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    Menor aporte del impuesto inflacionario achica su respaldo implícito a las finanzas públicas

    La desinflación reciente redujo un ingreso implícito que, durante décadas pasadas, contribuyó con el resultado fiscal

    La inflación es una de las variables que concentra la atención de las autoridades económicas, ya sea por sus efectos negativos sobre el poder adquisitivo de los hogares o por las distorsiones que introduce en el funcionamiento de la economía. Otra consecuencia de ese fenómeno es fiscal: el aumento de los precios de bienes y servicios gravados por impuestos como el IVA redunda en una mayor recaudación.

    En décadas en que la inflación en Uruguay era de dos dígitos, ese “impuesto inflacionario” tenía una importancia fiscal mucho mayor a la que ahora, cuando el nivel del alza del Índice de Precios al Consumo (IPC) se asimila más al de economías estables y hasta desarrolladas. En 2025, la inflación fue de 3,65%, un mínimo desde 2001.

    Según cálculos de Búsqueda a partir de datos oficiales, los ingresos asociados al fenómeno inflacionario cayeron en el período 2023–2025 a los niveles más bajos desde 2002.

    El contexto fiscal y el “espejismo”

    La evolución reciente del impuesto inflacionario se inscribe en un contexto fiscal que volvió a ganar centralidad en el debate público tras la asunción del nuevo gobierno y la discusión del Presupuesto quinquenal. En distintas intervenciones, el ministro de Economía, Gabriel Oddone, explicó que el escenario fiscal con el que se encontró difiere del que predominaba durante la campaña electoral, lo que acotó los márgenes de maniobra.

    Más allá del debate político, el cambio en las proyecciones fiscales volvió a poner de relieve la sensibilidad de las cuentas públicas a variables macroeconómicas que no forman parte del sistema tributario tradicional. Entre ellas, la inflación ocupa un lugar particular: no se vota como impuesto, no se recauda de forma explícita, pero incide sobre el resultado fiscal, tanto a través de la recaudación nominal como del “impuesto inflacionario”.

    El “impuesto”

    Técnicamente, el denominado “impuesto inflacionario” no es un tributo en sentido estricto, dado que no tiene una base legal ni se recauda a través de ningún organismo en particular. El concepto surge del monopolio que tiene el Banco Central (BCU) como emisor de dinero y alude a la ventaja que obtiene el sector público por la diferencia en el valor de la moneda entre el momento en que se emite y aquel en que entra efectivamente en circulación.

    Cuando el BCU emite dinero que es utilizado por el Estado —por ejemplo, para pagar a proveedores o cancelar obligaciones—, esa mayor cantidad de circulante puede derivar en un aumento general de los precios. En ese proceso, el sector público logra utilizar el dinero antes de que pierda poder adquisitivo, mientras que quienes mantienen saldos en pesos ven reducido su ingreso real o se licúa el valor real de sus pasivos.

    Desde el punto de vista fiscal, el impuesto inflacionario opera como una transferencia implícita desde quienes mantienen dinero en moneda nacional hacia el sector público. A diferencia de los tributos tradicionales, su magnitud no depende de decisiones administrativas ni de cambios normativos, sino del comportamiento de los precios y de la demanda de dinero.

    En ese sentido, este “impuesto” funciona como una fuente de financiamiento implícita que tiende a expandirse cuando la inflación es mayor y a la inversa. La experiencia reciente muestra que este canal puede amplificar —o atenuar— los desvíos fiscales asociados a errores de proyección macroeconómica como los ocurridos durante 2024.

    En 2025, la inflación resultó otra vez más baja de lo proyectado por las autoridades económicas, lo cual tendrá un efecto adverso en términos de recaudación asociada al alza de los precios minoristas.

    El miércoles 7, en el contexto a su reclamo por el llamado “atraso cambiario”, el presidente de la Federación Rural, Rafael Normey, se refirió a la preocupación oficial cuando “la inflación les baja” y “ven que la recaudación les puede empezar a mermar”, entrevistado en el programa Desayunos informales de Canal 12. Según dijo, ante ese escenario “empiezan a tomar medidas para que la inflación suba” con una lógica centrada en sostener el gasto “para que en el Estado nunca falte ni un peso”.

    Un quiebre reciente

    Las estimaciones de Búsqueda permiten medir el impuesto inflacionario como un flujo anual implícito y compararlo en el tiempo a través de su relación con el Producto Interno Bruto (PIB). Bajo ese criterio, entre 2002 y 2019 se ubicó mayoritariamente en un rango de entre 0,3% y 0,5% del PIB, con valores más elevados en los años de inflación más alta.

    En términos de montos, durante ese período el ingreso implícito asociado al alza de los precios minoristas llegó a superar los US$ 250 millones anuales en algunos ejercicios. En 2019, por ejemplo, el impuesto inflacionario estimado ascendió a unos US$ 266 millones, equivalente a 0,4% del PIB. Esa persistencia explica por qué el impuesto inflacionario fue durante años un componente estable —aunque poco visible— de la recaudación implícita del gobierno.

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    A partir de 2020 comenzó a observarse una tendencia descendente. Ese año, el impuesto inflacionario se ubicó en torno a 0,5% del Producto, pero luego bajó a 0,3% en 2021 y 2022. El quiebre más marcado aparece en los últimos años. En 2023, con una inflación anual de 5,1%, se redujo a alrededor de 0,2% del PIB, con un monto estimado de US$ 168 millones. En 2024, pese a una inflación algo mayor, de 5,5%, se mantuvo en niveles similares, en torno a US$ 179 millones, también equivalente a 0,2% del Producto.

    La tendencia se profundizó en 2025. En el primer y segundo trimestre del año, los ingresos por el impuesto inflacionario se mantuvieron en torno a 0,2% del PIB. Sin embargo, en julio-setiembre pasado —último trimestre para el cual se disponen de estadísticas para realizar los cálculos— bajó a aproximadamente 0,1% del Producto, con un monto implícito estimado de unos US$ 127 millones. Se trata de un mínimo en toda la serie desde 2002.

    Inflación y política fiscal

    Un trabajo reciente de Robert Barro, Francesco Bianchi y economistas del Fondo Latinoamericano de Reservas (Flar), que analiza la experiencia de 10 países de América Latina entre 2002 y 2023, documenta una relación significativa entre las expansiones del gasto público y la dinámica inflacionaria en la región.

    El estudio muestra que, a diferencia de lo observado en economías avanzadas, en América Latina los aumentos del gasto tuvieron efectos persistentes sobre la inflación incluso fuera del período de la pandemia. En ese marco, la inflación aparece como un mecanismo que contribuye a reducir el valor real de la deuda y de otras obligaciones del sector público cuando las expansiones fiscales no cuentan con un respaldo claro de ingresos futuros.

    Uruguay aparece en ese análisis como un caso intermedio. Con una deuda pública relativamente alta y de duración larga, y una expansión fiscal más moderada durante la pandemia de Covid-19, el aumento de la inflación fue más contenido que en otros países de la muestra. Sin embargo, el trabajo sugiere que incluso en economías con marcos institucionales más sólidos, la inflación continúa cumpliendo un rol fiscal relevante.