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    La “junta anticorrupción” evalúa declarar omiso a Sartori por segunda vez

    El senador entregó información en el Palacio Legislativo fuera del plazo establecido por el organismo

    Es que además de haber declarado omiso a Sartori por no entregar la información sobre los bienes de su cónyuge, como establece la “ley cristal”, las autoridades de la denominada Junta Anticorrupción deberán decidir si lo sancionan por no dar datos de su propio patrimonio, dijeron a Búsqueda fuentes del organismo.

    La ley establece que presidente, ministros, legisladores y otros jerarcas públicos deben presentar una declaración jurada de sus bienes y de los de sus cónyuges que incluya, entre otras cosas, una lista de las empresas con las que está relacionado.

    En noviembre, Sartori respondió con una carta y documentación que fueron consideradas insuficientes por la Jutep. El organismo volvió a pedirle más datos, pero el plazo se venció sin que hubiera una respuesta.

    La presidenta de la junta, Gabriela di Longo, informó que, “ante la documentación presentada por el senador Sartori en relación con su declaración jurada, el directorio notificó que debía agregar otra documentación que no fue presentada hasta el momento”. Añadió que “ahora el directorio debe decidir al respecto”.

    Fuentes del equipo de Sartori dijeron que no pudieron cumplir con el plazo porque les faltó tiempo para conseguir toda la documentación que querían presentar. Este miércoles a última hora su secretaría entregó en el Palacio Legislativo un sobre cerrado con información para que sea llevado a la sede de la Jutep.

    Junta de Transparencia y Ética Pública. Foto: Mauricio Zina/ adhocFOTOS

    Pedido al Senado

    Mientras busca desactivar una posible nueva sanción de la Jutep y evalúa volver a ser precandidato presidencial, Sartori espera que el Senado no le aplique el castigo ya dispuesto por el organismo, que resolvió declararlo omiso en su deber de presentar una declaración jurada que incluyera los bienes de su esposa, Ekaterina Rybolovleva.

    Sartori había planteado un recurso de inconstitucionalidad para derribar el artículo de la “ley cristal” que obliga a legisladores, ministros y otros jerarcas públicos a incluir esa información en sus declaraciones. La Corte falló en contra del senador en setiembre del año pasado, lo que abrió paso a que la Jutep decidiera por unanimidad sancionarlo.

    Búsqueda informó el martes 2 que el exprecandidato a presidente blanco presentó en diciembre un petitorio para que el Senado desestime la sanción, que implica la retención del 50% de su sueldo. El senador dijo que no incurrió “en ninguna omisión sancionable, tal como lo sostiene el fallo de la Suprema Corte de Justicia”.

    La interpretación de Sartori es que en la sentencia —aprobada por tres votos— la Corte dejó constancia de que su conducta no era pasible de sanción. Ese argumento se basa en que sobre el final del fallo las ministras Doris Morales y Bernadette Minvielle escribieron que, en su opinión, la ley no prevé castigo ante la “falta de actitud cooperante” de un cónyuge.

    En un informe fechado el 10 de enero, el abogado de la Dirección Jurídica del Senado Germán Rosas concluyó que la Junta Anticorrupción tenía razón al haber declarado omiso a Sartori y sugirió rechazar el planteo del legislador.

    Rosas sostuvo que el senador no cumplió con la norma y destacó que tampoco fundamentó la decisión de su cónyuge de negar la información, por lo que “siendo una negativa infundada conculca con la transparencia que se le exige al legislador y a su cónyuge por parte de la ley”. También discrepó con la posición de las ministras de la Corte Minvielle y Morales sobre la imposibilidad de sancionar al legislador.

    No obstante, el abogado dijo que es el Senado el que debe definir el petitorio de Sartori y, por ende, si aplica la retención salarial de acuerdo con la decisión de la Jutep.

    En su dictamen, Rosas recordó que dos informes previos de la Dirección Jurídica concluyeron que la potestad de aplicar una sanción a un legislador está regulada por el artículo 115 de la Constitución, “por lo que es en este caso al mismo Senado al que le corresponde pronunciarse” sobre la retención del salario a uno de sus integrantes, dice uno de los informes.

    El artículo 115 establece que cada cámara “puede corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de su conducta en el desempeño de sus funciones”, para lo que se necesitan dos tercios de votos del total de sus componentes.

    Si bien estaba en el orden del día, la Comisión de Asuntos Administrativos decidió el miércoles postergar por una semana el análisis del pedido de Sartori.

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