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    BCU apunta a regular diferencia de precios debancos y el mercado de seguros en préstamos

    El Banco Central (BCU) estudia un proyecto de normativa para regular la diferencia de precios en la compra de bonos —gubernamentales o corporativos—que realizan los bancos en mercados bursátiles. Esto se suma a la normativa, también a estudio, para regular esta misma operativa entre los corredores de bolsa (ver Búsqueda Nº 1.733). Para el caso de los bancos, el proyecto también modifica la modalidad de seguros que suelen otorgarse junto con los préstamos.

    La Asociación de Bancos Privados del Uruguay envió su opinión sobre el proyecto el pasado fin de semana. Según su director ejecutivo, el ex presidente del Banco Central Julio de Brun, la principal queja es con respecto al mercado de seguros, donde el texto está “conceptualmente errado” y tiene visos de “ilegalidad”. “El BCU conceptualmente le erró y se extralimitó en sus facultades legales. En los créditos al consumo, (la nueva normativa) no cambiará mucho (la situación). Pero sí en los créditos a empresas, donde muchos seguros son totalmente personalizados”, dijo a Búsqueda.

    La normativa, que fue enviada por el BCU a fines de agosto, establece que los bancos deben informar a sus clientes a qué precio consiguen comprar bonos e impide cobrar lo que se denomina como “diferencia de precio” al cliente. En la práctica, al manejar volúmenes grandes, los bancos acceden a títulos bursátiles a precios por debajo de lo que se ofrece en el mercado. En esta operativa obtienen una ganancia por diferencia de precio que se suma a la comisión que se le cobra al cliente.

    Pero el BCU pretende también regular los seguros que se dan en los préstamos tanto al consumo, hipotecarios o corporativos y que se utilizan como una forma para que la institución financiera se asegure el cobro del mismo en la eventualidad, por ejemplo, de la muerte del cliente. Por ley, la prima de este seguro puede sacarse de la tasa de interés efectiva a la hora de calcular que esta sea menor a la tasa de usura. El BCU es quien establece hasta qué monto esto se puede hacer.

    “Ahora el BCU dice que esa prima no se puede excluir si no le ofrecés al cliente varias alternativas de dónde contratar el seguro o si se trata de una compañía de seguros vinculada al banco o si el banco está cobrándole a la compañía alguna comisión. Pero la ley solo lo facultó a fijar el tope, no a condicionar”, dijo De Brun. “En algún momento se intentó dar opciones para contratar el seguro, pero era un lío y para el cliente también”, agregó.

    A su vez el texto quita la posibilidad de cobrar por la rescisión anticipada de un préstamo. Y también estipula que el cliente debe autorizar, de forma escrita y con su firma, cada seguro y servicio adicional que el banco le ofrece. “En una tarjeta de crédito, por ejemplo, por cada débito automático le tendría que hacer venir a firmar un contrato en el banco. Así va a quedar un montón de gente sin tarjeta, porque si no viene a firmar por escrito se quedan sin servicio. Hay mil formas de recabar el consentimiento del cliente que no sean por escrito”, agregó el directivo.

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