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    Ministerio del Interior realiza cambio normativo para habilitar la destitución de policías involucrados en violencia de género

    Con el objetivo de aumentar las sanciones a los policías, el Ministerio del Interior modificó un protocolo interno de respuesta a situaciones de violencia de género cometidas por sus funcionarios, quienes a partir de ahora podrán ser suspendidos por más de un mes e incluso retirados de sus cargos.

    Actualmente, un hecho de violencia de género que involucra a todo personal del ministerio es denunciado ante una de las unidades especializadas de violencia doméstica y de género de la Policía, que por un lado deriva la denuncia a la Justicia y por otro lado inicia un expediente administrativo sobre el presunto ofensor. Este expediente es remitido a la división donde la persona se desempeña, que inicia la investigación administrativa correspondiente.

    La nueva regulación establece que no “debe determinarse preceptivamente una investigación administrativa” cuando de las circunstancias del caso puedan surgir méritos para disponer un sumario administrativo o una investigación de urgencia, ambas consideradas más relevantes. “Puede haber situaciones en que hubiera mérito para que se disponga un sumario administrativo al funcionario, sin la necesidad de que en forma previa se sustancie una investigación administrativa. Prever una investigación administrativa como el único tipo de procedimiento disciplinario es una limitación que no tiene justificación”, explicó a Búsqueda una fuente del ministerio.

    El cambio fue realizado el miércoles 8 mediante un decreto firmado por el presidente Luis Lacalle Pou. Se aplicará al protocolo de Interior vigente desde hace ocho años que busca garantizar el “ejercicio de derechos” y proteger la integridad física, emocional, sanitaria, laboral y legal de quien sea víctima de un funcionario del ministerio. La planilla de Interior está conformada por 32.000 empleados, de los cuales más de 28.000 son policías.

    “La violencia doméstica y/o de género perpetrada por o hacia personal del Ministerio del Interior constituye un comportamiento inaceptable que, además de ocasionar daño a la salud mental y física de las personas y a su bienestar general, contraviene los principios y cometidos de un organismo mandatado para la prevención del delito y el mantenimiento de la seguridad pública, y por tanto será considerado falta grave”, fue la justificación de la Secretaría de Estado para crear el protocolo en abril de 2015.

    Además de permitir el inicio de un sumario administrativo y no solamente de una investigación administrativa, el decreto también se enfoca en las sanciones. Hoy se considera que un policía cometió una falta grave si se constata que fue responsable del hecho de violencia de género. De acuerdo a la nueva reglamentación, es necesario “ajustar la calificación” sobre las faltas relacionadas con hechos de violencia doméstica y añadir que además de graves puedan ser también muy graves. “De persistir exclusivamente la calificación de grave para este tipo de hechos, no queda prevista la destitución como respuesta disciplinaria”, indica el documento.

    Este cambio está anclado en la Ley Orgánica Policial publicada en febrero de 2015, dos meses antes del protocolo interno sobre violencia de género. La ley describe como falta disciplinaria de un policía a toda acción u omisión, intencional o culposa, que viole los deberes impuestos por el Estado Policial. Según su gravedad, las clasifica de leves, graves y muy graves. Mientras la consecuencia de una falta grave es la suspensión en la función de uno a treinta días con privación total de haberes, el resultado de una muy grave es la suspensión por más tiempo y el despido. “Solo las faltas muy graves importarán la suspensión en la función por un lapso que oscilará entre una quincena hasta seis meses, con privación parcial o total de haberes, o con destitución”, indica la norma.

    Para el ministerio, la comisión de un hecho de violencia doméstica o de género “ameritaba” sincronizarse con la Ley Orgánica Policial y elevar el carácter de la falta para asegurarse de que un policía reciba “las sanciones más severas que prevé el ordenamiento jurídico”.

    La violencia doméstica es uno de los cuarenta delitos por los cuales la Justicia ha procesado a policías desde marzo de 2020 a la fecha. El hecho de que por sus funciones ejecutivas los policías porten armas de forma legal es considerado un factor de riesgo, por eso el protocolo obliga que, frente a una denuncia por violencia de género, al presunto agresor se le retire el arma de reglamento de manera preventiva y se comunique la decisión a la división donde cumple funciones y a la Junta Médica Nacional de Aptitud.

    Un caso emblemático que infringió este reglamento ocurrió a inicios de 2017, cuando una de las bailarinas de la comparsa Mi Morena fue asesinada por su expareja, de profesión policía, con su arma de reglamento. “Una herramienta como el protocolo en cuestión pudo y debió evitar esta muerte”, sostuvo entonces el ministerio.