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Las “ruedas de reconocimiento” pasaron de ser un método habitual de prueba a caer en desuso bajo el nuevo Código del Proceso Penal
Amparados en la normativa, los defensores de los indagados suelen rechazar el procedimiento, que implica que al menos tres personas similares al sospechoso posen junto a él frente a víctimas o testigos
Al menos cuatro personas están paradas en fila en un mismo espacio, de frente, dispuestas así para que la víctima o un testigo de un delito señale a quien cree responsable. Entre medio de quienes posan y quien mira hay un vidrio espejado que los separa. Las cuatro personas están vestidas de forma similar, pero solo una es realmente sospechosa. Los otros están ahí elegidos por el fiscal que ordenó el procedimiento solamente por tener un cuerpo y un corte de pelo parecido al indagado; son otros detenidos en el juzgado, privados de libertad o policías disfrazados.
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Ese procedimiento, familiar a tantas escenas de películas y series televisivas, era hasta hace poco tiempo un mecanismo de prueba habitual también en Uruguay. Así es como se preparan las ruedas de reconocimiento, que son cada vez menos frecuentes desde la entrada en vigencia del Código del Proceso Penal (CPP) de 2017 hasta el punto de haber caído casi en desuso.
Las condiciones que se deben cumplir para realizar el reconocimiento de personas transformaron el procedimiento en anacrónico, según dijeron a Búsqueda varios fiscales y jueces. De ser casi parte del protocolo pasó a ser “muy raro” que se realicen, a pesar de que está regulado como una diligencia de prueba.
“Prácticamente se dejaron de hacer”, enfatizó el fiscal de Homicidios, Carlos Negro.
La reforma procesal estableció una serie de condiciones, inexistentes hasta entonces. El protocolo define que la rueda debe estar conformada por el imputado y al menos tres personas “con características morfológicas y vestimenta similares a aquel”. Este requisito, expresado así, es una de las principales dificultades para su implementación porque los abogados de los indagados exigen el parecido entre las personas que establece la normativa.
“La defensa generalmente no brinda su consentimiento, así que pocas veces se hace”, contó el fiscal de Flagrancia, Rodrigo Morosoli, que desde el 1º de febrero pasará a Estupefacientes. También el fiscal de Delitos Complejos, Gilberto Rodríguez, reconoció que al volverse más complejo el proceso para implementar las ruedas de reconocimiento, los fiscales dejaron de usarlo como mecanismo de prueba.
“Ese requerimiento limita la posibilidad al mínimo de que esa diligencia se realice”, aseguró el presidente de la Asociación de Magistrados Fiscales del Uruguay, Willian Rosa.
Para Negro, la rueda de reconocimiento como medio de prueba “perdió todo su valor” y se transformó en un “relleno” entre el resto de las evidencias que se obtienen para lograr una condena contra un imputado.
Procedimiento
Además de la similitud que debe existir entre los participantes, la legislación establece que el testigo debe ser interrogado en los momentos previos para que describa al sospechoso y se le debe indicar que el imputado puede o no estar presente. El indagado, por su parte, podrá elegir su ubicación en la fila de personas y luego el testigo deberá manifestar si el presunto delincuente se encuentra en el lugar. En caso de ser así, deberá indicar las diferencias y semejanzas del señalado en comparación a cuando sucedió el hecho que se encuentra en investigación.
Los fiscales consultados coinciden en que hasta hace cinco años la rueda de reconocimiento era una práctica “muy normal”, sobre todo para resolver delitos como rapiñas. Sin embargo, la falta de un requisito en la normativa que estableciera que las personas debían ser similares provocaba que fueran diferentes al sospechoso, por lo que la selección era “grosso modo” y por tanto “las garantías estaban muy debilitadas”, indicó Rosa.
En Montevideo existen únicamente dos salas adaptadas para hacer ruedas de reconocimiento. Una se encuentra en la Oficina Penal Centralizada, el juzgado principal de la capital en materias penales y otra en la Fiscalía. Esta última fue construida luego de entrado en vigencia el CPP y casi no tuvo uso, según indicaron fuentes de la institución a Búsqueda.
El CPP habilitó también el reconocimiento de personas con imágenes fotográficas en las mismas condiciones que cuando ocurre de forma presencial, es decir que las personas sean similares. Los retratos —en su mayoría— son extraídos de los prontuarios que realiza la Policía Científica de los delincuentes. Son las fichas que incluyen antecedentes, datos personales, características físicas de las personas que permiten identificarlas, las huellas dactilares de forma digital y fotografías: de frente y de perfil. Esas imágenes digitalizadas son las que se utilizan en las ruedas de reconocimiento de sospechosos, un mecanismo más sencillo que hacerlo de forma presencial, porque hay a disposición miles de opciones de personas que cometieron delitos y tienen coincidencias “morfológicas”. Igualmente, tampoco es habitual su uso.
La fiscal de Homicidios, Adriana Edelman, explicó que en algunos casos realizaron reconocimientos de delincuentes a través de imágenes. Para ello, solicitaron a la Policía Científica que confeccione plantillas con imágenes de 12 personas parecidas, entre las que se encuentra la persona imputada. Edelman indicó que el resultado de ese proceso es una prueba que utilizan como “una más”, entre “otros elementos”.
Las ruedas de reconocimiento pueden ser utilizadas como técnicas de investigación, para encontrar al autor de un hecho delictivo, o como medio probatorio en sí mismo. Cuando esto último sucede, generalmente es realizada como prueba anticipada, es decir en una etapa previa a que la persona sea formalizada. Esta posibilidad está prevista en el CPP en situaciones específicas, como que exista riesgo de que se frustre la prueba, es decir que al momento del juicio no se pueda desarrollar de manera eficaz.
En el caso de los reconocimientos de personas, entre el momento en que una persona es detenida y se realiza el juicio oral y público pueden pasar meses o años, por lo que el sospechoso podría cambiar de peinado, teñirse el cabello, dejarse la barba, hacerse tatuajes o afeitarse, y de esa forma afectar el proceso. Por esa razón es que suelen utilizarse como prueba anticipada.
“Prácticamente no hago reconocimientos, pero tuve experiencias buenas, en las que la víctima no solo reconoció al autor sino que este habló sin querer y reconoció su voz. También otras en que no se pudo reconocer a nadie”, contó Morosoli.
En los procesos judiciales, a las pruebas obtenidas por los fiscales se les determina un valor y son los jueces quienes lo establecen. Las ruedas de reconocimiento se analizan con el cúmulo de pruebas y tienen un “valor relativo”, señaló la jueza María Merlo.
“A nivel internacional hay muchos juristas y magistrados que sostienen que los reconocimientos arrojan muchas dudas: por sesgos por parte de quien reconoce, porque es muy subjetivo y esos sesgos han llevado a errores”, agregó.
En el mismo sentido, el fiscal Morosoli consideró que además del riesgo del “falso positivo” en la identificación de una persona, las ruedas de reconocimiento “han perdido pie en relación con la proliferación de cámaras de videovigilancia”, tanto pertenecientes al Ministerio del Interior como de particulares, que se utilizan como evidencias de mayor valor.