El ministerio se negó a responder qué uso le dará al sistema, ante una solicitud de acceso a la información pública de una organización civil que denuncia que existe una “cultura de opacidad” y que falta legislación
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEn febrero de 2020, a pocos días del cambio de gobierno, el entonces presidente de la República, Tabaré Vázquez, firmó la resolución por la que se adjudicó una licitación para adquirir un software de reconocimiento facial. El sistema le iba a permitir al Ministerio del Interior utilizar las casi 9.000 cámaras que están instaladas en la vía pública como dispositivos para identificar personas, al cotejar las imágenes registradas con las que están en poder de la Dirección Nacional de Identificación Civil.
La compra tuvo un costo de US$ 877.091. De esa cifra, US$ 638.913 eran para el sistema informático y los US$ 238.178 restantes para su mantenimiento por un plazo de tres años.
Aunque apenas faltan un par de meses para que venza el plazo de mantenimiento estipulado, la tecnología comprada casi tres años atrás está “instalada pero no operativa”. Tampoco existe un delegado designado por el Ministerio del Interior para la protección de los datos que requiere el funcionamiento —recién “se está en instancia de seleccionar la persona y perfil adecuado”—, ni están establecidos los protocolos de uso del software de reconocimiento facial, que todavía están en “instancia de redacción”.
Estas fueron las respuestas que la cartera dio ante el Juzgado Letrado de primera instancia en lo contencioso administrativo de 4º turno, luego de no responder un pedido de acceso a la información pública realizado por Patricia Díaz, coordinadora de Datysoc. Esa organización forma parte de la asociación civil Data Uruguay e impulsa estudios de investigación y acción en el área de derechos digitales y el impacto de las tecnologías de la información en los derechos humanos.
La solicitud había sido realizada el 2 de noviembre de 2021 y fue denegada el 2 de diciembre. Las preguntas formuladas por Díaz apuntaban a tener detalles sobre el uso que el gobierno hace de la videovigilancia en las políticas de seguridad pública. El Ministerio del Interior argumentó que se trataba de información reservada, porque “los sistemas de persecución del delito, si se revelan, no son eficaces”. También, indicó que había datos que no tenía y así se amparó en la legislación vigente que establece que los organismos no tienen la obligación de producir información con la que no cuentan.
La respuesta del ministerio motivó un reclamo judicial de Díaz. En esa nueva instancia, la cartera resolvió aportar parte de la información solicitada, pero rechazó informar sobre el uso específico que le “da o dará” al software de identificación facial. De nuevo, explicó que la tecnología se incorporó en el marco de los cometidos específicos de la cartera —seguridad interna, mantenimiento del orden público, prevención y represión de delitos o ser auxiliar de la Justicia—, pero que dar detalles de la utilización al conocimiento del “público general puede afectar la eficacia”.
La consulta buscaba precisar si era posible con las cámaras el Ministerio del Interior verificar la identidad de personas que se niegan a dar su nombre a la Policía o no tienen el documento de identidad, la identificación retrospectiva —método de análisis de grabaciones para identificar sospechosos de un hecho delictivo—, el reconocimiento facial en vivo y ciberpatrullaje, es decir tomar imágenes publicadas en Internet para confirmar la identidad de personas.
La cartera se limitó a responder que no daría la información y que el software “no tiene capacidad” para realizar reconocimiento facial en vivo, para lo cual es necesario “adquirir otros complementos”.
El juez a cargo, Carlos Aguirre, falló que el ministerio no estaba obligado a entregar la información requerida “no solo” por su inexistencia, sino porque entendió que además no existe hasta la fecha un “fundamento” para la “existencia”. En el escrito, Aguirre consideró que la instancia judicial no se trata de “estudiar la desidia del Estado en la puesta en práctica del sistema y, por tanto, el mal uso de los dineros públicos; sino de determinar si la información requerida debiera existir”.
La decisión judicial fue recurrida por Díaz y el proceso está ahora a la espera de la resolución del Tribunal de Apelaciones.
La coordinadora de Datysoc dijo a Búsqueda que pidieron la información preocupados por la conformación de un “ecosistema de vigilancia” que creen que se maneja en una “cultura de opacidad extrema”. En esa línea, destacó la importancia de que la ciudadanía conozca cómo se utilizan las tecnologías y participe de los debates. Si bien cuestionó el alto costo que significó para el Estado la adquisición de la tecnología que no se encuentra operativa, consideró una “buena noticia” que no haya entrado en funcionamiento.
“Las decisiones de incorporarlas no deberían tomarse sin una consulta pública, sin la participación de la sociedad civil”, argumentó. En el caso del sistema de reconocimiento facial, consideran que es clave que se conozca el uso que se le dará, quién autoriza su uso y cómo se controla el sistema.
La abogada especializada en Internet planteó la preocupación de organizaciones en torno a la utilización de tecnologías de vigilancia masiva sin una “regulación adecuada” y una política de Estado en torno a la temática. Según Díaz, faltan normas procesales que, por ejemplo, establezcan la validez del “match biométrico” que se generará con el sistema de reconocimiento facial. “¿Cuál es el valor como prueba en el marco de un proceso judicial? ¿Es admisible?”, se preguntó.
En su opinión, Uruguay debería haber discutido una legislación para el tema antes de concretar la compra de la tecnología a usar. “Primero debe existir un marco normativo de rango legal, que regule el reconocimiento facial y tiene que ser públicamente accesible, para que las personas sepan cuándo los van a vigilar y se tengan garantías de que la policía está actuando bien”, indicó. Finalmente, planteó tomar “medidas urgentes” para generar un “blindaje” y “evitar la erosión de derechos humanos en temas de vigilancia”.
Búsqueda consultó al Ministerio del Interior sobre los motivos por los que el sistema de reconocimiento facial no está operativo. Desde la Unidad de Comunicación respondieron que esa información también está comprendida en la reserva que argumentaron ante la solicitud de acceso formulada por Díaz.