Sr. Director:
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáSoy socia de la Cooperativa Municipal de Consumo, aunque jamás hice uso de ninguno de sus servicios.
Hace un tiempo decidí renunciar a mi calidad de socia, reclamar las acciones que me corresponden y solicitar que por ende no se me descuente más cuota alguna de mis haberes.
Dicha cooperativa está intervenida con desplazamiento de autoridades.
Llamé por teléfono a Secretaría pero en ninguna de las oportunidades me quisieron proporcionar ni nombre de autoridades interventoras ni dirección de correo electrónico.
Desde la FUCC (Federación Uruguaya de Cooperativas de Consumo), el Sr. Jorge Cartagena se comunicó conmigo al respecto y en su correo del 20 de setiembre de 2024, hora 14.29, me escribió: “Recibido, haremos el procedimiento y les daremos noticias (referente a la renuncia presentada). Cordialmente, Jorge Cartagena. Secretario ejecutivo FUCC”.
El 24 de setiembre de 2024 hora 12.09 recibí en mi casilla de correo electrónico el siguiente correo desde la dirección secretaría[email protected]: “Estimada, buenas tardes. La intervención judicial de la cooperativa tiene interés en mantener una reunión personal con usted. A tales efectos, la convocan para el día miércoles a las 14.30. Agradecemos confirmación o de lo contrario nos manifieste otra opción de fecha. Atentos saludos. Ricardo Fraga. Jefe Dpto. Contable”.
Expresé que no iba a concurrir. No existe ninguna razón para que lo hiciera. Así lo comuniqué a la misma dirección de correo electrónico, así como al Sr. Jorge Cartagena, secretario ejecutivo de la FUCC.
El 25 de setiembre de 2024 a las 10.59, a mi misma dirección y desde la misma que la anterior, recibí lo siguiente: “Estimada, buenas tardes. Le consultamos en qué momento puede usted reunirse con la intervención. En la medida que no consta en la cooperativa llamado ni correo electrónico suyo anterior a los recibidos en estos días, entendemos conviene una reunión personal a fin de conocernos y conocer el motivo de su disgusto. Atentos saludos, Ricardo Fraga. Jefe Dpto. Contable”.
El 20 de setiembre de 2024, 12.46, yo había enviado al Sr. Cartagena, a su ofrecimiento de canalizar la renuncia a través suyo, el siguiente correo: “A las autoridades interventoras de la Cooperativa Municipal de Consumo. Presente. Por la presente vengo a renunciar a mi calidad de socia de la Cooperativa Municipal de Consumo desde el 30 de setiembre del año 2024 y a solicitar la devolución de las correspondientes acciones. Por lo expuesto solicito 1o) se me acepte la renuncia a mi calidad de socia de la Cooperativa Municipal de Consumo con fecha 30 de setiembre de 2024…; 2o) se me devuelva el importe de las acciones…”.
Por cierto, nuevamente me negué a ir. Nada tengo que hablar con personas cuyos nombres ni siquiera conozco y mucho menos dar información personal.
Esto lo tomo como una intimidación. Presenté mi renuncia voluntaria y no pueden pretender indagar nada. No manifesté ninguna razón, como surge más arriba.
Es bueno que de esto tome conocimiento la Auditoría Interna de la Nación, del Ministerio de Economía y Finanzas.
El art. 7 de la Ley 18.407 de 24/10/2008 (ley de cooperativas) dice: “1) Libre adhesión y retiro voluntario de los socios” (el destacado es mío). El art. 137 de la misma ley dice: “La calidad de socio y consecuentemente de uso se terminarán: A) Por el retiro voluntario del socio o de sus herederos mediante renuncia” (el destacado es mío).
A mí me están negando mi legítimo derecho a renunciar.
Diva E. Puig