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    Oficina de defensa de la competencia difundirá “guías” para promover buenas prácticas en los sectores público y privado

    Los pagos diferidos a la entrega de la mercadería y el dinero que cuesta figurar en las campañas promocionales y mailings de los supermercados, lo que se cobra al fabricante o importador para que cierto producto tenga un lugar preferencial en la góndola o los “regalos de boda” exigidos cuando el minorista se fusiona con otro o inaugura un nuevo local, son algunas de las prácticas comerciales que caracterizan el relacionamiento entre los proveedores y las cadenas. Como esas acciones pueden significar un riesgo para la competencia —de acuerdo con el poder de mercado y de negociación de las partes—, la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia elaborará una “guía de buenas prácticas comerciales” y aspira a que la suscriban las partes involucradas en esa relación comercial.

    “La idea es tratar de favorecer un entorno competitivo entre minoristas y proveedores, brindar lineamientos, una guía sobre cómo pueden afectar las prácticas comerciales la competencia en los mercados, y que sea una herramienta para evaluar si los proveedores quieren acercarse y plantear algún tema. Porque hay cosas que capaz está asumido que están bien porque son la práctica habitual”, explicó a Búsqueda la presidenta de la comisión, Luciana Macedo.

    Con el mismo fin, pero con foco en los organismos e instituciones del Estado, informó que tienen avanzada una “guía sobre competencia y sector público” que se presentará a fin de año. “Con sus regulaciones, en su facultad de emitir normativa el sector público incide en los mercados y muchas veces restringe la competencia. (…) Con la guía tendrán una herramienta para evaluar el impacto de la regulación ex ante, queremos mostrar que puede haber alternativas para alcanzar sus objetivos de política pública de manera menos restrictiva”, dijo la jerarca.

    Proveedores y minoristas

    Luego de investigar en 2014 la formación de precios de productos importados de consumo masivo (mayonesa, crema dental, enjuague bucal, jabón de tocador, detergente líquido para ropa y analgésicos) y en 2016 de algunos alimentos (aceite de girasol, aceite de maíz, arroz, pan lactal y pulpa de tomate en caja) para evaluar la existencia de abusos de posición dominante, la comisión —un órgano desconcentrado del Ministerio de Economía— encargó un estudio para analizar el relacionamiento entre proveedores y minoristas, especialmente las grandes cadenas de supermercados. Ese trabajo procuró conocer el uso de 24 prácticas comerciales en el sector, para lo cual encuestó a 39 proveedores y a siete minoristas entre diciembre 2018 y junio de 2019. Entre las que se destacan, por plantear mayores riesgos para la competencia, son los “pagos comerciales, la no fijación por escrito de las condiciones contractuales y las modificaciones retroactivas no pactadas o no previstas, las cláusulas de cliente más favorecido, la exigencia a un proveedor de información comercial sensible sobre otros minoristas con los que opera”, si bien “ninguna” de estas prácticas deben considerarse anticompetitiva en sí misma. “Todas ellas pueden ser eficientes en determinados contextos y anticompetitivas en otros”, según su autora.

    Las 24 prácticas analizadas son de tres tipos: cinco refieren a las condiciones contractuales (el grado de formalización de los contratos, el alargamiento de los plazos pactados, la modificación retroactiva de las condiciones, etc.); 14 a los pagos de proveedores a minoristas y tipos de cánones y compensaciones existentes, y cinco a conductas que afectan a un tercero, como la cláusula de “cliente más favorecido”, que obligan al proveedor a igualar las condiciones comerciales en el caso en que se le dé a otro cliente un trato más favorable.

    Del análisis de las respuestas, el informe indica que los supermercados “parecen ser un poco menos conscientes” que los proveedores del uso de algunas prácticas comerciales.

    Sin embargo, de acuerdo a un indicador sintético de frecuencia hecho para cada una de las 24 prácticas analizadas, más del 80% de proveedores y minoristas dijo por ejemplo que las condiciones contractuales se fijan por adelantado y por escrito.

