entregado hijos de personas con discapacidad intelectual a otras familias, sin pasar por un control del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU). El artículo tomaba como base el expediente judicial de la denuncia realizada en 2015 y aclaraba que el caso había sido archivado dos años después por la jueza suplente Gabriela Araujo, luego de que elfiscal no encontrara “indicios de la existencia de hechos con apariencia delictiva”.

    La publicación de la diaria motivó una demanda de los psicólogos Bazzano y su esposo, Joaquín Rodríguez, contra el medio y también contra la Coordinadora de Psicólogos del Uruguay y la Universidad de la República, que emitieron comunicados a raíz del informe periodístico. En los escritos rechazaron las prácticas planteadas en la investigación por estar “reñidas con la ética”.

    La denuncia señala que la nota periodística fue tendenciosa, difamatoria, incitó al odio, generó escarnio y linchamiento público, atentó contra su dignidad y prestigio. Además, sostienen que por la depresión y el daño psíquico y emocional que sufrieron debieron dejar de trabajar. En consecuencia, reclaman US$ 451.363 por daño moral, daño emergente a la salud y lucro cesante.

    El abogado de la diaria, Matías Jackson, dijo a Búsqueda que Bazzano y Rodríguez, con la cifra “abultada” que piden, procuran “evitar la circulación de una noticia de alto interés”. En su opinión, la acción judicial promovida “tiene un efecto de silenciamiento contra la prensa”. En la defensa que presentó ante la Justicia, el abogado justifica la publicación de la noticia —a pesar del archivo judicial de la causa— por el “interés público de la información” en relación con el cargo de jerarquía de Bazzano, que dirigió la asociación civil investigada por el programa denominado Familias Articuladas.

    La prensa juega un “rol fundamental para poner a consideración pública hechos y actuaciones relacionados con los cargos asignados, en particular cuando, como sucede en este caso, pudieran haber incurrido en prácticas cuestionables desde el punto de vista ético o jurídico”, argumentó.

    Jackson añadió que la prueba propuesta por los denunciantes para acreditar el daño no cumple con los requisitos y que estos no aclaran el criterio en el que se basan para la estimación económica.

    En el marco de su defensa, la diaria pidió un pronunciamiento del exrelator para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) Edison Lanza. En su informe sostiene que en el caso se constatan los tres elementos que las interpretaciones internacionales requieren para establecer que un caso sea de interés público: que involucre a una funcionaria pública al frente de un cargo de confianza, que haya sido sometida a una investigación penal en relación con temas estrechamente vinculados al cargo que ocupaba y que esté enmarcado en un tema de actualidad y de relevancia pública, “como lo es el del marco institucional y regulatorio de las adopciones de menores cuyos progenitores son personas con discapacidad intelectual”, indicó.

    Otro de los puntos esgrimidos por la diaria ante la Justicia es la protección de la libertad de expresión. En ese sentido, el escrito sentencia que la demanda busca “amedrentar” el trabajo periodístico y “sentar un precedente con un grave efecto inhibitorio” al intentar desalentar que los medios publiquen noticias.

    Lanza consideró que “aplicar la culpa o la mera ocurrencia de un daño para valorar la difusión de información de interés público o sobre funcionarios públicos constituye per se una amenaza a la libertad de expresión”. A su vez, afirmó que “aunque la doctrina de la real malicia puede ser asimilada al dolo directo de nuestro Código Civil, del análisis previo surge que estamos ante un dolo o culpa calificado que debe probar quién lo alega, que cuando se trata de funcionarios o personas públicas no alcanza con manifestar simplemente que la difusión de la información le afecta o le causó un daño a la reputación”.

    Según el informe Sombra realizado por la red Voces del Sur, que releva la situación en 14 países de la región, Uruguay está atravesando un deterioro de la libertad de expresión. El estudio consignó que hubo 70 casos de amenazas y restricciones en 2021 con un alarmante aumento de los procesos penales o civiles a periodistas. Este diagnóstico se sumó al realizado por el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas y otro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ambos en un tono similar.

    Más hechos a denunciar

    El 20 de octubre pasado se desarrolló la primera audiencia en el marco de la demanda iniciada por Bazzano y su esposo. la diaria informó de esa instancia el día antes. La noticia llevó a que la audiencia se suspendiera antes de terminar ante un planteo de los demandantes, que quisieron denunciar hechos nuevos: se referían a la noticia que anunciaba la audiencia.

    Después de ese día la defensa de Bazzano también denunció que había existido “desacato judicial” por parte del medio al tomarle una fotografía cuando salía de la audiencia. Jackson plantea que, más allá de que no se presentaron pruebas sobre esa cuestión, la labor periodística incluye la reproducción fotográfica de personas de alto interés público, como es el caso de la denunciante.

    En relación con la publicación del informe principal sobre el caso, la demanda presentada por la exdirectora del Programa Nacional de Discapacidad y de la Secretaría Nacional de Cuidados plantea que hubo “dolo” por parte de la diaria, ya que no se trató de negligencia o imprudencia, sino que por el contrario hubo intenciones de perjudicar su imagen pública. El escrito indica que “no es veraz” que Bazzano hacía trata de personas a través del mecanismo de la asociación Seamos que entregaba hijos de personas con discapacidad intelectual a otras familias.

    “Los hechos difamatorios que se mencionan, que atentan contra la dignidad y el prestigio profesional de los suscritos, implican un hecho ilícito que genera la responsabilidad civil y penal de quienes lo expresen o se adhieran” a estos, afirma.

    Por su parte, desde el medio aseguran que la nota fue redactada de forma neutral y la información expuesta es “enteramente fiel” a los testimonios que surgen del expediente penal. En consecuencia, piden a la Justicia que se declare la caducidad de la demanda, que aseguran que fue presentada fuera del plazo legal.

    La Asociación de la Prensa Uruguaya emitió un comunicado el 13 de noviembre, en el cual respaldó a los trabajadores de la diaria y apuntó contra quienes intentan “acallar” a medios de comunicación para que revean su posición, además de manifestar preocupación por la “insistencia de acciones legales” que incluyen el reclamo de grandes sumas de dinero.

    “El acoso legal y económico a un medio de comunicación, por cumplir con su cometido esencial de informar sobre hechos de interés público, es una práctica profundamente antidemocrática”, señala el documento.

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