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El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) anuló una multa impuesta por la Administración Nacional de Puertos (ANP) a la empresa Los Cipreses S.A. (Buquebus). En una sentencia firmada en abril el tribunal hizo lugar al reclamo de la naviera y consideró que la administración había actuado con “ilegitimidad” al sancionarla.
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En noviembre de 2019 la ANP aplicó a la empresa una sanción de 175 unidades reajustables (unos $ 178.000 en ese entonces) porque supuestamente se había excedido en los plazos autorizados para realizar reparaciones en el muelle del puerto de Colonia (tras los daños ocasionados por el impacto de uno de sus buques contra el muelle).
Según la ANP, el plazo para realizar los arreglos había sido otorgado hasta el 13 de marzo, pero se extendió hasta el 14 de marzo.
En cambio, según Buquebus, la ANP no había fijado una fecha de culminación de los trabajos. “Dado que no habían sido fijados plazos de reparación por parte de la administración, los motivos de la resolución no resultaron sinceros, lo que traduce arbitrariedad”, argumentó la naviera. Además, cuestionó “la excesiva cuantía” de la multa impuesta.
El TCA, por unanimidad, hizo lugar a la demanda y anuló la decisión de la ANP. “Pese a la afirmación de la administración de que se había concertado que las tareas serían realizadas hasta el 13 de marzo de 2017, no existe ninguna prueba documental en tal sentido”, sostuvo el tribunal. Indicó además que respaldaba la versión de la empresa el hecho de que se constatara “una continuidad temporal entre la fecha del siniestro (9 de marzo de 2017) y las posteriores actividades de reparación, lo cual comprende las tareas finales de reparación encaradas por la empresa el 14 de marzo de 2017”.
“Si se entendió que había que posponer la culminación del trabajo para otro momento, debió haberse expresado y, si no se lo hizo, no puede soslayarse la propia responsabilidad de la administración en el hecho que se ha intentado sancionar”, concluyó el TCA.