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    Casos de niños dados en adopción sin el consentimiento de sus madres o familiares generan debates en la Justicia

    Se trata de bebés nacidos en familias con múltiples carencias; madres dicen que no se les da apoyo suficiente para criarlos

    “Quiero que ambas ingresemos a un hogar para madres con hijos, que me brinden apoyo y acompañamiento. No que me críen a mi hija. Pido ayuda. Ayuda”. El escrito, redactado en primera persona, fue presentado recientemente en la Justicia por la defensora de una madre de 22 años que buscaba recuperar a su hija. Relató que apenas tres semanas después de nacer, cuando aún la amamantaba, la niña fue entregada provisoriamente a una familia adoptiva. Esa familia ya tenía en adopción a su hermana.

    La madre reclamó que no fue siquiera notificada de esa decisión, aunque el Instituto del Niño y Adolescente (INAU) aseguró que sí. También cuestionó que los informes del organismo se enfocaron en sus enfermedades, en su consumo de drogas, en que carece de contención familiar: “Una campaña cuestionadora y desprestigiante”. Lo que “nadie advirtió es que en todos, absolutamente todos los informes, se recoge que quiero a mi hija”.

    La joven se enteró de su embarazo al quinto mes de gestación. Dijo en el Hospital Pereira Rossell que no había ido a hacerse controles porque no tenía dinero. La joven fue consumidora de pasta base —estaba internada en Remar cuando nació su primera hija—, pero aseguró que hacía meses que no consumía.

    “Recibí el despojo de mi hijo, por mi historia y mis antecedentes”, reprochó. “Tuve una vida signada por la desgracia y se me condena por eso”. La madre aseguró que la situación en la que estaba cuando nació su primera hija no es la misma de ahora y que los propios informes del Pereira Rossell dan cuenta de que estaba “todo el día” junto a su hija recién nacida. “Debieron darme una oportunidad”.

    La jueza de Familia Especializada de Montevideo Lilián Elhorriburu decidió hacer lugar al pedido. “No se puede por razones de pobreza separar a una madre de sus hijos”, falló. Ordenó que se dispusiera el ingreso de la madre, junto con su hija, a un hogar del Mides, “con los apoyos necesarios que deberá realizar el INAU, priorizando el derecho (de la niña) a vivir en su familia de origen”.

    El INAU apeló la decisión. Dijo que la jueza desconocía lo trabajado por el organismo y el Pereira Rossell, que se estaba priorizando el derecho de la madre adulta sobre el de la niña y pidió que se mantenga a la bebé con la familia preadoptiva. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión.

    No obstante, la madre no sostuvo el cuidado del niño. Tras una nueva evaluación, en una audiencia realizada esta semana la jueza dispuso nuevamente el reintegro a la familia adoptiva.

    Cuando un niño nace en una familia con carencias, consumo problemático de drogas o violencia, el Estado tiene que garantizar que no se vulneren sus derechos. Debe asegurarse de que la familia puede hacerse cargo de él, que el niño tendrá los controles médicos al día, alimentación y un sitio donde vivir. Los que nacen en contextos de pobreza son los más vulnerables y por eso las familias reciben apoyo estatal. La prioridad, dicen las normas nacionales e internacionales, es que los niños se críen en sus familias de origen. Si bien en situaciones muy críticas pueden ser retirados de sus hogares e institucionalizados o dados en adopción, esto solo debería ocurrir una vez que se agotaron todas las posibilidades de mantenerlos junto con su familia.

    Sin embargo, algunas familias han denunciado en la Justicia que, pese a que tenían la voluntad de hacerse cargo del niño, se priorizó darlo en adopción en vez de proporcionarles el apoyo necesario para que pudieran criarlo. Son varias las personas que acuden a solicitar asesoramiento legal a la Defensoría de Oficio por situaciones así, dijeron a Búsqueda abogados públicos consultados.

    Si bien se trata de medidas provisorias, hay madres o familiares cercanos que reclaman que se tomó la decisión de separar al niño sin haber priorizado el vínculo con su entorno de origen, lo que en general requiere de mucho apoyo y seguimiento. El actor clave en esto es el INAU, que es el responsable de proteger los derechos de los menores de edad, y es el que da seguimiento y evalúa a las familias.

