Los sectores que más emplean jóvenes son el comercio, la gastronomía, la hotelería y los servicios. Entre esos grupos de actividad había algo más de 180.000 jóvenes trabajando. Menchaca y Camila Lara, de 34 años, dirigente de la Unión de Trabajadores de PedidosYa e integrante de la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios, apuntan que se trata de grupos de actividad con “alta precarización” y de los que sufrieron mayor pérdida salarial en las últimas rondas de negociación colectiva.
La informalidad también afecta más a los jóvenes. Mientras el “no registro” a la seguridad social de los trabajadores de entre 14 y 29 años era de 30% en 2020 el de los mayores de esa edad era de 23%.
La realidad uruguaya no es ajena a lo que ocurre en otras partes del mundo. ?En América Latina, por ejemplo, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) prevé que el índice de desempleo juvenil alcance el 20,5% en 2022.
En su informe de 2022 sobre tendencias de empleo juvenil, la OIT señala que buena parte de las nuevas posibilidades laborales se generarán en los empleos “verdes” (relacionados con la preservación y restauración del medio ambiente) y “azules” (relacionados con la gestión sostenible de océanos, mares y costas). La economía digital y los cuidados son otras áreas señaladas como posibles impulsoras de puestos de trabajo hacia 2030.
El tema está en la agenda uruguaya. En un reciente evento, el Ministerio de Trabajo cuantificó los empleos “verdes”. En 2016 eran 44.108 y para 2021 pasaron a ser 89.263, con un 3% de empleos “azules”.
El director de Empleo del Ministerio de Trabajo, Daniel Pérez, sostiene que existen “versiones contradictorias” sobre el impacto que puede tener el retraso de la edad jubilatoria en el empleo juvenil. Hay quienes dicen que va a influir negativamente —explica—, pero también quienes creen que va a mejorar la inserción laboral de ese segmento de la población.
La Dirección de Empleo no tiene hasta ahora un estudio sobre las eventuales consecuencias. Pérez está convencido de que, en cualquier caso, “el impacto no debería ser mucho” si se consideran los números de jubilación de Uruguay: en el anteproyecto de reforma de la seguridad social se propone extender la edad de retiro de los 60 a los 65 años, pero el promedio de jubilación actual en el régimen general es a los 63. Además, afirma que los puestos de trabajo de jóvenes y de empleados cercanos al retiro “no necesariamente se vinculan”.
“No es que una empresa saca a un senior para contratar a un junior”, dice.
Para Pérez, la “gran reforma relacionada con el empleo” es la educativa, que debe buscar que la educación se “vincule bien fuerte” con el mercado productivo. “En la medida que haya un divorcio como el que existe hoy entre lo que la educación enseña y el mercado demanda es muy difícil que se logre una inserción grande de los jóvenes”, comentó.
Ese divorcio es justamente uno de los elementos principales de preocupación del Departamento de Jóvenes del PIT-CNT, que no ve políticas claras de formación orientadas a las tendencias del mercado de trabajo señaladas por la OIT. “No sabemos qué va a pasar en el momento del retiro. ¿Qué pasa ahora? ¿Hay políticas pensadas para el empleo de los jóvenes en los próximos años en el marco de las transformaciones del mundo del trabajo? ¿Estamos pensando en nuevas carreras que apunten a las nuevas formas de trabajo? ¿Se puede trabajar en la disminución de la jornada a seis horas para aumentar la cantidad de puestos de empleo? Si no se combinan todas esas cosas, el panorama para los jóvenes es malo”, dice Menchaca, que subraya que la situación es todavía más compleja para las mujeres, que viven de forma mas acentuada los problemas de empleo.
Leyes de promoción
Ante el problema creciente de empleo en la población joven, en el año 2013 el Parlamento aprobó por unanimidad una ley (Nº 19.133) que pretendía mediante subsidios incentivar su contratación. La llamada ley de empleo juvenil fue derogada en 2021 por una nueva ley (Nº 19.973) que incorpora varias modificaciones y además contempla a mayores de 45 años y personas con discapacidad.
Los programas de empleo dirigidos a los jóvenes en la nueva normativa son cinco: el subsidio temporal para la contratación de jóvenes desempleados; los contratos de primera experiencia laboral; las prácticas laborales para egresados; el régimen de trabajo protegido; y las prácticas formativas.
El primer programa consiste en un subsidio temporal (máximo $ 9.000 mensuales por 12 meses) a los empleadores privados que contraten nuevos trabajadores jóvenes (de 15 a 29 años) en situación de desempleo continuo superior a un año, o discontinuo superior a 15 meses.
