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    “Caso Ancap”: el “valor ético” y una póliza para proteger a los directores y gerentes

    El Directorio discutió largamente el año pasado acerca del respaldo legal que debía darles el organismo a sus funcionarios que sean investigados por la Justicia por el “caso Ancap”, las presuntas irregularidades en la gestión que causaron pérdidas a la empresa en pasados ejercicios.

    En ese marco fue que aprobó la contratación del jurista Ruben Correa Freitas a los efectos de consultarle si el organismo puede asumir el costo del asesoramiento legal, como disponía una resolución del organismo de 2014.

    En una sesión de setiembre, la presidenta de la petrolera, Marta Jara, planteó que, contando con el informe de los Servicios Jurídicos de la administración, debe tomarse una decisión favorable “en el sentido de garantizar a los funcionarios a través de una política explícita la protección de su patrimonio personal en lo que refiere a daños que pudieren derivarse de la ejecución de sus actividades al servicio de Ancap de buena fe”. Agregó, según consta en una de las actas, que “contar con políticas explícitas es una mejor práctica empresarial, dado que al eliminarse la discrecionalidad grosera, se genera certeza y uniformidad de criterios, evitando inequidades, mitigando riesgos y favoreciendo la eficiencia en la toma de decisiones”.

    “Para superar los desafíos que enfrenta Ancap hacen falta cambios en la cultura organizacional y de los procesos para dinamizar la toma y ejecución de decisiones, empoderando a funcionarios de distintos niveles jerárquicos; contar con la política propuesta resulta de vital impacto y urgencia en este sentido”, alegó Jara. Por último, “como valor ético”, rescató “la importancia” que desde el Directorio “se haga explícita la presunción de inocencia de sus funcionarios mientras no exista una situación de cosa juzgada o un auto de procesamiento”. Los directores intercambiaron opiniones, pero aplazaron una decisión al respecto en varias ocasiones.

    A fin de setiembre el Directorio discutió que debían considerarse distintas hipótesis. Respecto de las eventuales citaciones de funcionarios en calidad de testigos, no correspondería a Ancap asumir el costo de su asistencia letrada. Si fueran citados como indagados, el Directorio “no debería ingresar al análisis de la viabilidad o no de asumir el costo de su asistencia letrada sin que previamente sea acreditado por los interesados el cese de dicha calidad mediante sentencia ejecutoriada u otro medio fehaciente”, surge de las actas a las que accedió Búsqueda.

    Finalmente, luego de un intercambio de opiniones el Directorio resolvió encomendar a la Jefatura de Riesgos el estudio y solicitud de cotización al Banco de Seguros del Estado, de una póliza de cobertura para directores y gerentes de la empresa, “relativa a reclamaciones que pudieran sufrir en forma personal, con respecto al ejercicio de sus funciones”.