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    Justicia declaró “culpable” el concurso de Fripur y condenó a Alberto Fernández a pagar la deuda con los acreedores

    El Frigorífico Pesquero Uruguayo (Fripur) se declaró en concurso en agosto de 2014, luego de años de números rojos que sucesivos —y polémicos— préstamos del Banco República (BROU) no lograron poner en orden. Cuando cerró, en 2015, la empresa, propiedad de los hermanos Alberto y Máximo Fernández, tenía casi 1.000 empleados. La caída de Fripur quedó envuelta en varias irregularidades y disputas judiciales y se convirtió en un tema incómodo para el entonces gobierno del Frente Amplio, debido a la cercanía del empresario Alberto Fernández con sus autoridades, entre ellas el expresidente José Mujica.

    Los millonarios préstamos concedidos por el banco estatal cuando la empresa enfrentaba una crisis aguda fueron cuestionados por la oposición e incluso denunciados ante la Justicia penal, que aún tiene en marcha una investigación para determinar si se favoreció a la pesquera de forma indebida. Además, el empresario fue procesado con prisión a fines el año pasado por “apropiación de bienes prendados”, luego de vender mercadería que era garantía de los préstamos del BROU. Fernández también enfrenta una denuncia penal de dos sobrinas por simulación de delito y calumnias.

    A estos antecedentes se suma ahora un fallo del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 7to turno, que el 15 de setiembre confirmó la sentencia que declaró “culpable” el concurso de Fripur y condenó a Alberto Fernández, Magdalena Rodríguez y al sucesor de Máximo Fernández (quién falleció en 2016), Daniel Fernández Rodríguez, a cubrir la totalidad del déficit patrimonial en beneficio de los acreedores. También dispuso contra los dos primeros la inhabilitación para administrar bienes propios o ajenos por siete años.

    Fachada de Fripur. Foto: Pablo Vignali / adhocFOTOS

    “Total carencia de razón”

    El estudio Rueda Abadi Pereira, síndico designado por la Justicia, concluyó que los dueños de la compañía fueron responsables de su insolvencia y pidió que se los condenara “a la cobertura de la totalidad del déficit patrimonial” de la empresa. El informe del síndico apuntó también a los “adelantos de caja” que recibió Alberto Fernández, realizados “sin pactar adecuadamente intereses y forma de reintegro”. De hecho, cuando fue a concurso, este le adeudaba a Fripur más de US$ 3 millones y $ 2 millones. Parte de esos retiros se produjeron en momentos en que la compañía aumentaba su endeudamiento con el BROU, según expedientes y documentos analizados por Búsqueda (Nº 2.025).

    La jueza de Concurso Susana Moll hizo lugar a las conclusiones del síndico. En una sentencia del 18 de febrero determinó que el directorio de Fripur actuó con “dolo o culpa grave” porque durante los dos años anteriores a la fecha de declaración del concurso “los fondos o los bienes propios del deudor fueron manifiestamente insuficientes o inadecuados para el ejercicio de la actividad”, porque en ese período se retiraron “indebidamente del patrimonio del deudor bienes o derechos” y porque la sociedad no cumplió “el deber de solicitar la declaración judicial de concurso” a tiempo.

    Rodríguez, viuda de Máximo Fernández e integrante del directorio de Fripur, apeló la condena bajo el argumento de que ella no percibía un salario y que nunca había participado de la administración y gestión de la empresa. Sostuvo que era Alberto Fernández quien tenía la posición preponderante en el directorio y era por tanto el responsable.

    Fernández también apeló. Rechazó que se le imputara la causa de la insolvencia de la empresa y sostuvo que como solo era propietario del 33,33% de las acciones no tenía poder de decisión. A su vez, aseguró que quienes administraban Fripur eran su hermano Máximo, su esposa y sus hijas. “Toda la gestión financiera fue hecha por estos. Es imperdonable que se le condene por haber firmado las actas del directorio”, planteó su defensa ante el tribunal.

    Los estados contables con resultados negativos desde 2012 no eran su responsabilidad, alegó, “ya que no podía torcer a la mayoría y además no participaba en la actividad de administración financiera y económica” de la empresa. Afirmó también que no hizo “ninguna transferencia ilegítima”, ya que los retiros de dinero fueron autorizados, no “simulados ni fraudulentos”.

    La sentencia del tribunal, redactada por el ministro Edgardo Ettlin y firmada por las ministras Cristina Cabrera y Beatriz Tommasino, rechazó ambas apelaciones. De acuerdo con el fallo, al que accedió Búsqueda, que Rodríguez no percibiera formalmente remuneración o que Fernández alegue que solo actuó en la gestión comercial y no económico-administrativa de la empresa no son datos relevantes para “atenuar su responsabilidad”.

    “Porque lo que se decide en el directorio involucra a todos los directores por igual” y “es responsabilidad de todos”, sostuvo el tribunal.

    Por otra parte, la defensa de Fernández de que “no conocía los números reales de la empresa” ni su insolvencia “en un director de una sociedad anónima es sencillamente inexcusable”.

    “Por lo contrario, como director de la empresa, en el papel que le correspondiere, nada le habilitaba a ser pasivo u omiso, inclusive, para no haber solicitado la declaración del concurso cuando era más que claro que la insolvencia económica de Fripur y el incremento de sus deudas eran palmarios, acumulándose año tras año las pérdidas”, afirmó la sede.

    “Ninguna supuesta ignorancia sirve de pretexto”, añadió.

    Así, ni Rodríguez ni Fernández “pueden aseverar que no tuvieron nada que ver en las situaciones que precipitaron la caída comercial de Fripur S.A. y su carrera inevitable hacia el proceso concursal”.

    Por otra parte, el tribunal señaló que Fernández no devolvió las sumas de dinero que retiró de la caja de Fripur entre 2010 y 2015, “en pleno período de crisis empresarial, agravando en relación directa el déficit”. El reintegro de ese dinero fue reclamado por la sindicatura del concurso e incluso fue ordenado por la Justicia, que en 2016 lo condenó a devolver US$ 7 millones y $ 4 millones, recordó la sede.

    “No sabemos a esta altura qué pretende defender Alberto Fernández (…) cuando no acreditó haber devuelto o reintegrado a Fripur S.A. todavía ninguno de esos dineros”, concluyó.

    “Todo lo demás, en cuanto a si fueron hechos estos retiros con autorización o no de los restantes socios, si lo fue para capitalizar a la otra empresa del grupo económico —Green Fin S.A.—, queda por sus meros dichos y resulta ya indiferente cuando resulta impepinable que quien retiró el dinero debe devolverlo”.

    El tribunal consideró que Fernández y Rodríguez mostraron una “total carencia de razón” en su apelación y los condenó a pagar las costas y costos de la segunda instancia.