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Las gremiales de productores pretenden que el gobierno realice algunos ajustes en la reglamentación de la ley que crea el Fondo de Garantía para Deudas de Productores Lecheros (FGDPL), específicamente en cuanto al alcance que tenga esa herramienta legal y el monto que pueda ser canalizado para el pago de sus deudas.
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Es que los tamberos quedaron disconformes con la redacción final de esa legislación, ya que consideran prioritario que ese fondo sea destinado exclusivamente para dar solución al endeudamiento del sector lechero. Cuestionan además, que el Poder Ejecutivo no haya determinado un incremento mayor en el precio de la leche pasteurizada común, que fija el gobierno, lo que proveería de más recursos para atender los problemas de la lechería.
En un comunicado fechado el miércoles 14 un grupo de gremiales tamberas advierte que no comparten que “a partir de los recursos obtenidos por una fracción del precio de la leche (tarifada), se generen instrumentos sin tener en cuenta los planteos” que habían formulado. El fondo en cuestión “será utilizado por una fracción de productos, siendo de un altísimo costo y de dudosa eficacia”, considera.
El objetivo del FGDPL es otorgar las garantías que faciliten la reestructuración de largo plazo, total o parcial, del endeudamiento con instituciones financieras de los tamberos. Una vez lograda la reestructuración de las deudas, o cuando el productor no tenga endeudamiento con bancos, ese fondo podrá otorgar garantías que permitan reestructurar las deudas con industrias lácteas o proveedores de insumos y servicios agropecuarios, según el texto de la ley promulgada el viernes 15 por el Poder Ejecutivo.
Los productores que remitan menos de 480.000 litros de leche por año a las plantas industriales podrán acceder a fondos de libre disponibilidad o reembolsables con el objetivo de promover su desarrollo. El monto máximo de esa asistencia será de US$ 6 millones. Al respecto, las gremiales de tamberos criticaron el “tope arbitrario” de 480.000 litros, porque “no tiene justificación técnica” y genera una “profunda injusticia”.
Hay “desazón” ante la actitud del gobierno que “se niega a escuchar y parece no entender” cuando los productores le “ofrecen soluciones reales”, plantearon.
La ley en cuestión dispone además que en la medida que se vayan cancelando las deudas, los fondos liberados y no utilizados podrán ser utilizados para garantizar la ejecución de proyectos que mejoren la eficiencia y la competitividad del sector lácteo, así como otros que tiendan a reducir los problemas en el largo plazo por la caída de los precios internacionales.
Retención y multas
El fondo se financiará con la retención de $ 1,30 por litro de leche pasteurizada que se aplicará al precio de venta al público. Esa retención será efectuada por las industrias a partir de cada litro de leche enajenado y el total será depositado a una cuenta en el Banco República.
El monto de la retención será ajustado por el gobierno en cada ocasión en que sea reajustado el precio de la leche pasteurizada, en idéntica proporción al ajuste del valor que paga el consumidor.
La titularidad del fondo corresponderá a los ministerios de Ganadería y de Economía que podrán ceder u ofrecer en garantía, titularizar a favor de un fideicomiso financiero o securitizar los fondos retenidos con el fin de construir el capital necesario inicial para comenzar la operativa del fondo de garantía.
El monto inicial del citado instrumento financiero será de un máximo de US$ 36 millones, de los cuales US$ 27 millones serán destinados para la reestructuración de las deudas, US$ 3 millones para programas que garanticen un efecto anticíclico ante los vaivenes de precios internacionales de los lácteos y los US$ 6 millones restantes para los tamberos de remisión inferior a los 480.000 litros de leche anuales.
Las industrias que incumplan con las obligaciones establecidas en esa ley, serán suspendidas en los registros del Ministerio de Ganadería que las habilitan a realizar sus actividades, según la ley. Las empresas que no cumplieran en plazo con sus aportes al fondo recibirán una multa equivalente al 20% del monto no vertido más un recargo mensual.