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    El gobierno reconoció que su accionar en el caso del periodista David Rabinovich limitó el derecho a la libertad de prensa

    Ocho años, decenas de audiencias y dos cancilleres después, el Estado uruguayo reconoció que su comportamiento frente a una solicitud de información del periodista David Rabinovich significó “una limitación al ejercicio de su derecho de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”.

    Así quedó explicitado en un acuerdo que firmaron, en octubre del año pasado, el periodista y la Cancillería. La firma puso fin al dilatado diferendo en un caso paradigmático sobre el acceso a la información pública en Uruguay. Según expertos consultados por Búsqueda, el “caso Rabinovich” fue de gran importancia para impulsar la actual Ley de Acceso a la Información Pública.

    A mediados de 2006, el periodista solicitó a la Junta Departamental de San José acceder a las deliberaciones que los ediles integrantes de la Comisión de Presupuesto mantuvieron entre enero y marzo de ese año.

    La Junta le negó el acceso a esas actas, amparándose en el artículo 11 de la Ley Orgánica Municipal. El periodista recurrió entonces a la Justicia y entabló una acción de amparo. En esa instancia los representantes de la Junta alegaron que por descuido se habían destruido los registros digitales de una de las sesiones solicitadas por el periodista.

    En noviembre de 2006 la Justicia desestimó la acción de amparo. Rabinovich apeló, pero el tribunal de segunda instancia ratificó la sentencia.

    Tras haber agotado la posibilidad de reclamar en el país, en mayo de 2008 Rabinovich se presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) alegando que Uruguay había violado los derechos consagrados en el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, en particular aquel que garantiza el acceso a la información pública.

    Aunque el Estado uruguayo fue convocado y manifestó su voluntad de iniciar un diálogo con el periodista para alcanzar una solución amistosa, no fue hasta octubre del año pasado que dicho acuerdo fue logrado.

    En él, Uruguay reconoció que la negativa de la Junta a brindarle información al periodista fue una limitación de su ejercicio a la libertad de buscar y difundir informaciones de toda índole, “en un contexto de inexistencia de procedimientos claros de acceso a la información pública”.

    Según el documento, que se firmó en el marco del 165° período de sesiones de la CIDH (realizado en Montevideo) el Estado señaló, y Rabinovich reconoció, “los avances registrados mediante la adopción de reformas legislativas significativas que han redundado en el fortalecimiento del marco jurídico que garantiza” el derecho de todas las personas a buscar, recibir y difundir información pública.

    De hecho, el caso del periodista fue clave para que el Estado apurara varias leyes referentes al tema, en particular la Ley Nº 18.381 de octubre de 2008, que garantiza el derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública.

    Cambios necesarios. 

    Edison Lanza, relator especial para la libertad de Expresión de la CIDH, dijo a Búsqueda que “hay que felicitar a Rabinovich y al equipo de Ielsur (Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay) por este acuerdo”.

    “En definitiva, lo que deja claro este acuerdo es el reconocimiento del Estado uruguayo de que violó el derecho a la libertad de expresión y acceso a la información pública de un periodista por ocultarle y destruir información en su momento”, evaluó Lanza.

    “Es muy saludable que Uruguay internacionalmente asuma esto. Aun cuando fue la Junta la que ocultó información, el Estado es uno solo. Es muy importante, y sobre todo para la víctima, que no encontró satisfecho su derecho de acceder a información pública, no solo por parte de la Junta sino tampoco por parte del Poder Judicial, que en su momento no garantizó el derecho a la libertad y el acceso a la información”, agregó.

    Originalmente, Lanza fue el impulsor del caso, pero al asumir en 2014 como relator se excusó de seguir oficiando como patrocinante.

    “El acuerdo tiene un componente colectivo: un componente de reparación integral que hay que acordar entre la víctima, la CIDH y el Estado uruguayo, y eso me parece fundamental. La Comisión espera que haya una propuesta, que sea posible de homologar para hacer cumplir esta solución amistosa, y que tenga que ver con acciones concretas para discutir los problemas que todavía subsisten con materia de acceso a la información pública en Uruguay”, añadió Lanza.

    “Los periodistas en Uruguay se quejan de que muchas veces solicitan información de interés público y el Estado demora en entregarla, o utiliza las excepciones de la ley en forma vaga o abusiva y no de acuerdo con el Derecho Internacional. Incluso a nivel municipal se impugna la ley, como vimos en la Intendencia de Maldonado”, señaló.

    “Tiene que haber un gran foro donde se discuta estos 10 años de la ley y sobre todo la importancia que tiene para el periodismo y la sociedad democrática el acceso a la información pública y los obstáculos que aún persisten”, dijo Lanza.

    Para el relator, “el Estado uruguayo debería hacer algunos cambios y reformas y empoderar al organismo que tiene que controlar el acceso a la información pública para avanzar en esto y evitar que las burocracias se aprovechen de los resquicios de la ley para dilatar la entrega de la información o directamente no entregarla”.

    Positivo pero no completo. 

    Para el abogado de Ielsur encargado del caso, Martín Sbrocca, el acuerdo es algo “muy positivo”, ya que “se logró un acuerdo que evita seguir el litigio a escala internacional”.

    Sin embargo, el acuerdo “no satisfizo” en su totalidad al demandante. “El acuerdo es sustancial, ya que el Estado reconoce que limitó un derecho fundamental y se compromete a no hacerlo más, pero el fin último de Rabinovich, que era obtener la información, no se logró”, dijo el abogado a Búsqueda.

    Sbrocca también recordó que en 2012, con Luis Almagro como canciller, se había alcanzado un acuerdo con el Estado, pero luego este se “encajonó” y no prosperó. En ese texto se establecía una compensación económica de US$ 7.000 para Rabinovich. En el nuevo acuerdo no hay compensación. “Cuando retomaron el tema, desde Cancillería se nos dijo que para firmar el acuerdo esa parte no iría, así que se sacó”, explicó Sbrocca.

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