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    Gremios piden que exjerarcas paguen condenas favorables a docentes, pero en Codicen no hay ánimo “revanchista”

    Condenaron a ANEP a pagar entre US$ 7.000 y US$ 18.000 por daño moral a cinco docentes, el consejo apeló las cifras más altas y consejeros políticos desestiman promover acciones contra exautoridades

    La noche del 23 de octubre de 2019 quedó marcada a fuego en 15 docentes de San José. En el marco de la campaña que el PIT-CNT y la Federación Nacional de Profesores de Educación Secundaria (Fenapes) impulsaban contra el plebiscito Vivir sin Miedo, seis educadores se tomaron fotografías con consignas sindicales en la sala de profesores y en espacios donde no había estudiantes, y otros nueve fuera del liceo. La directora del centro los denunció por supuesta violación de la laicidad y el Consejo Directivo Central (Codicen) de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) del momento lo analizó, pero no inició un sumario contra ninguno de ellos. Sin embargo, soplaban vientos de cambio.

    Unos meses después, en 2020, tras la asunción del nuevo gobierno, las autoridades desarchivaron el tema e iniciaron 15 sumarios con separación del cargo y retención de la mitad de los salarios, una mancha que quedó en el legajo. Varios profesores reclamaron ante la Justicia por el daño sufrido, plantearon que el Codicen actuó de forma irregular, lograron fallos favorables y los gremios de la enseñanza reclaman ahora que los exjerarcas paguen las decenas de miles de dólares con que se condenó al Estado. Lo plantean en el marco de la discusión presupuestal.

    De los nueve profesores sumariados por fotografiarse afuera del liceo, cinco ganaron juicios. Entre el 29 de abril y el 4 de agosto de este año, ANEP fue condenada a pagar entre US$ 7.000 y US$ 18.000 por estos casos. La diferencia entre las cifras radica en que actuaron diferentes jueces.

    Fenapes y la Coordinadora de Sindicatos de la Enseñanza consideran que las autoridades que iniciaron los sumarios deberían pagar estos montos. “Estamos planteando que los que administran el Estado hoy y son gobierno deben aplicar el artículo 25 de la Constitución, porque la sociedad uruguaya en su conjunto, en un marco, como ha dicho el gobierno, de restricción presupuestal, no debe pagar cientos de miles de dólares por la irresponsabilidad política de determinados actores”. Así lo planteó el secretario general de la federación, Emiliano Mandacen, el 31 de julio, al anunciar, en conferencia de prensa, que la Dirección General de Secundaria les comunicó que resolvió revocar la sanción impuesta a seis docentes de San José, los seis que se habían fotografiado dentro del liceo. El sumario contra los otros nueve que se habían registrado afuera se había archivado.

    El artículo 24 de la Constitución establece que el Estado es “civilmente responsable del daño causado a terceros, en la ejecución de los servicios públicos, confiados a su gestión o dirección”, y el 25, cuya aplicación reclaman los gremios, agrega que “cuando el daño haya sido causado por sus funcionarios, en el ejercicio de sus funciones o en ocasión de ese ejercicio, en caso de haber obrado con culpa grave o dolo, el órgano público correspondiente podrá repetir contra ellos lo que hubiere pagado en reparación”.

    El Codicen, integrado por tres consejeros políticos (su presidente, Pablo Caggiani, Carolina Pallas y Elbia Pereira) y dos electos por los docentes (Julián Mazzoni y Daysi Iglesias), está al tanto del planteo sindical. De hecho, Mazzoni consultó en una sesión del consejo si correspondía que se aplicara este artículo. De todas maneras, no formalizó el planteo ni las autoridades trataron el asunto ni prevén iniciar el proceso de aplicación del artículo 25 por estos casos.

