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Ministerio de Ambiente aplicó 494 multas ambientales en esta administración
Obras sin autorización ambiental, incumplimientos en el manejo de efluentes, circulación vehicular en dunas costeras y pozos de agua sin habilitación son algunas de las sanciones más habituales
Ruta al borde de la playa en Punta Colorada. Foto: Ricardo Antúnez / adhocFOTOS
Llevar adelante obras sin contar con una autorización ambiental, incurrir en incumplimientos de la normativa nacional vinculada, por ejemplo, a la disposición de los residuos, o no respetar las regulaciones relacionadas con la protección de la biodiversidad son hoy algunos de los motivos más habituales para la aplicación de multas ambientales en Uruguay. Así lo explicaron a Búsqueda desde el propio Ministerio de Ambiente (MA), el cual en lo que va de esta administración de gobierno (al menos hasta el 28 de setiembre) aplicó 494 sanciones.
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Actualmente, la cartera no cuenta con un registro sistematizado que permita visualizar fácilmente la cantidad de multas ambientales aplicadas. Si bien la información está disponible para control interno del ministerio, implica recabar los datos dependencia por dependencia para poder acceder a un panorama global. Sin embargo, esto es algo que está por cambiar próximamente, ya que el MA trabaja en la creación y armado de un nuevo sistema, que tendrá como fin unificar y formalizar un registro de este tipo de procesos administrativos.
En mayo, el diputado César Vega del Partido Ecologista Radical Intransigente presentó un pedido de acceso a la información pública en el que le consultaba al ministerio si contaba con un registro de las multas aplicadas por infracciones ambientales a lo largo de esta administración. También solicitaba que se le suministrara esa nómina “indicando los infractores, la infracción cometida y el monto” de las sanciones.
El pedido fue respondido por la secretaría de Estado a mediados de agosto. En el documento firmado por el ministro Robert Bouvier, al que accedió Búsqueda, las autoridades explicaron que el ministerio “no cuenta con un registro de las multas aplicadas por infracciones ambientales a lo largo de esta administración, sin perjuicio de lo cual el tema se encuentra presente en la reestructura de la cartera que se está llevando a cabo”.
En esa línea, desde la cartera señalaron a Búsqueda que la respuesta ofrecida en el documento resultó algo incompleta, ya que se contestó a texto expreso. De esta forma, indicaron que la información y el control relativo a las multas sí existe, pero lo que no hay hoy es un registro sistematizado o un programa informático que contenga todas las sanciones aplicadas por el ministerio unificadas en un mismo lugar; por eso hasta ahora cada área lleva su propio registro.
“La sistematización está en proceso de armado y el programa ya está en una versión beta de preprueba que permitirá facilitar la gestión”, señaló el área de Comunicación Institucional. Se espera que la iniciativa, en la que trabaja actualmente un equipo integrado por funcionarios de las áreas Informática, Jurídica y Financiero Contable de la cartera, entre otras direcciones nacionales, quede operativa y en funcionamiento a partir del año próximo.
El decreto 315, firmado el 24 de octubre, aprueba el proyecto de reformulación de la estructura organizativa del MA y solicita por primera vez gestionar los registros legales a cargo del inciso para la eficiencia de los procesos administrativos. Esto significa, por tanto, empezar a gestionar y sistematizar este tipo de procesos, dentro de los que se encuentra el registro de sanciones, con el fin de fortalecer la institucionalidad.
Consultados respecto al detalle de las sanciones ambientales impuestas, desde la cartera informaron que entre agosto y diciembre de 2020 se aplicaron 60 multas ambientales, en 2021 se aplicaron 123 y en 2022 se aplicaron 167. Durante este año, en tanto, se llevan aplicadas otras 144. Estos datos corresponden a las multas que llegan a la mesa de entrada, es decir, aquellas que están “cerradas” porque ya finalizaron todo el proceso administrativo.
Respecto al tipo de sanciones más frecuentes, explicaron que las multas son aplicadas por tres unidades ejecutoras del ministerio: la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (Dinacea), la Dirección Nacional de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos (Dinabise) y la Dirección Nacional de Aguas (Dinagua). La División de Cambio Climático no instrumenta sanciones.
Las multas más frecuentes que aplica la Dinacea refieren a obras que se ponen en marcha sin autorización ambiental, como ocurre, por ejemplo, en las canteras (en ese caso, las sanciones económicas se ubican entre las 10 y las 5.000 Unidades Reajustables dependiendo de la gravedad). También, están relacionadas con incumplimientos de la normativa o de resoluciones ministeriales por parte de emprendimientos como las industrias, sobre todo en aspectos vinculados al manejo de efluentes o la disposición de los residuos, es decir, aquellas cosas relacionadas más que nada con el control e impacto.
La multas de la Dinabise, por otro lado, se centran en dos grandes bloques. Uno que se da mayormente durante la temporada de verano, cuando se registra actividad en la defensa de faja de costa (por ejemplo, cuando ingresan vehículos a las dunas, multa que ronda las 30 UR según la reincidencia). Y otro vinculado a la protección de la biodiversidad, principalmente la caza no autorizada, el transporte de especies y los criaderos ilegales (en esos casos el rango de las sanciones puede variar entre las 10 y las 2.000 UR).
Las multas aplicadas por la Dinagua, en tanto, se vinculan sobre todo al incumplimiento del Código de Aguas, como la construcción de pozos de agua sin autorización ambiental. Las sanciones, en este sentido, pueden ir hasta las 10.000 UR, según la gravedad de la infracción, el beneficio ilícito obtenido y el daño o riesgo ocasionado.