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Algunos cambios legales que discute el Parlamento para acompañar los estándares de transparencia fiscal de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) pueden aparejar para Uruguay beneficios y también “costos”, según especialistas en temas tributarios. Pueden ser “un tiro en el pie”, graficó uno.
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Un grupo de catedráticos visitó el 31 de agosto pasado la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados para dar su opinión acerca del proyecto de ley de “Transparencia fiscal internacional y de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo”.
Sebastián Arcia, profesor titular de la Cátedra de Derecho Financiero de la Universidad de Montevideo, evaluó que la sucesión de cambios en materia de sociedades hechos en los años recientes, a los que se suman otros con este proyecto en discusión en el Parlamento, pueden generar cierta incertidumbre a las empresas extranjeras con negocios en el país. “No es la muerte de nadie, no es algo grave, pero en última instancia son cambios de reglas de juego, pequeños o no, que van minando la estabilidad jurídica”, evaluó.
También hizo advertencias respecto al capítulo que, entre otras cosas, dispone que el Poder Ejecutivo podrá confeccionar una nómina de países, jurisdicciones y regímenes especiales que sean considerados de baja o nula tributación, como una medida para desestimular que empresas operen allí buscando pagar menos impuestos. Esto, que llamó a modo de titular de diario “la muerte de las panameñas”, en realidad “no responde a un compromiso formal de Uruguay”. Arcia dijo que con esta disposición el país “está tomando medidas contra paraísos fiscales —lo cual surge en el año 1998 en el ámbito de la OCDE— y trata de ‘sancionar’, estableciendo un régimen más gravoso a este tipo de entidades. Ahora, a nivel de la OCDE, esto se entiende claramente, porque estamos hablando de los países que integran las economías más poderosas del mundo, países exportadores de capital que, en última instancia, lo que quieren es tratar de captar capitales de sus residentes en cualquier parte del mundo. No sería el caso de Uruguay, que es un país claramente importador de capitales, que lo que busca es la atracción de capitales extranjeros” y aplica distintos beneficios impositivos con ese fin, como los regímenes de puerto libre, de aeropuerto libre y zonas francas. Y prosiguió: “(Cuando) un país como el nuestro crea este tipo de normas, que son antijurisdicciones de baja y nula tributación, me genera la duda de si no podrían llegar a ser —disculpen lo gráfico— un tiro en el pie. O sea que hoy o mañana, eventualmente, podría ocurrir que en el seno de la OCDE o en otro país cualquiera se dijera: ‘Mirá, acá hay un sistema bastante interesante respecto a la sanción de las entidades de baja o nula tributación: repliquémoslo y armemos el listado de los países o de los regímenes de baja o nula tributación’, y se encontrarán con ciertas filtraciones que puede tener nuestro régimen, que las tenemos nosotros y todos los regímenes del mundo, pero la diferencia es que nosotros somos Uruguay y, lamentablemente, no tenemos ese poderío a nivel de negociación internacional. Porque el mundo de la tributación internacional está cargado de un importante grado de hipocresía”. Arcia recalcó que los “efectos colaterales que puede tener esto es un tema a analizar”.
“En última instancia, debemos tener cuidado de que no se aplique la máxima de ver la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio”, porque puede haber un “efecto búmeran”.
Andrés Blanco, profesor catedrático de Derecho Financiero y director del Instituto de Finanzas Públicas de la Universidad de la República, alertó que con este proyecto Uruguay está asumiendo acuerdos de intercambio de información automática “que van en contra de la doctrina y de la jurisprudencia respecto al alcance de la Constitución uruguaya, lo cual podría determinar objeciones de constitucionalidad a esas leyes”. También dijo que algunas disposiciones que propone la OCDE “vulneran garantías” personales.
Acercándose a la OCDE.
David Eibe, ex director de la Asesoría Tributaria del Ministerio de Economía y hoy consultor privado, opinó que, “en rigor, alguna de estas medidas va más allá de esos estándares” que plantea dicho organismo que agrupa a una treintena de países desarrollados o en camino de serlo. Particularmente, tanto lo que refiere a las obligaciones de identificación del beneficiario efectivo de las sociedades y a las que aluden a las operaciones con entidades de baja o nula tributación, “obedecen a una lógica que (…) pone de manifiesto ciertas variaciones en la estrategia de inserción internacional de nuestro país. Uruguay, en los últimos años, ha desarrollado una actividad de aproximación a la OCDE en múltiples aspectos, (…) y toda esa conducta tiene que ver con un estrechamiento de los vínculos con este organismo. Y, probablemente —no tengo elementos para decirlo porque eso forma parte de las políticas de gobierno—, se apunte a una integración plena del organismo en un futuro cercano”, dijo el experto.
Agregó que adherir a estos estándares puede tener “beneficios y costos” para el país. Entre las ventajas, destacó que se mejora el “clima de inversión, particularmente para las inversiones extrarregionales” que aprecian toda la normativa en materia de lavado de activos y de transparencia fiscal. “Pero, además, puede haber costos involucrados con esta actitud de ir hasta el límite del cumplimiento de estos nuevos estándares. Esos costos pueden tener que ver —y aquí vamos a un plano más regional— con el deterioro de ciertas condiciones de seguridad que tenían los inversores de la región, particularmente cuando utilizaban a Uruguay como un refugio para esas inversiones”, explicó.
Eibe también preside el Consejo Honorario del Centro de Estudios Fiscales —una persona de Derecho Privado ligada al Ministerio de Economía—, pero aclaró que sus comentarios fueron realizados a título personal.
Leonardo Costa, docente de la Universidad Católica e integrante del estudio Brum & Costa Abogados, opinó que el capítulo del proyecto que apunta a confrontar los países y jurisdicciones con baja o nula tributación —algunos también llamados paraísos fiscales— quizás sea “el más polémico en cuanto a la reacción del Poder Ejecutivo frente a los estándares” y a los llamados “Panama Papers”. Dijo que Uruguay “debe tener una mayor regulación en todo lo que tiene que ver con las sociedades de baja o nula tributación. Ese es un tema que estaba en el debe. Había un sinnúmero de sociedades que estaban operando en Uruguay, en su calidad de accionista o de tenedora de inmuebles”. Y agregó que los “efectos negativos” de este proyecto “tienen la suerte del blanqueo en Argentina”, que pueden minimizar el “impacto que, seguramente, esto va a tener, porque casi todos los contribuyentes argentinos que tenían su patrimonio no declarado al fisco argentino, hoy están haciendo emerger debajo del agua patrimonios, sincerándose; la gente tiene una crisis de buena conducta”.
Para Costa, el proyecto es un “gran cambio, de los más importantes en la historia del secreto bancario del Uruguay”, y sugirió analizar si es necesario un “régimen de transición, una especie de sinceramiento —por no llamarlo blanqueo— respecto a rentas en el exterior”.