La modalidad de primera experiencia laboral dispone un aporte estatal no reembolsable de $ 6.000 mensuales a las empresas privadas por cada contratación de jóvenes de entre 15 y 24 años en régimen de jornada legal completa, que no haya tenido experiencia formal de trabajo por un plazo superior a 90 días. En caso de que las contratadas sean mujeres el subsidio es de $ 7.500. El plazo del subsidio es de 12 meses, pero si pasado ese tiempo el trabajador permanece en la plantilla la compañía está exonerada de sus aportes a la seguridad social de ese contrato hasta que el trabajador cumpla 25 años.
En el caso de las prácticas laborales para egresados, el plazo de contratación no puede ser inferior a seis meses ni superior a un año y el empleador accede a un subsidio del 15% de las retribuciones mensuales del trabajador.
El trabajo protegido es, según la ley, el que se desarrolla en el marco de programas que incluyen acompañamiento social, subsidios a las empresas o capacitación. En este caso los beneficiarios deben ser jóvenes que además de estar desempleados pertenezcan a hogares cuyos ingresos estén por debajo de la línea de pobreza. Los subsidios previstos son de hasta el 80% de la retribución mensual del trabajador gravada por contribuciones especiales de seguridad social.
Las prácticas formativas, por último, son las que se realizan en el marco de propuestas o cursos de educación, formación o capacitación laboral de entidades educativas o formativas, con el objeto de profundizar y ampliar los conocimientos. Los estudiantes que participen de ellas acceden a un pago equivalente al 75% del salario mínimo fijado para la categoría en la actividad que corresponda.
Entre enero y julio las contrataciones que se dieron al amparo de la Ley 19.133 fueron 2.180. Un 90% de ese total corresponde a trabajadores jóvenes, según el director de Empleo.
Pérez dice que la cifra no los conforma porque muestra que la herramienta que promovieron no tuvo “el uso masivo” que pretendían, mientras el desempleo juvenil permanece en niveles que triplican al global. Sostiene que todavía existe “un desconocimiento grande” de que existe la ley y por eso el Ministerio de Trabajo decidió iniciar una serie de “actividades de difusión”.
En los últimos tres meses hubo un aumento en las contrataciones que, según el jerarca, es un efecto de esas campañas de difusión. En promedio, hubo un aumento de 50 contratos por mes en este período.
Pérez recordó que la ley de empleo juvenil tuvo un nivel de desconocimiento similar. Esa norma fue aprobada en 2013 pero hasta el 2018 las contrataciones eran menos de 1.000 cada año. En 2019, en cambio, los beneficiarios fueron 3.800 si se consideran las “prácticas formativas” que establecía la ley. En la Dirección de Empleo estiman que este año la cantidad de contrataciones estará en ese nivel.
Menchaca y Lara, del Departamento de Jóvenes del PIT-CNT, no tienen objeciones importantes con la redacción de la ley actual y creen que todavía es una norma “reciente” como para poder hacer un “balance tajante”. La principal inquietud que tienen respecto a sus disposiciones es el seguimiento de la situación de los menores de 18 años, en particular el monitoreo de que continúen adecuadamente sus estudios.
También subrayan la necesidad de un control cercano de la aplicación de la ley y de sus resultados. Al igual que sucedió con la ley de empleo juvenil en 2013, ven hasta ahora un uso poco extendido de la herramienta y, en paralelo, miran con preocupación las cifras de desempleo y pobreza en la población joven.
Algunos balances de la ley de 2013 aparecen como temores acerca de la nueva legislación. A juzgar por los resultados, consideran que aquella primera experiencia más que incentivar la contratación de jóvenes les dio exoneraciones a empresas que ya los contrataban.
Lara pone el acento en la necesidad de que el foco de todas estas políticas esté en la promoción del estudio. “Hay empresas que acceden a estos beneficios y después les niegan a los trabajadores cambios de horarios para que puedan estudiar. Entonces, estas modalidades tienen que estar acompañadas de flexibilidad para estudiar y que no se termine empujando a decidir entre el trabajo y el estudio”, dice.
Como uno de los puntos de su plan de trabajo, el Departamento de Jóvenes del PIT-CNT se propuso llevar a cabo un monitoreo de la aplicación de la nueva ley. Para eso pretenden conformar un espacio de coordinación con los representantes de los trabajadores en el Banco de Previsión Social, el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional y en la Administración Nacional de Educación Pública.
También se propusieron elaborar una plataforma laboral juvenil. “El régimen de licencias por estudio está pensado para los viejos programas universitarios que estaban muy enfocados en los exámenes. En un sistema educativo que ahora se basa sobre todo en parciales, la cantidad de días no es suficiente, o su aplicación. Hay empresas que te obligan a tomarte tres días juntos y de repente vos necesitás solo el día del parcial. Para ellos es una facilidad pero vos necesitás esos días para otros parciales”, señala Lara como uno de los problemas a abordar.