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Ministro de Desarrollo Social, Alejandro Sciarra
Mauricio Zina / ADHOCFOTOS
Hay algo más que Sciarra ve con buenos ojos de estos primeros pasos dados. Se trata del caso de una persona que ya dejó la internación. Luego de que fue compensada y que se le hicieron todos los chequeos -antes del alta-, ASSE se comunicó con Mides, la cartera le ofreció a la persona seguir el tratamiento en un hogar asistido y la propuesta fue aceptada. “O sea, pasás de lo involuntario a una solución voluntaria, al ejercicio de la voluntad de la persona para una vida mejor. Ese ciclo es el que buscamos repetir con cada uno de quienes hoy están internados”, destacó el ministro.
Al 17 de setiembre, había seis personas todavía internadas, todas ellas en centros de ASSE.
Lo que el Mides ofrece una vez terminada la internación es hacer un proceso de seguimiento a través sus diferentes dispositivos. A grandes rasgos se componen de 400 plazas en hogares asistidos, 100 en casas de medio camino especializadas en salud mental, 200 en casas de medio camino especializadas en adicciones, y 60 en casas de medio camino de patología dual.
Personas en situación de calle, adicciones y salud mental
El último censo de personas en situación de calle se realizó en agosto del 2023. El relevamiento encontró 2.758 personas en esa condición en Montevideo; de ellas 1.363 personas estaban a la intemperie y 1.395 en refugios o centros nocturnos.
A las personas en situación de intemperie, los equipos del Mides les hacen una encuesta al realizar el censo. De ese trabajo surge que el 89% son hombres y que el promedio de edad es de 39 años.
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Persona en situación de calle en el centro de Montevideo
Mauricio Zina / AdhocFOTOS
Sobre salud mental y adicciones –temas especialmente abordados en la internación compulsiva–, la encuesta aporta algunos elementos que permiten dar dimensión. El 36% de las personas en intemperie dicen haber recibido tratamiento en salud mental y el 20% haber estado internadas. Mientras tanto, el 91% reconoce que consume algún tipo de sustancia y el 72% lo hace de forma diaria. Los consumos más extendidos son pastabase (77%), alcohol (53%), marihuana (48%), cocaína(23%).
La ley, reglamentación y cambios
En el año 2011 se aprobó una ley (la 18.787) de “asistencia obligatoria del Estado a las personas en situación de calle”. Esa norma estableció la posibilidad de trasladar sin su consentimiento a personas en “situación de intemperie completa” a refugios u “otros lugares” para darles asistencia adecuada si se constata “riesgo de graves enfermedades o incluso con riesgo de muerte”. Para poder concretar el traslado debe existir previamente la acreditación “por escrito” de un médico que indique que se está ante los riesgos descritos.
La ley le encomendó al Poder Ejecutivo hacer una reglamentación que estipule una coordinación entre el Mides, el Ministerio de Salud Pública y del Interior para dar cumplimiento. Eso recién se concretó diez años después, en mayo de 2021.
Las disposiciones de la ley 18.787 fueron ampliadas por una modificación aprobada en mayo de este año (ley 20.279). Este es el sistema que comenzó a aplicarse el 25 de agosto. Con el agregado de algunos párrafos se habilitó a trasladar “aún sin su consentimiento” a personas “en situación de intemperie completa” cuya “capacidad de juicio se encuentre afectada como consecuencia de una descompensación de su patología psiquiátrica o por el consumo de sustancias psicoactivas”. Para que esto sea posible es necesario un informe médico que indique que las personas en cuestión “presentan un riesgo inminente para sí o para terceros o que el hecho de no trasladarlas” puede “determinar un deterioro considerable de su salud o impedir que se le proporcione un tratamiento médico adecuado”.
La aplicación de estas herramientas se ajusta a la reglamentación de la ley 18.787, que se aprobó en 2021 cuando el Mides, el Ministerio del Interior, el de Salud Pública y la ASSE acordaron un protocolo de actuación.
El protocolo determina que si los equipos del Mides encuentran personas que “en apariencia presentan riesgos de graves enfermedades y/o riesgo de muerte” –ahora también con su juicio “afectado” y riesgo para sí o terceros– deben “requerir a ASSE el envío de personal médico”.
Si la persona se niega a ser atendida o trasladada por ASSE “se podrá requerir al Ministerio del Interior su auxilio y colaboración”. Antes de que exista “atención y/o traslado coactivo” se debe contar con “informe escrito de un médico” en el que “se disponga la medida inmediata sugerida”.
En paralelo a todo esto, está vigente desde el 2017 la llamada ley de salud mental (19.529) que en los artículos 30 y 31 da marco y establece criterios para las internaciones involuntarias.
