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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEl doctor Álvaro Danza es especialista en Medicina Interna, Farmacología y Terapéutica, y además posee un máster en Dirección de Empresas de Salud, y un doctorado en Ciencias de la Salud (PhD). Es profesor titular grado 5 de Clínica Médica en la Facultad de Medicina de la Universidad de la República (Udelar), y se desempeña como médico consultante en medicina interna en instituciones privadas, rezaba en su curriculum vitae.
Esa notable formación académica lo llevaría a ser designado presidente de la ASSE (Administración de los Servicios de la Salud), y el día de su asunción el Dr. Danza cerraba su discurso expresando: “Tendremos la cabeza y el corazón puestos en los que más lo necesitan y para ello es imprescindible que gobierne la honestidad”. Claros conceptos que refieren a la responsabilidad, el compromiso y la contracción a la tarea, virtudes que indudablemente requiere un cargo de esta naturaleza.
Resultó ser que, transcurridos cinco meses de gestión, una investigación periodística haría pública la información de que el jerarca ejercía, simultáneamente, la medicina en tres servicios de salud privados —dos en Montevideo y uno en Soriano—, y se desempeñaba como docente de la Udelar impartiendo 24 horas semanales de la unidad académica Clínica Médica 2, en el Hospital Pasteur. Consultado por la prensa al respecto, el Dr. Danza manifestaba que “no había nada que ocultar”, y de inmediato traía a colación los “logros” de su administración, seguramente pretendiendo minimizar el discrecional manejo de sus horarios laborales. Y remataba diciendo que “lo tenían totalmente sin cuidado los pedidos de renuncia de legisladores de la oposición”.
Pero el doctor se equivoca, pues para cualquier servidor público intelectualmente honesto los códigos éticos y las normas legales que se deben seguir, o a que se deben ajustar sus conductas, son por demás claros. Como presidente de un servicio descentralizado, el art. 200 de la Constitución de la República, el art. 26 de la Ley 17.060, Ley Cristal, y el art. 9 de la Ley 18161, de Creación de la Administración de los Servicios de la Salud, en este caso lo inhabilitan a mantener vínculos laborales con mutualistas privadas, en el entendido de que estas fungen, de ordinario, como proveedoras de servicios clínicos y no clínicos a ASSE. De cualquier forma, si se tratase de tareas no remuneradas, nunca más pertinente la sentencia cesariana de que “no hay que serlo, sino también parecerlo…
Las horas de ocupación retribuida que dedica al ámbito privado colindan con las que debiera dedicarle a la administración que preside, hecho que inevitablemente provoca el resentimiento del servicio en ambos lugares. Respecto al ejercicio de la docencia —para el que no existe impedimento legal alguno—, la investigación periodística constató que el Dr. Danza registraba “presencia virtual” en el Hospital Pasteur, dictando clases de Clínica Médica 2, el mismo día y a la misma hora en que visitaba un hospital en el norte del país. De lo que se desprende que el tiempo físico, sencillamente, no le permitiría cumplir a cabalidad con sus obligaciones como docente ni como presidente del mayor prestador de servicios de salud del país.
Pasarían tres meses, entre pedidos de renuncia, polémicas y análisis jurídicos del caso, hasta que la oposición decide interpelar a la ministra de Salud Pública. Mientras, el Dr. Danza relativizaba los hechos, y el Poder Ejecutivo —presidente y ministra— expresaba su categórico respaldo al compañero.
Así las cosas, el pasado jueves la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep), con los votos a favor de la Dra. Ana Ferraris y del Cr. Alfredo Asti —ambos frenteamplistas— y el voto discordante del Dr. Luis Calabria —nacionalista—, dictaminaba que “no existe incompatibilidad entre el ejercicio de la presidencia de ASSE y su desempeño como docente en la Udelar, como asimismo con su labor profesional en las instituciones de Asistencia Médica Colectiva del sector privado”. El dictamen ignoraba por completo los informes técnicos elaborados por el Instituto de Derecho de Udelar y por su propia asesoría letrada, que decían lo contrario.
A todo esto, mientras sesionaba la Jutep, el Dr. Danza hacía pública su renuncia a las mutualistas donde trabajaba. Con este movimiento y el mencionado dictamen, que dejaba al desnudo el carácter del doctor y del Ejecutivo, se pretendía descomprimir el asunto ASSE y darle un respiro al gobierno.
En resumidas cuentas, este enredo presenta aristas éticas, legales y culturales que van más allá del barullo político que se puede apreciar. Los múltiples trabajos, de manera simultánea, del Dr. Danza mientras preside una administración de suma complejidad no solo desprenden falta de ética, también son una violación a la ley. La resolución de la Jutep, favorable a Danza y al gobierno, denota una desembozada y despótica desviación de la norma por parte del órgano encargado de propiciar políticas públicas, normativas y acciones que fortalezcan la transparencia en la gestión del Estado.
Y aquí reaparece el alarmante concepto de lo político por encima de lo jurídico. Y la defensa acérrima del señor presidente de la República y de la señora ministra de salud pública al Dr. Danza, al compañero, corona el enredo. No solo han dispuesto que se ignore los pareceres jurídicos formales, sino que ellos han ignorado la Constitución de la República.
Son hechos políticos graves que alumbran la escasez de virtudes morales de a quien le son esenciales —gobernantes y jerarcas de Estado—, a la vez que jaquean mansamente a la institucionalidad, a la democracia y a la República. La ciudadanía toda espera la pronta reacción del Legislativo para corregir los dislates de un gobierno que prometió grandes cambios, gobernando con honestidad, y a nueve meses de gestión no se ven cambios ni tampoco honestidad.
Cnel. Luis Eduardo Maciel Baraibar