    Tres defensores consultados expresaron inquietud por el número de casos que reciben y la velocidad con la que a veces se resuelve separar al niño de su familia, aun cuando existe voluntad de criarlo. Relataron que han atendido consultas de madres que no saben por qué no pueden ver a sus hijos, de días o meses. No reciben la suficiente información en el hospital o no logran comprenderla. Consultan también familiares que quieren hacerse cargo del niño (en general abuelas o tías), y que aseguran que no fueron contactados por las instituciones.

    También la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) recibió denuncias y sigue con preocupación este tema. Uno de los casos en los que intervino, informado por Búsqueda en mayo, trata de una mujer con discapacidad intelectual que dio a luz a un niño en setiembre de 2019 en el Pereira Rossell. Un mes y 19 días después, tras una instancia judicial, el niño pasó a manos de una familia adoptiva, pese a que su madre biológica no tenía intención de separarse de él. La Inddhh aseguró que hubo “violencia institucional” y defendió que debía priorizarse el vínculo con la madre, ya que su discapacidad intelectual y vulnerabilidad social no la inhabilitan a criarlo. Hoy el menor sigue al cuidado de la familia adoptiva y mantiene visitas periódicas con la madre, que inició un proceso para recuperar la tenencia.

    La institución tiene a estudio otro caso “muy similar”, que también involucra a una madre con discapacidad, informó a Búsqueda Mariana Mota, directora de la Inddhh hasta el miércoles 31 (el jueves 1° de setiembre cambiaron las autoridades). Y recientemente recibió una tercera denuncia. “Son madres con cierto grado de discapacidad donde se decide la desvinculación del niño. A pesar de que en ambos casos hay un interés muy expreso de la madre de querer hacerse cargo, pero no ha sido atendida lo suficiente para poder hacerlo”, explicó Mota. “Es una situación bastante preocupante”, afirmó.

    Mariana Mota. Foto: Mauricio Zina / adhocFOTOS

    “No se la acompañó como se debió”

    “Me quiero ir con mi mamá, me gusta estar con mi mamá”. Así se expresó el niño, de cinco años, en la audiencia ante la jueza. “Debe primar su derecho a vivir y a crecer junto a su familia biológica, su progenitora y su hermana”, planteó la defensora de la madre en el recurso de apelación que presentó contra la decisión de dejarlo al cuidado de otra familia.

    En febrero de 2021, la jueza de Familia Especializada Roberta Licciardi había decidido que el niño fuera integrado de forma provisoria a una familia adoptiva. Dijo que comprendía “la postura de la defensa del niño, que continúa bregando por el reintegro con su madre con orientación y apoyo cercano del INAU”. Pero, a su juicio, las pruebas demostraban que “ni aún con apoyo institucional en territorio, la madre ha logrado cuidar de él como lo necesita y protegerlo como es debido”.

    Debido a las dificultades de la madre para sostener la crianza, el niño fue institucionalizado en el INAU y se estableció un régimen de visitas. Tras algunos años con un vínculo más estable y otros más complejos —en los que la madre descuidaba el suministro de la medicación al niño, que sufre una enfermedad renal—, el INAU planteó en la Justicia que era necesario buscar una solución definitiva que contemplara el ingreso del niño a una familia adoptiva.

    Al recurrir la decisión, la defensora de la madre sostuvo que esta manifestó “expreso interés” por mantener el vínculo con el niño, pero “no se la acompañó como se debió”. “Quizás se requería un acompañamiento más próximo que contemplara la perspectiva de género de la progenitora, su contexto y su historia de vida, y no simplemente destacar negatividades subsanables”, afirmó.

    Tras el recurso, el hogar El Andén, donde vivía el niño, presentó un informe actualizado sobre su situación, en el que concluyó que había ocurrido un cambio favorable en la actitud y situación general de la madre, y que, por tanto, creía que esta estaba en condiciones de hacerse cargo del hijo. Las técnicas del hogar también señalaron el efecto positivo que tenían en el niño las visitas de su madre y su hermana, y la angustia que sentía cuando se iban.

    La jueza revocó la decisión de febrero. Consideró que “en este nuevo escenario” lo más “conveniente al interés superior del niño” es que sea “reintegrado a su progenitora” para “convivir con ella y su hermana”. Licciardi encomendó al INAU “brindar orientación, apoyo y seguimiento de cercanía a la familia del niño, e ingresar a dicha familia en un programa de apoyo familiar, que implique orientación a la madre para fortalecer sus capacidades de cuidado y de protección de sus hijos”. El INAU no se opuso.

