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El abogado Leonardo Guzmán, que fue ministro de Educación y Cultura durante el gobierno del presidente Jorge Batlle (2000-2005) y enfrentó duramente al entonces fiscal de Corte, Oscar Peri Valdez, quien acabó siendo destituido por “exceso de poder”, opinó esta semana que la idea del próximo gobierno para pasar a los fiscales a la órbita de la Presidencia de la República “es un adefesio”.
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—Usted fue ministro de Educación y Cultura durante el gobierno del presidente Jorge Batlle, y durante su gestión un fiscal de Corte fue destituido por “exceso de poder”. ¿Qué opina del anuncio realizado por la futura ministra de Educación y Cultura en cuanto a que los fiscales pasen a estar bajo la égida de la Presidencia de la República?
—Sacar a la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación de la órbita del Ministerio de Educación y Cultura para insertarla en el organigrama de Presidencia de la República es un adefesio, tanto si se intenta hacerlo por decreto —lo cual se propuso con ostensible ilicitud— como si se lo busca por vía legislativa. En un Estado garantista, que pueda enorgullecerse de los derechos humanos actuales y no de indagaciones solo retrospectivas, no es aceptable nada que disminuya la independencia funcional del Ministerio Público.
—¿Cree que esta iniciativa tiene algún punto de contacto con aquella situación de comienzos del 2000 que involucró al entonces fiscal de Corte, Oscar Peri Valdez?
—La iniciativa va precisamente contra la defensa de la independencia técnica de los fiscales que, junto al Dr. Bervejillo, sostuvimos entre 2003 y 2004 desde el Ministerio de Eduación y Cultura, contando con el respaldo del presidente Batlle, quien, como buen liberal, no quería expandir su poder personal sobre las fiscalías. Allí asumimos la incomodidad personal y política de separar del cargo y sumariar al entonces fiscal de Corte, por incurrir en desbordes que lo presentaban cercano al Poder Ejecutivo —en actos con ministros, deslizaba opiniones políticas con pretensión rectora— y por formar, sin ley habilitante y a contramano de la Constitución, un equipo de pre-calificadores que, sin escuchar al indagado, enviaban a los fiscales proyectos de tipificación penal y se reunían después de terminado el turno a pedirles cuentas de los casos en que esa tipificación previa no se había confirmado. Recuerdo que en esa batalla nos apoyó también el doctor Gonzalo Fernández, quien después iba a ser secretario de la Presidencia e iba a tener en sus manos el sumario donde 14 dictaminantes nos dieron la razón y apenas uno —no jurista— se abstuvo. Paradójicamente, el Frente Amplio votó la censura en el Senado, que después no tuvo consecuencias en la Asamblea General.
—¿Cuál era el fundamento doctrinario de Peri Valdez para actuar como lo hizo en aquel entonces?
—Aquel fiscal de Corte estaba imbuido del concepto estadounidense del “Attorney General”, cabeza del Departamento de Justicia y miembro del gabinete del presidente, a cuya voluntad debe responder porque puede removerlo en cualquier momento. Esa visión corresponde a una tradición y una conceptuación jurídica donde “the Government” se confunde con el Estado. No es para nuestro Uruguay que, a punta de grandes luchas y profundas reflexiones públicas, aprendió a diferenciar el Estado, que permanece, de los gobiernos, que pasan.
—Volviendo a la actualidad, ¿qué ocurre si se trata de una dependencia meramente formal que no involucra la independencia técnica de los fiscales?
—Para oponernos a la iniciativa que se anunció como decreto de urgencia para el 2 de marzo y que ahora se maneja como proyecto de ley, hay razones práctico-políticas que son muy obvias. ¿Qué imagen institucional daría un Ministerio Público que en los organigramas y en los membretes figurase como una dependencia de ese órgano enorme, hipertrofiado, en que se ha convertido la Presidencia de la República, cuyo poder se proclama en la cartelería de calles y caminos del país entero? Si los fiscales pasaran a depender directamente del presidente, ¿hasta dónde crecería la tentación de apalabrarlos desde arriba, en vez de convencerlos desde los detalles de cada expediente concreto? En la legislación hoy vigente, los fiscales son dueños de la acción penal: de ellos depende que una denuncia se archive, que un indagado sea puesto en libertad o que un procesado se sobresea. En el Código del Proceso Penal sancionado, pero aún no vigente, de los fiscales va a depender la conducción de la investigación penal. En el Uruguay que forjó su libertad en lucha contra los desbordes presidenciales —¡vaya si nos llevaron más de una vez barranca abajo!—, ¿podemos esperar algún bien de colocar semejante señorío sobre vidas y haciendas en el magín de funcionarios directamente dependientes del presidente? Preguntarlo es contestarlo.
—¿Tiene algún otro fundamento doctrinario para oponerse a esta idea?
—Claro. Hay razones de filosofía y teoría del Derecho. A partir de sus principios, el Derecho debe ajustar sus respuestas a los elementos relevantes de cada situación que se examina. Hasta las doctrinas más formalistas desembocan en aceptar que cada sentencia crea la norma para el caso concreto. De todos los magistrados se espera una comprensión máxima, que exige asegurar la máxima libertad crítica a cada dictaminante. Todo intento de disciplinar a los magistrados —fiscales o jueces— en un cuerpo de opinión preformada, no solo atenta contra su derecho a la independencia técnica; además atenta contra la esencia dialógica, deliberante, del pensar jurídico, y sobre todo, atenta contra el derecho, que debe protegerse en todo ciudadano, de dirigirse a cabezas lúcidas y dueñas de sí mismas, no sujetas por preconceptos ni atadas a pensamientos hechos. En Derecho, pensar no es recopilar precedentes sino buscar respuestas que empujen cada análisis y cada síntesis hasta sus últimas consecuencias.