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    La Corte pide a jueces de Paz que hagan diligencias fuera del horario de los juzgados y que concurran “por lo menos” tres horas por día

    Los jueces de Paz de ciudades, villas y pueblos están acostumbrados a resolver todo tipo de conflictos. Son los representantes del Poder Judicial en las poblaciones chicas y, aunque con el paso de los años —y el avance de las comunicaciones— los habitantes están menos aislados y recurren más a la capital del departamento, siguen cumpliendo a veces el rol de lo que era el “comisario del pueblo”.

    Muchos de los juzgados de Paz de ciudad o pequeños poblados no tienen siquiera funcionarios: el juez se encarga de recibir las denuncias, hacer las diligencias, y estudiar los expedientes. Incluso pueden acceder a esos cargos personas que no sean abogados, aunque hoy la Suprema Corte de Justicia solo nombra a quienes tengan el título.

    Esa suerte de aislamiento en el que trabajan algunos magistrados de Paz del interior, lejos de la capital y con poca demanda de trabajo, lleva a veces a que las hábitos se “flexibilicen”. En ocasiones los juzgados no abren sus puertas porque el juez no concurre a trabajar o se encuentra fuera realizando diligencias y no hay quién reciba los reclamos.

    La Corte quiere evitar que eso se extienda, y por eso “exhortó” a los jueces de Paz a cumplir las diligencias “fuera del horario de funcionamiento de las oficinas” y les recomendó concurrir a sus despachos “por lo menos tres horas por día”.

    De acuerdo a una circular de la Corte del 4 de abril, los ministros piden a los jueces de Paz que salvo “casos de urgencia o excepción debidamente fundados”, realicen las diligencias fuera del horario que atienden los juzgados. El horario de atención al público del Poder Judicial es de 13 a 18 horas.

    La circular de la Corte se dirige luego específicamente a los jueces de Paz de 1ª y 2ª categoría y les recomienda que concurran a sus despachos al menos tres horas diarias, tal como establece “la ley”.

    Además autoriza a que si un escrito no se puede presentar en la sede que corresponde, se presente en el juzgado de Paz más cercano. El magistrado que reciba el escrito deberá dar cuenta a la Corte “la razón” por la que lo recibió.

    “Queremos garantizar un horario mínimo de funcionamiento de los juzgados de Paz”, dijo a Búsqueda el presidente de la Corte, Ricardo Pérez Manrique, consultado sobre el tema. “A veces los jueces realizan las diligencias en el horario de atención de los juzgados y no hay nadie que esté en la sede”, explicó. En muchísimos casos son los únicos funcionarios, afirmó.

    La Corte está al tanto de estas situaciones porque recibió denuncias de abogados reportando que concurrieron a ciertos Juzgados y estaban cerrados, informó Pérez Manrique. Además la corporación tiene un equipo de inspectores que detectan ese tipo de hechos irregulares, añadió. “Pedimos a los jueces que se organicen para que la oficina esté abierta al menos tres horas por día”.

    Salarios.

    Los juzgados de Paz tienen varias categorías: hay juzgados de Paz departamentales de Montevideo, departamentales del interior, de ciudad, de 1º y 2º categoría y rurales.

    Según datos proporcionados por el Poder Judicial, en 2011 había 36 jueces de Paz departamentales en Montevideo, 44 en el interior, 38 jueces de ciudad, 51 jueces de Paz de 1ª categoría y 21 de 2º categoría, y un juez rural. Estos números casi no han variado en estos años.

    La circular no especifica a qué juzgados de Paz se refiere cuando instruye a los magistrados sobre sus diligencias. Sin embargo, fuentes del Poder Judicial consultadas por Búsqueda afirmaron que esas situaciones se dan en los juzgados de ciudad y de 1ª y 2ª categoría.

    De acuerdo a la escala salarial publicada en la página web del Poder Judicial, actualizada a 2016, los jueces de Paz de ciudad perciben un sueldo nominal de $97.158 (con compensaciones), los de 1ª categoría cobran $77.838 y los de 2ª cobran $68.557. El juez de Paz rural percibe $49.997 como sueldo nominal con compensaciones.

    En los escalafones superiores, los jueces de Paz departamentales del interior cobran $ 106.439 y los de Montevideo $115.719.

    Los juzgados de Paz de las ciudades, villas, o pueblos del interior entienden en única instancia los asuntos contenciosos, civiles, comerciales y de hacienda, cuya cuantía no exceda ciertos montos, y los rurales atienden demandas civiles, comerciales y de hacienda que no excedan los $ 120.000.