    Caggiani puente
    Celsa Puente, Joaquín Mateauda, Pablo Caggiani y Héctor Florit, en la sede del Frente Amplio en 2022

    Celsa Puente, Joaquín Mateauda, Pablo Caggiani y Héctor Florit, en la sede del Frente Amplio en 2022

    “No tenemos un espíritu revanchista”, dijo Caggiani a Búsqueda. “Yo no tengo la perspectiva de que la política pública tenga que hacer las cosas que vimos en el período pasado, de perseguir a los gobernantes. Más allá de las diferencias, hay cuestiones de talante republicano que hay que preservar”, agregó. Al hablar de la persecución a gobernantes en el período pasado, el presidente del Codicen alude a que legisladores del entonces oficialismo señalaron a Celsa Puente y Javier Landoni, exconsejeros de Secundaria, por “omisiones” y “conductas con apariencia delictiva” ante la Fiscalía. En respuesta, Puente, que integra hoy la Comisión Directiva del Instituto Nacional de Evaluación Educativa (Ineed), presentó una demanda civil contra la ANEP y el Poder Legislativo, y Landoni otra contra el Legislativo.

    El dirigente sindical José Olivera dijo el 31 de julio en la conferencia de prensa que “la política de hostigamiento y persecución perpetuada por las autoridades de la educación” en el anterior gobierno fue “avalada por legisladores del otrora oficialismo”.

    “Antidemocrático”

    Tras el inicio de sumarios con separación del cargo y retención de haberes, Fenapes llevó estos casos ante el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional de Trabajo (OIT). En junio de 2023, el comité emitió un informe en el que pide al gobierno que “se asegure de la existencia de un equilibrio razonable entre la obligación de neutralidad política de los docentes públicos en el ámbito educativo establecida por la Constitución del Uruguay, y el derecho de las organizaciones de docentes a expresar sus opiniones sobre cuestiones económicas y sociales que puedan afectar a sus miembros y difundir las mismas en el lugar de trabajo, teniendo en cuenta la necesidad de no menoscabar la educación de los niños”. Pidió, además, “que tome las eventuales acciones necesarias a este respecto”.

    El Codicen tuvo en cuenta esta recomendación a la hora de levantar el mes pasado las sanciones contra los docentes y al menos uno de los jueces cita a la OIT en la condena a la ANEP.

    La sentencia por el monto más alto es del 11 de junio y fue firmada por el juez de lo Contencioso Administrativo de 3er turno, Javier Gandini, quien tasó el “daño moral” causado a una docente en US$ 18.000. La profesora en cuestión “fue objeto de un sumario con retención de haberes y separación del cargo (resolución del 21 de diciembre de 2020) luego de la instrucción de una investigación administrativa, dictada por la Dirección General de Educación Secundaria”, que le atribuyó “la violación del principio de laicidad y la prohibición de proselitismo”.

    El magistrado expresó en la sentencia, a la que accedió Búsqueda, que el 16 de noviembre de 2021 el sumario fue archivado sin atribución de responsabilidad. Para Gandini, “la instrucción del sumario careció de la más mínima justificación respecto del suscrito afectando en forma grave su derecho al honor y reconocimiento de la dignidad, desmantelando su imagen pública ante la comunidad educativa donde se desempeña y el entorno social donde se desarrolla su vida de relación familiar”. Además, agrega que la denunciante, la directora del Liceo 1 de San José, presentó el 30 de junio de 2020 una denuncia sobre la supuesta violación de laicidad “deslizando consideraciones de índole política mediante la frase ‘con toda la esperanza en este tiempo de cambios’”. El juez planteó que lo hizo a pesar de que “ya conocía el archivo del expediente”.

    “No solo que esta nota dirigida por la directora del liceo de San José, plagada de subjetivismo antisindical y político-partidario, no llamó la atención de las autoridades, sino que la directora general (de Secundaria, Jenifer) Cherro dispone una investigación administrativa y posterior sumario de la actora con separación del cargo y retención de medio sueldo a pesar que el instructor de la investigación administrativa aconsejaba que no se adopten medidas cautelares para la actora por ser los actos que se la acusaba fuera del liceo”, destacó el juez, quien consideró que esto provocó “daños en la profesora”, quien “tenía una carrera intachable” y que por la “angustia” causada adelantó su jubilación.

