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    Nueva reglamentación de residencias para adultos mayores “desvirtúa totalmente” su “carácter sanitario”, según catedrático de Geriatría

    Mucho más que “alojamiento, techo y cobijo”, las residencias para adultos mayores son “servicios de carácter social y carácter sanitario”. Sin embargo, esto “no se entiende” por el Poder Ejecutivo, dijo a Búsqueda el profesor titular de la cátedra de Geriatría de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República y responsable del Programa Adulto Mayor de ASSE, Ítalo Savio.

    Savio interpuso el 3 de octubre un recurso de revocación contra el decreto (nº 265/014) del 18 de setiembre de este año, que reglamenta las residencias para adultos mayores en defensa de “los derechos de esta población vulnerable”, que muchas veces “no puede defenderse”.

    Según el documento presentado por Savio, al que accedió Búsqueda, el nuevo decreto “se aparta” de la ley (Nº 17.066) vigente, que en 1998 reguló el rubro con un decreto ahora derogado (Nº 320/99).

    La ley (Nº 17.066) “prevé un tipo de institución para brindar atención integral a la salud pero en el decreto nuevo casi, cualquier alusión al tema salud ha sido prolijamente borrado”, dijo Savio. “La gente que se asiste en residencias en una gran proporción son personas que requieren atención continuada de la salud y eso no lo pueden brindar los proveedores de salud. Lo que pueden hacer son atenciones episódicas ante descompensaciones o servicios de urgencia. Por eso la ley previó que hubiera un director técnico médico y se hacen alusiones al concepto de atención integral. Esto se desvirtúa totalmente en el decreto”, destacó Savio.

    Limita y contradice.

    El decreto que se deroga (Nº 320/99) preveía que todos los adultos mayores tuvieran servicio de emergencia disponible. El nuevo decreto solo lo exige para aquellas personas “altamente dependientes”. Entonces las demás personas “¿no tienen infartos?, ¿no tienen neumonías? Ellos quedarían fuera de la asistencia de emergencia”, destacó Savio. Por esto, en el texto presentado a la Justicia, Savio detalló que el nuevo decreto “limita los derechos de los usuarios”.

    El nuevo decreto “contradice las recomendaciones internacionales y de expertos en Geriatría y Gerontología al no exigir que el personal de los establecimientos referidos deba estar inmunizado para desarrollar sus tareas y al establecer ratios claramente insuficientes”, según el documento presentado por Savio.

    Los ratios entre número de cuidador por persona dependiente debería ser de uno cada cuatro, indicó Savio. El decreto exige uno cada 10 mayores autoválidos en turno diurno (o cada 20 en horario nocturno) y uno cada cinco adultos con dependencia (o cada 10 en nocturno).

    No exige.

    “El decreto impugnado no exige especial y debida capacitación para los médicos generales que se desempeñan como directores técnicos de dichos establecimientos”, indica el texto. Además, “establece obligaciones a los directores técnicos pero no garantiza los medios para llevarlas a cabo. Así, los responsabiliza de realizar las coordinaciones con otros efectores del SNIS (Sistema Nacional Integrado de Salud) y prestadores sin conferirle herramientas que hagan efectiva dicha tarea, así como de promover y organizar actividades que no determina y que ni siquiera parecerían adecuarse a su profesión”. Es que “el decreto impugnado confiere tareas a los directores técnicos que corresponden a otro personal que se desempeña dentro de los establecimientos”.

    El articulado del Poder Ejecutivo cuestionado “se encuentra indebidamente fundamentado al basarse en supuestos que no especifica ni explica”. Establece responsabilidades para uno e “imprecisiones” para otros, señaló Savio. “Responsabiliza de la realización de determinadas actividades a personal no identificado”, detalla la impugnación.

    El nuevo decreto “establece un plazo excesivo de vigencia de la habilitación de los establecimientos regulados” cada cinco años. “Es mucho” y los adultos mayores quedan “librados a quien presta el servicio”; “esto le pone un encuadre normativo a los servicios de baja y mediocre calidad. En vez de elevar el estándar, lo empujan hacia abajo”, opinó.

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