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    Uruguay tiene una “deuda importante” en el cumplimiento de sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

    De un total de 22 medidas de reparación en casos vinculados a crímenes en la dictadura y la crisis del 2002, 12 siguen pendientes

    El juez uruguayo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Ricardo Pérez Manrique, expresidente de la Suprema Corte de Justicia, advirtió que Uruguay mantiene una “deuda importante” con el sistema interamericano en relación con el cumplimiento de las sentencias que se dictaron por la violación de derechos humanos en el país, “más allá de la voluntad de los distintos gobiernos”.

    Sus declaraciones fueron realizadas en un seminario internacional de derecho constitucional y derechos humanos que se realizó el pasado 16 de junio en Montevideo y fue organizado por la Universidad Católica. El magistrado señaló que el país tiene actualmente tres casos en etapa de supervisión, en los cuales se ordenaron un total de 22 medidas de reparación. De ese total, hay 12 que siguen pendientes. “Se cumplieron el 45% del total de medidas dictadas respecto de Uruguay”, dijo Pérez Manrique, y aclaró que la corte “no ha concluido la supervisión de ninguna sentencia”.

    Entre las obligaciones pendientes están una medida de restitución y garantía de derechos, otra destinada a la búsqueda del paradero de personas desaparecidas, dos referentes a garantías de no repetición de violaciones de derechos humanos, tres relacionadas con la obligación de investigar y una pendiente vinculada con indemnizaciones.

    El primer caso emblemático es el “caso Gelman”. Fue en febrero de 2011 cuando la Corte Interamericana condenó al Estado uruguayo por su responsabilidad en la desaparición forzada de María Claudia García de Gelman durante la dictadura militar y el secuestro de identidad de su hija, Macarena.

    Algunas medidas simbólicas, como los actos de reconocimiento público, la instalación de placas y el pago de indemnizaciones, fueron cumplidas. Sin embargo, Pérez Manrique recordó que, en noviembre de 2020, la corte emitió la resolución de supervisión de cumplimiento de sentencia, a través de la cual reiteró la necesidad de avanzar en la investigación del caso, profundizar la búsqueda y localización y garantizar que la llamada “ley de caducidad” no signifique un obstáculo para las investigaciones de los crímenes ocurridos durante la dictadura y la “eventual sanción de los responsables”.

    El segundo caso es el de Barbani contra Uruguay, que refiere a la situación de los ahorristas afectados por la crisis bancaria de 2002 y, en específico, por la quiebra del Banco Montevideo, propiedad de los hermanos Peirano Basso. La escribana Alicia Barbani es una de las ahorristas afectadas y promotoras de la denuncia, por eso el caso lleva su nombre. José, Dante y Jorge Peirano fueron condenados por la Justicia en 2013 por el delito de “insolvencia societaria fraudulenta” tras el desvío de fondos a otros bancos de su propiedad, en las Islas Caimán, en medio de la grave crisis económica que enfrentaba el país en 2002.

    La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió su sentencia en octubre de 2011 y condenó al Estado uruguayo a garantizar que los damnificados puedan presentar sus peticiones. “Está relacionado con el derecho a ser oído y otras garantías judiciales”, señaló Pérez Manrique.

    Este caso “acaba de tener recientemente una medida que se acerca mucho a la posibilidad de cierre, porque es la definición definitiva de qué víctimas tenían derecho a una reparación”, dijo el magistrado con relación a que a finales de mayo de este año la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado a pagarles a algunos de los ahorristas del Banco Montevideo afectados en 2002.

    Luego del análisis del tribunal arbitral ad hoc, que revisó 344 casos de exclientes del Banco Montevideo, el fallo fue a favor de 50, que, se comprobó, no habían dado su consentimiento para la transferencia de su dinero a bancos en el extranjero. Las personas podrán recuperar hasta US$ 100.000, que deberán ser pagados por el Estado.

    El tercer caso, el más reciente, es el conocido como las “muchachas de abril”, que refiere al asesinato de Diana Maidanik, Silvia Reyes y Laura Raggio en 1974, durante la dictadura, y la desaparición forzada de Luis Eduardo González y Óscar Tassino. En noviembre de 2021, la Corte Interamericana condenó al Estado uruguayo como responsable por la violación de los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal y a la libertad personal. Además, por no investigar “de forma debida” el caso durante décadas.

    En la sentencia ordenó al Estado a continuar las investigaciones, llevar adelante la búsqueda efectiva de los desaparecidos, proporcionar tratamiento psicológico y psiquiátrico a las víctimas y sus familias, fortalecer la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad y pagar indemnizaciones, todas medidas que están pendientes de cumplimiento. También había encomendado al Estado a realizar un acto público de responsabilidad, que se hizo en mayo de 2023.

    Otros 15 casos en la Corte Interamericana de Derechos Humanos

    Durante su discurso, Pérez Manrique también señaló que Uruguay tiene en la actualidad otros 15 casos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de los cuales ocho peticiones están en fase de admisibilidad —la etapa inicial en la que se evalúa si la petición cumple con los requisitos para ser tramitada— y siete se encuentran en diferentes etapas procesales. Entre los casos está el reclamo que presentó la Asociación de Magistrados Fiscales del Uruguay contra el Estado uruguayo por las “Afectaciones a la independencia del Ministerio Público y Fiscal de Uruguay” debidas a los ataques a la Fiscalía.

    Pérez Manrique planteó que es “muy desafiante pensar de qué manera” se puede “seguir en este camino identificado como el acercamiento entre los derechos humanos y el derecho constitucional del Uruguay” y que las actividades y los seminarios como el realizado “ayudan al trabajo en conjunto”.