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    El Estado incumple con las cuotas que lo obligan a dar empleo a minorías

    La enorme mayoría de los organismos públicos están muy lejos de llegar al mínimo de puestos de trabajo que deben destinar a personas afrodescendientes, trans, con discapacidad o víctimas de delitos violentos

    El Estado uruguayo tiene la obligación de emplear a un mínimo de personas pertenecientes a minorías. Así lo disponen distintas leyes que comprometen a los organismos públicos y de derecho público no estatal a garantizar que entre sus trabajadores estén representados quienes pertenecen a grupos vulnerables o desfavorecidos.

    Así, la Ley Nº 18.651, de 2010, establece la obligación de los organismos estales y de derecho público no estatal a ocupar a personas con discapacidad en al menos 4% de sus vacantes. La Ley Nº 19.122, de 2013, establece que el 8% de los puestos de trabajo que se produzcan en el Estado deben ser llenados por personas afrodescendientes. A su vez, la Ley Nº 19.684, de 2018, destina una cuota mínima del 1% de las vacantes para las personas trans.

    A las cuotas previstas para estos colectivos se sumó, con la Ley de Urgente Consideración de 2020 (Nº 19.889), la obligación de destinar el 2% de las vacantes generadas en el año para víctimas de delitos violentos.

    Pero dar cumplimiento a esas normas no ha sido fácil para el Estado. De acuerdo con la última Rendición de Cuentas, presentada por el Poder Ejecutivo este lunes 2 al Poder Legislativo, la enorme mayoría de las oficinas públicas no lograron siquiera acercarse a los porcentajes mínimos que exigen las leyes.

    El desempeño varía mucho según cada organismo, de acuerdo con los informes elaborados por la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC) y presentados como anexos de la Rendición de Cuentas. Y en algunos casos las vacantes a ser llenadas en el año no alcanzaron un número suficiente para que la cuota fuera aplicable.

    Durante 2024 ingresaron 81 personas con discapacidad a los organismos públicos obligados, lo que representa el 0,43% del total de puestos ocupados en el año, indica la ONSC. En el caso de la comunidad afrodescendiente, ingresaron al Estado 415 personas en 2024, un 1,72% del total de ingresos. En tanto, fueron 23 las personas trans que ingresaron a organismos del Estado, lo que representa 0,10% del total. Del grupo de víctimas de delitos violentos ingresó solo una persona en 2024.

    Cuotas para personas trans, afrodescendientes, con discapacidad o víctimas de delitos violentos, lejos de cumplirse

    Entre las personas afrodescendientes que obtuvieron un puesto de trabajo en los organismos obligados, 197 fueron hombres (47%) y 218 mujeres (53%). La edad promedio fue de 29 años.

    Solo el 6% (siete) de los organismos alcanzó la cuota mínima: el Ministerio de Turismo, la Fiscalía General de la Nación, el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), UTE, la Administración Nacional de Puertos (ANP), la Administración Nacional de Correos (ANC) y la Junta Departamental de Lavalleja. Mientras, el 20% tuvo ingresos de personas afrodescendientes, pero no alcanzó a cumplir con la cuota.

    La ley argumenta que la acción afirmativa se justifica por “la discriminación y estigmatización histórica de la población afrodescendiente en el país”. El decreto que reguló la ley estableció el criterio de la “autopercepción” para definir la raza o ascendencia étnica de cada persona, siguiendo los criterios del Instituto Nacional de Estadística.

    La cuota mínima se fijó a partir del porcentaje de población afro en Uruguay, que según el censo de 2011 representaba el 8,1%, aunque en el censo de 2023 ese número creció a 10,4%. La población afrodescendiente es la minoría étnico-racial más numerosa en Uruguay, indica el informe de la ONSC.

    La comunidad trans, protegida por la Ley Integral para Personas Trans de 2018, que busca garantizarle una “vida libre de discriminación y estigmatización”, estaba compuesta por 853 personas (90% mujeres trans y 10% varones trans), de acuerdo con un censo realizado en 2016.

    La norma establece que podrán acogerse a la cuota de empleo en el Estado aquellas personas que al momento de su postulación se autodefinen trans y que han realizado o iniciado el proceso de adecuación de nombre o sexo en documentos identificatorios o que hayan solicitado la Tarjeta Uruguay Social Trans.

    Conforme a los datos relevados por la ONSC, en 2024 ingresaron 23 personas trans a 13 organismos del Estado, nueve mujeres y 14 varones. El promedio de edad fue de 28 años.

    Alcanzar el 1% de los puestos hubiese representado el ingreso de 238 personas, indica la ONSC, que para este indicador toma en cuenta solo los organismos en los que se produjo un número suficiente de vacantes como para poder cumplir con la cuota.

    Los organismos del Estado que cumplieron con la cuota fueron seis: el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Banco Central, Ancap, la ANP, OSE y la ANC. Otros siete tuvieron ingresos de personas trans, pero no alcanzaron la cuota mínima.

    En el caso de las personas con discapacidad, no solo se incumplió con la cuota, sino que el número de ingresos (81) se redujo 33% con respecto a 2023, de acuerdo con la información de la ONSC. Alcanzar el 4% de los puestos para dar cumplimiento a la ley hubiese representado 787 ingresos.

    El 51% de las personas con discapacidad que ingresaron al Estado fueron hombres y el 49% mujeres. La edad promedio fue de 35 años.

    Fueron seis los organismos que cumplieron con el mínimo del 4% en 2024: el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente, el BROU, Antel, la ANC y la Intendencia de Flores. Siete organismos tuvieron ingresos de personas con discapacidad, pero no alcanzaron la cuota.

    En tanto, solo una víctima de delitos violentos ingresó al Estado en 2024, lo que representó 0,06% del total de vacantes. Se trata de un hombre que pertenece a la franja etaria de entre 20 y 29 años y fue empleado en el Ministerio del Interior.

    La normativa considera víctimas de delitos violentos a cónyuges, concubinos o hijos de víctimas de homicidio intencional o a los padres de víctimas de violación, trata u otros delitos, cuando son menores de edad. Alcanzar el cupo del 2% de las vacantes a ser cubiertas en el año hubiera representado el ingreso de 33 personas víctimas de delitos violentos, indica la ONSC.