    Jenifer Cherro
    Jenifer Cherro
    Jenifer Cherro

    La profesora, que cobró la mitad de su salario por medio año, reclamó US$ 50.000 en su demanda por daño moral. El juez sentenció que “el accionar ilegítimo del Estado en el caso se traduce en actos violatorios de la libertad sindical de la trabajadora y la libertad de expresión de pensamiento, violando normas fundamentales de derechos humanos consagradas en la Constitución de la República y en convenios internacionales”. Expresó que “la persecución sindical realizada por las autoridades es clara, grosera y evidente atento a que la actora se encontraba fuera de su horario laboral y afuera del liceo donde trabajaba, por lo cual como ciudadana no tiene prohibido hacer uso de su libertad de pensamiento, de participar en actividades en contra de una propuesta de reforma constitucional o de una actividad de su sindicato”. Gandini concluyó que el accionar de la administración fue “absolutamente antidemocrático” e “ilícito al menoscabar su libertad de pensamiento y su libertad sindical”.

    “Cherro transitó por diferentes medios de comunicación en un claro ánimo persecutorio tratando de imputar a los docentes (entre los cuales estaba la actora) una actitud violatoria de las normas, cuando en realidad era ella quien violaba las normas constitucionales que amparaban a la actora”, señaló el magistrado.

    Codicen apeló montos

    Las condenas contra la ANEP por estos casos suman US$ 61.000. Dos profesores lograron que se la condenara por US$ 7.000, uno por US$ 11.000 y otros dos por US$ 18.000. Estas últimas tres sentencias fueron apeladas por el Codicen, aunque no por el fondo (los consejeros coinciden en que los sumarios fueron irregulares), sino por los montos.

    Iglesias, consejera de Codicen electa por los docentes, explicó a Búsqueda que se impugnaron las sentencias que se apartan de una media de US$ 7.000, que es lo que el Codicen estima “de recibo”. Caggiani acotó que están “en el lugar” desde el que deben “defender los pesos” y por ello el consejo apeló los montos.

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    Daysi Iglesias y Julián Mazzoni durante una conferencia de prensa sobre la situación en la ANEP, en 2022

    Daysi Iglesias y Julián Mazzoni durante una conferencia de prensa sobre la situación en la ANEP, en 2022

    Por su parte, Iglesias recordó que tanto ella como el otro consejero electo por los docentes, Mazzoni, plantearon su desacuerdo con los demás consejeros en el anterior gobierno en cuanto a que se desarchivaran las actuaciones “para volver a juzgar” a los profesores. Considera que “fue un error muy notorio” el de las anteriores autoridades, “bastante arbitrario”, por lo que plantea que “a primera vista podría asistirle razón al sindicato” en cuanto a la aplicación del artículo 25, pero aclaró que “aún” no lo ha analizado “en profundidad”.

    Mazzoni dijo a Búsqueda que la actuación de la administración en estos casos fue “aberrante” desde “el punto de vista procesal”, pero que “por ahora” no prevé iniciar un proceso para aplicar este artículo, aunque aclaró que está “considerando” si hará o no una consulta a Jurídica de la ANEP por este tema.

    Los tres consejeros designados por el gobierno no tienen previsto activar el reclamo por el artículo 25. “No tengo informe jurídico que me diga que tenga que accionar contra nadie”, dijo Caggiani, quien no prevé pedirlo. “Si hay alguien que visualiza eso, lo tiene que plantear, tiene que formarse un expediente y lo tengo que considerar”, agregó.

    Pereira y Pallas
    Elbia Pereira y Carolina Pallas, consejeras de Codicen

    Elbia Pereira y Carolina Pallas, consejeras de Codicen

    Las otras dos consejeras políticas del Codicen, Pallas y Pereira, comparten esta visión. La última dijo a Búsqueda que “ninguno” de los tres “va a promover” el reclamo contra las exautoridades por el pago de las condenas, aunque no descartó que “por la responsabilidad de gestión y como administradores de los bienes del Estado” terminen transitando “ese camino”, debido a que “marcos jurídicos” los podrían “obligar”.

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