Para que esta opción esté avalada debe existir “riesgo inminente de vida para la persona o para terceros”. También se puede aplicar en casos en que esté “afectada en su capacidad de juicio, y el hecho de no hospitalizarla pueda llevar a un deterioro considerable de su condición o impedir que se le proporcione un tratamiento adecuado”.
Otra exigencia que marca esta ley es que la internación involuntaria sea en un centro asistencial en el que la persona en cuestión haya sido previamente atendida de forma voluntaria. Además marca que deberá existir una solicitud o declaración de conformidad del familiar más cercano, allegado o representante legal. En caso de que no existiera esa figura cercana la internación “se podrá realizar cumpliendo únicamente con el dictamen profesional” firmado por dos profesionales médicos que no tengan relación de parentesco, amistad o vínculos económicos con la persona, uno de los cuales deberá ser especialista en psiquiatría.
Defensa y críticas
Tanto el actual ministro Sciarra como su antecesor Martín Lema defienden la herramienta adoptada. “Vamos a dejar un poquito la hipocresía de lado. Dejemos de lado el conformismo de decir que vivir en la calle es un derecho y vamos a ocuparnos del tema de raíz”, afirmó Lema en una conferencia de prensa semanas atrás.
Sciarra, dijo a Búsqueda que es una herramienta que fue reclamada largo tiempo por organizaciones como las Madres del Cerro. También hizo énfasis en que el mecanismo no pasa por encima de la voluntad de las personas sino que apunta a darles atención y devolverles el ejercicio de su voluntad, comprometida por descompensaciones.
En un perfil más técnico, el psiquiatra Esteban Acosta, que integra los equipos del Mides desde el 2007 fue otro de los defensores del cambio legislativo. En una entrevista con el programa radial Fácil Desviarse, dijo que era algo que quienes trabajan con población de calle pedían a gritos y argumentó que las herramientas normativas anteriores no se ajustaban a las realidades que viven estas personas.
En la vereda opuesta, diversos colectivos manifestaron discrepancias y reparos con la iniciativa. Entre ellos están los psiquiatras, los médicos y los trabajadores tercerizados del Mides.
La Sociedad de Psiquiatría del Uruguay (SPU) expresó en un comunicado público su “total desacuerdo” con la ley 20.279. En particular advierte sobre la “estigmatización” de esa población y el “riesgo de vulneración” de sus derechos. También expresa su preocupación por la creación de nuevas “unidades cerradas” de internación mientras sigue sin implementarse “la red de recursos adecuados para cumplir con la ley 19.529” (ley de salud mental).
Citando esa misma ley, el comunicado de la SPU recuerda: “La hospitalización es considerada un recurso terapéutico de carácter restringido, deberá llevarse a cabo sólo cuando aporte mayores beneficios que el resto de las intervenciones realizables en el entorno familiar, comunitario y social de la persona y será lo más breve posible”.
En su opinión, la ley de salud mental y su reglamentación ya hacían posible “la internación involuntaria” en los casos en que fuera necesaria.
El presidente del Sindicato Médico del Uruguay, José Minarrieta, se expresó en un sentido similar. En su opinión, la modificación que empezó a implementarse el 25 de agosto es “una medida casi que burocrática”.
“Llevar a las personas a un lugar para que después salgan y vuelvan a estar en la misma situación… parece más como un saludo a la bandera, que una solución real”, dijo en declaraciones a M24. También advirtió sobre una posible saturación de los servicios médicos de internación y dijo que ve inconvenientes en la tarea que le adjudica la ley a los médicos de determinar si las personas están ante una situación de riesgo. En su opinión, eso no puede establecerse “sin los elementos adecuados, en la calle” y “evaluando a una persona sin conocimiento de su situación psicológica y social”.
Una opinión similar defendieron durante la discusión parlamentaria los legisladores frenteamplistas. El informe que hicieron en la comisión que trató la ley 20.279 cuando todavía era proyecto de ley sostenía que la iniciativa era “incoveniente” e “innecesaria”.
“El marco legal vigente hoy ya es suficiente para lograr el objetivo que se propone en este proyecto”, afirmaron.
Finalmente, también el sindicato que nuclea a los trabajadores tercerizados del Mides, Sutiga, emitió un comunicado en el que critican “la utilización política de la ley 20.279 por vulnerar los derechos de la población que se encuentra en situación de calle, generando traslados contra la voluntad de las personas y sin brindar las garantías correspondientes para que su situación sea abordada integralmente”. En la misma línea, afirman que los refugios nocturnos a los que deberían ser trasladadas las personas después de pasar por los servicios de ASSE, se encuentran en condiciones de hacinamiento y carecen de equipos técnicos”.
“¿Cómo atender a las personas en estados de descompensación y tratamiento en dispositivos sin recursos o equipos técnicos que aborden la especificidad?”, concluyen.