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Comisión inició 83 investigaciones sobre prácticas anticompetitivas desde 2020
El proyecto de ley de competitividad que impulsa el Poder Ejecutivo propone transformar el órgano en un servicio descentralizado y crear una dirección de investigación para fortalecer el análisis de casos y formular recomendaciones
Una de las estrategias que el gobierno persigue con el proyecto de ley de competitividad y reducción del costo de vida es promover mayor competencia en los mercados. Con ese enfoque, propone fortalecer la institucionalidad de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia (Coprodec), transformándola en un servicio descentralizado y fortaleciendo las capacidades de investigación, entre otros cambios.
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En el período 2020-2025 la Coprodec inició, en promedio anual, unas 14 investigaciones y encontró razones para sancionar en torno a un caso. En ese mismo lapso aprobó cerca de media docena de concentraciones, también en promedio por año.
Entre 2020 y 2025 la comisión inició 83 investigaciones de presuntas prácticas anticompetitivas: nueve de oficio, 39 por denuncias y 35 medidas preparatorias. En seis casos sancionó prácticas anticompetitivas, si bien no necesariamente refieren a los mismos casos ingresados en cada año.
En materia de operaciones de concentraciones económicas —fusiones y adquisiciones de empresas— notificadas ante la comisión, y que requieren de aprobación previa cuando se supera cierto umbral de facturación global, hubo desde el 2020 la autorización de más de 150 casos, señala el informe de la OMC, que incluye varias clasificadas por sector de actividad. Identificó 49 casos estudiados entre 2020 y 2025. De ese total, ocho fueron aprobadas con condiciones, una se rechazó y las restantes 40 tuvieron el visto bueno de la comisión.
Por sectores de actividad, los rubros de farmacia, distribución minorista, forestal y portuario fueron los que registraron más casos de concentración de negocios presentados ante la Coprodec.
Además, el documento de la OMC señala que las autoridades de la comisión sancionaron entre 2021 y 2022 un total de 18 concentraciones económicas por haber sido notificadas al organismo después de su ejecución.
En el primer año de esta administración, 2025, los casos analizados clasificados por sector por la OMC fueron ocho y solo uno, del sector frigorífico, fue rechazado. Se trató de la solicitud denegada al grupo brasileño Minerva Foods, que pretendió comprar tres plantas de Marfrig en Uruguay. En dos oportunidades, la comisión rechazó la autorización por considerar que significaba riesgos sustanciales para la competencia en el mercado de compra de ganado para faena.
En tanto, la comisión inició 13 análisis de posibles conductas reñidas con la competencia y resolvió sanciones para un caso, según surge del informe de la OMC. Es posible que el resto de asuntos continúen a estudio.
Con la iniciativa legal enviada a mediados de junio al Parlamento, el Poder Ejecutivo busca potenciar el rol de la comisión, fortaleciéndola, a la vez que espera se procese un aumento de la competencia en los distintos mercados para reducir el costo de vida a los consumidores en general.
El texto plantea varios cambios a la Ley de Promoción y Defensa de la Competencia (18.159), promulgada en 2007 y que tuvo alguna modificación en 2019 y 2022.
Por un lado, se propone un cambio institucional, ya que la Coprodec pasaría de ser un órgano desconcentrado del Ministerio de Economía (MEF) a un servicio descentralizado, que la dotará de autonomía técnica, funcional y de gestión.
A su vez, prevé la creación de una dirección de investigación en la estructura de la Coprodec con funciones de instrucción, análisis técnico, investigación y formulación de recomendaciones sin carácter vinculante para las decisiones que tome el directorio de la entidad.
Establece que las solicitudes de autorización de concentraciones económicas abonen una tasa (que se ubicará entre las 25.000 y las 250.000 unidades indexadas a la inflación) para financiar los costos operativos, técnicos y administrativos vinculados al análisis de las mismas.
Entre otras modificaciones regulatorias, en materia de funciones y competencias el proyecto prevé que la Coprodec pueda requerir ante la Justicia, cuando resulte necesario y existan indicios razonables, la realización de medidas probatorias (inspecciones) con carácter reservado sin noticia previa de los eventuales investigados o terceros en el marco del desarrollo de medidas preparatorias.
Otro cambio que prevé el proyecto es la posibilidad de la “terminación anticipada” del procedimiento investigativo de prácticas anticompetitivas, como propuesta para asumir compromisos, condiciones, obligaciones o medidas para corregir, cesar o mitigar los efectos de la conducta investigada. En caso de que la Coprodec aprobara la solicitud, podría ocurrir la reducción de la multa que le hubiere correspondido, de acuerdo a ciertos parámetros y condiciones.
Adicionalmente, se avanza en la regulación del instituto de la “clemencia”, previendo la exoneración total de multa al primer partícipe (cuya identidad quedará resguardada) de una práctica anticompetitiva que presente los elementos probatorios suficientes, y establece una escala de reducción de la multa al resto de los solicitantes según el momento de presentación y los elementos aportados para acreditar la infracción.
La iniciativa también propone una reforma del régimen sancionatorio vigente, al establecer un castigo a la acción de obstruir o no colaborar en la investigación de manera injustificada, la presentación de información falsa o la destrucción de documentos, por ejemplo. En ese caso, la multa mínima prevista es de 5.000 unidades indexadas (independientemente de la que corresponda por la conducta investigada), aunque se podrían llegar a imponer multas “coercitivas diarias” de hasta el doble de esa cifra por persistir en la actitud de entorpecer el procedimiento.
Otros cambios
También procurando estimular la competencia, el proyecto busca disminuir las barreras de entrada en varios mercados mediante la simplificación del registro de importadores subsiguientes y la habilitación de múltiples proveedores para un mismo producto sometido a vigilancia técnica, sanitaria o de otro tipo.
Así, se allanan los requisitos para el nuevo importador de un bien que se comercializa en plaza, sin necesidad de presentar la información que ya tienen las autoridades competentes relacionadas al dossier completo o Certificado de Libre de Venta o equivalente. Eso, más allá de que el importador deberá garantizar un sistema de trazabilidad que distinga los lotes comercializados por él de los del resto de los registrantes del producto.