    Casi todos los encuestados contestaron que los pagos por mercadería son diferidos a más de 30 días (hubo porcentajes menores para los pagos a plazo de 90 y 120 días). Entre el 75% de los proveedores y el 100% de los minoristas contestaron que existen pagos por preferencia de espacio o reposición en las líneas de góndola y sus cabeceras. Entre el 65% y el 80% de los encuestados indicó que hay pagos por la publicidad del producto que realiza el minorista, como las promociones 2x1, días festivos o aniversarios, folletos o mailings, etc. Siete de cada 10 encuestados reconocieron la existencia de pagos “atípicos”, como los denominados “regalos de boda” que exigen los minoristas con ocasión de la fusión con otros operadores, o cuando abren nuevos establecimientos o amplían la red de distribución.

    El estudio indica que los pagos por espacio son en general determinados por el minorista, aunque algunos dijeron que se negocian o acuerdan mutuamente. Sobre la cuantía de los pagos en general, “no se dispone de estimaciones concretas”.

    Otras prácticas fueron identificadas solamente por parte de los proveedores, por ejemplo: la modificación retroactiva de cualquiera de las condiciones pactadas en el contrato; la ruptura de sus términos sin compensación adecuada; los pagos con los que se compensa al minorista por las “consecuencias de expectativas erróneas o incumplidas de ventas o beneficios, incluyendo la exigencia de recompra por el proveedor de productos no vendidos”, entre otras.

    En tanto, los minoristas señalaron que existen pagos para visitar las sedes del proveedor a efectos de controlar el producto.

    Dentro de las prácticas menos frecuentes, la que parecería tener una mayor presencia es la influencia del comerciante sobre el proveedor para que aumente los precios a otros minoristas. Un 14% de los mayoristas o proveedores declaran que eso pasa al menos “ocasionalmente”.

    El estudio concluye que los pagos comerciales pueden, en principio, favorecer la eficiencia, pero también pueden dañarla por ejemplo si se determinan luego del momento del contrato sin tener claro las contraprestación para el proveedor. En estos casos “solo suponen una transferencia de los márgenes del proveedor al minorista, pudiendo conllevar a una transferencia excesiva de riesgos o incluso excluir a los proveedores más pequeños”.

    Tras el análisis del relacionamiento que se da en la cadena de abastecimiento y los posibles acuerdos verticales entre los supermercados y los fabricantes o distribuidores, la investigación recomienda a la Comisión de Defensa de la Comptencia realizar una guía para “minimizar los efectos” de las prácticas más problemáticas y fomentar la formalización por escrito de las mismas.

    El órgano resolvió a fines de agosto realizar la guía y pretende que, como pasa en otros países, sean los propios agentes minoristas y proveedores quienes la suscriban, como forma de “comprometerse” a su cumplimiento, informó Macedo. “La idea es llegar a eso. Por eso pediremos la intervención y opinión de los distintos actores para armar la guía, tener su feedback, circularla e imprimirla”.

    Sector público

    La jerarca también planteó la necesidad de promover y difundir los beneficios de la competencia dentro del sector público. En ese sentido, está avanzada la redacción de una guía que también será sometida a la discusión y los aportes de las distintas entidades estatales.

    Macedo destacó que la guía estará enfocada en el rol de regulador de las empresas y organismos estatales, y no en su actividad como operador o agente de mercado, como pueden ser las empresas públicas.

    El texto preliminar de la guía, al que accedió Búsqueda, alude a literatura internacional que refiere al impacto positivo en la competencia, productividad y crecimiento económico de remover restricciones regulatorias en los mercados así como prevenir la introducción de normas innecesarias que vayan en su contra.

    La guía propone para ello que antes de emitir regulaciones los organismos públicos realicen un “examen de impacto” sobre la competencia en los mercados según una metodología de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos: la “Lista de verificación de competencia”. Explica que los hacedores de política deben realizarse cuatro preguntas sobre la regulación que refieren a si limita el número o variedad de proveedores, si afecta la capacidad de los proveedores para competir, si reduce los incentivos de los mismos para “competir vigorosamente” y si restringe las alternativas e información disponibles para los consumidores.

    Economía
    2019-10-03T00:00:00

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