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    Un proyecto crea la Administración Nacional de Casinos y Juegos de Apuestas del Estado

    Actuaría como un servicio descentralizado; nueva dirección hará controles

    Como parte de una reorganización institucional que permita separar las funciones de contralor y de explotación de los juegos de azar, el Poder Ejecutivo se propone crear un nuevo servicio descentralizado comercial: la Administración Nacional de Casinos y Juegos de Apuestas del Estado.

    Poco más de un siglo y medio después de emitido el primer acto administrativo de regulación en torno a los juegos de azar en Uruguay, eso está planteado en un proyecto de ley que se encuentra actualmente en la órbita de la Presidencia de la República para su firma, dijeron a Búsqueda fuentes oficiales. La elaboración estuvo en manos del Ministerio de Economía, que hoy tiene en su órbita las dos reparticiones afectadas por la iniciativa: la Dirección General de Casinos (DGC) y la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas (DNLQ).

    Antecedentes.

    La primera norma en materia de juegos de azar en el Uruguay independiente data de 1856. La ley Nº 509 autorizó a la empresa Teatro Solís la realización de dos loterías anuales, mientras que la Nº 510 estableció que asignó la propiedad de las Loterías Públicas al entonces denominado Hospital de Caridad.

    El marco se completó con la ley Nº 1.595 de 1982, que prohibió los juegos de suerte, azar o de fortuna, con excepción de la Lotería o Rifas Públicas, estableciendo la pena de multa o prisión con el decomiso de los objetos destinados al juego, tanto a los organizadores como a los participantes. Ese principio se mantuvo hasta hoy.

    En 1950, con la ley Nº 11.940, se dio a la Administración de Loterías la explotación directa del juego de quinielas y toda clase de apuestas relacionadas con el juego de loterías. También permitió la recepción de apuestas a través de comisionistas privados.

    Una historia similar se dio con la actividad de los casinos (ruletas). En 1915 una ley facultó al Poder Ejecutivo a autorizar a la Intendencia de Montevideo a organizar juegos de azar en casinos en dos hoteles y conceder en explotación los juegos de ruletas en zonas balnearias. En 1970 se creó la DGC; la misma ley consolidó y limitó el número de los casinos explotados por el Estado.

    En 1992 se adjudicó la concesión de explotación de juego de ruleta en Punta del Este y en 1995 se puso en marcha un sistema mixto para la explotación de las salas de casinos estatales.

    En el mensaje que acompaña el proyecto de ley, el Poder Ejecutivo afirma que la modalidad de ejercicio de la explotación y el monopolio de los juegos de azar y su control en Uruguay “no ha sufrido en las últimas décadas, ningún cambio institucional que le permita adaptarse a los nuevos desafíos, o a los nuevos requerimientos que se plantean desde los consumidores, los explotadores y los ciudadanos en general”. En tal sentido, la iniciativa es un “primer paso dirigido a una reorganización institucional que distinga claramente las funciones de regulación, control y fiscalización” de los juegos —que propone poner en manos de una Dirección Nacional de Contralor de Apuestas y Juegos de Azar que sustituiría a la DGLQ—, con la explotación directa de los mismos por parte del Estado, que realizaría un servicio descentralizado de dominio comercial e industrial del Estado como sucesor de la actual DGC.

    Dirección y

    Administración

    El texto del proyecto que obtuvo Búsqueda cuenta con 36 artículos.

    El primero ratifica que el Estado ejerce el monopolio de todo tipo de juego, apuesta, suerte, rifas y similares en los que intervenga el público en general. Eso abarca también los casinos en su modalidad tradicional así como los juegos de mesa y electrónicos que en los mismos se realicen, las máquinas tragamonedas, las actividades hípicas en régimen de apuestas, así como los juegos de azar a través de Internet, televisión interactiva, telefonía u otras tecnologías.

    El segundo permite otorgar permisos o licencias para que privados exploten o coadyuven a la explotación y administración de una determinada modalidad de juego. También señala que se debe propender a la prevención de la ludopatía y el juego abusivo mediante campañas educativas.

    La Dirección Nacional de Contralor de los Juegos de Azar y Apuestas tendrá como cometido fundamental ejercer en nombre del Estado el monopolio sobre dichos juegos.

    Como otro propósito figura en el proyecto proponer al Ejecutivo la reglamentación de las modalidades de gestión, autorización, realización, explotación, contralor y fiscalización de todos los juegos.

    Además fija sanciones frente a infracciones a la ley (desde la observación hasta la revocación de la autorización, permiso, licencia o concesión, y el decomiso de los elementos utilizados para cometer la infracción). Cuando no sea posible determinar el perjuicio económico ocasionado o el beneficio indebido obtenido, se aplicará una multa máxima de 50.000 unidades reajustables (unos $ 33,5 millones).

    Según el proyecto, la Administración Nacional de Casinos y Juegos de Apuestas del Estados será un servicio descentralizado comercial que se vinculará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía. Ese estatus tienen la ANP (puertos), Antel (telecomunicaciones), OSE (agua y saneamiento), El Correo (servicio postal), el Sodre (radiotelevisión y espectáculos), la ANV (vivienda) y el INAU (atención al niño y al adolescente).

    El patrimonio de la Administración de Casinos y Juegos de Apuestas serán todos los bienes muebles e inmuebles propiedad del Estado actualmente afectados a la Dirección General de Casinos, y absorberá a su personal. Como recursos, dicha Administración contará con los que por concepto de utilidad de la explotación de los juegos de apuestas, precios, tasas, sobretasas, comisiones u otros conceptos perciba de los usuarios o personas jurídicas, por los montos o porcentajes que se determinen, descontadas las afectaciones en favor de distintos organismos o servicios públicos. También los recursos que le sean asignados por disposiciones presupuestales.

    El nuevo organismo propuesto explotará el juego de Lotería Nacional que actualmente administra la Dirección de Loterías y Quinielas (ver nota aparte).

    A partir de la vigencia de esta ley y hasta que el Ejecutivo designe al director general de la nueva Administración, ejercerá todas sus funciones el director general de Casinos, cargo que hoy ocupa Javier Cha.

    El artículo 36º establece que será castigado con tres meses de prisión a tres años de penitenciaría quien tuviere, explotare o facilitare juegos de azar en lugares públicos o accesibles al público, en contravención a las normas. Quien tome participación en esos juegos de azar será castigado con una multa de 10 a 100 UR (unos $ 6.690 a $ 66.900) “o prisión equivalente”.