    Fachada del INAU. Foto: Javier Calvelo / adhocFOTOS

    “Cada caso es único”

    “Hay una desatención del interés de la madre de maternar, sin darle el suficiente apoyo”, opinó la exjueza Mota, a partir de los casos denunciados en la Inddhh. “Y también hay una desatención del derecho del niño a vivir en familia”, valoró. “Lo primero es preservar su vínculo con la familia biológica”.

    Otro problema que observa la directora, punto en el que coincidieron los defensores consultados, es que no siempre se hace una búsqueda exhaustiva dentro de la familia materna o paterna para encontrar a un adulto que pueda hacerse responsable del niño, de modo de mantenerlo en su entorno y que no pase a una familia extraña. “Son pasos necesarios. Primero, ayudar a la madre, asistirla. Después, trabajar para buscar vínculos con la familia ampliada, con abuelas, tías. Pero se judicializa y se lo sacan inmediatamente, en cuestión de semanas”, cuestionó Mota. “Y la madre tiene que iniciar un proceso de visitas para ver a su hijo. Es muy preocupante”.

    La jueza Elhorriburu aportó una visión distinta. Enfatizó en que se trata de medidas provisorias, de protección. “Se toman para que el niño no quede en situación de abandono”, explicó. Mientras tanto, se continúa monitoreando la situación de la madre o el padre, y en caso de que las circunstancias mejoren se reevalúa la medida. Por eso, en estas primeras etapas intervienen los Juzgados de Familia Especializada, que son los que toman acciones de protección en situaciones de violencia doméstica o vulneración de derechos de niños y adolescentes. Luego, las decisiones definitivas sobre la tenencia del niño se toman en los Juzgados de Familia.

    La jueza aseguró que en la enorme mayoría de los casos que llegan a su Juzgado las madres abandonan a los niños en el hospital. “No pueden quedar allí internados, y por eso se toman medidas provisorias”. Dijo que todos los días llegan casos de bebés abandonados, con rastros de cocaína en sangre, o problemas de desnutrición. “A veces vienen a las audiencias y dicen que quieren hacerse cargo, se los damos por un plazo de 30 días para que lo hagan y los vuelven a abandonar. Entonces hay que priorizar el derecho del niño a vivir en una familia. Que no lo dejen con una vecina y se vayan a consumir, como pasa”.

    Insistió, de todos modos, en que son situaciones “muy complejas” y que “cada caso es único”.

    Juzgado de Montevideo. Foto: Javier Calvelo / adhocFOTOS

    Sin condiciones para una “reinserción familiar”

    Hace poco más de un mes agentes de la Policía e Interpol allanaron una casa en el barrio privado La Tahona para recuperar a un bebé. Había nacido en el Pereira Rossell en octubre de 2020. El matrimonio que lo estaba cuidando bajo la modalidad de “familia amiga” se negaba a entregarlo. Pero antes de la compleja batalla judicial que inició la pareja, el caso parecía uno más de los tantos que llegan al Juzgado.

    Su madre no tuvo contacto con el bebé en los primeros meses. Víctima de violencia doméstica y consumidora de drogas, ya había perdido la tenencia de una primera hija. El padre del niño no lo reconoció legalmente. Cuando nació estaba preso por haber incendiado la casa de la madre del niño. En noviembre el recién nacido fue ingresado al cuidado de la Fundación MIR, que trabaja con familias de acogida (familias amigas), en convenio con INAU. Las familias amigas cuidan niños de forma temporal y reciben por ello un apoyo económico. No son familias inscriptas en el Registro Único de Adopciones (RUA), y de hecho no pueden ser parte de ambos programas a la vez.

    La Fundación MIR informó en el Juzgado que no logró contactar a la madre. Sí contactó a la abuela paterna del niño, que concurrió a verlo al hospital, se mostró “preocupada por él” y dijo que podía colaborar en su cuidado. El reporte de la fundación concluyó que “el núcleo familiar no configura un escenario de protección” para él.

    También se contactó a la abuela materna, quien dijo que estaba dispuesta a asumir el cuidado de su nieto, pero que estaba atravesando un tratamiento oncológico. “Impresiona más como una expresión de deseos que como una posibilidad real”, escribió en su informe una trabajadora social del Pereira Rossell.

    Posteriormente, el INAU dijo que se trabajó con “la familia de origen habiéndose agotado las instancias” y pidió al Juzgado que autorice la inserción provisoria del niño a una familia adoptiva.

    La defensa del niño solicitó que el INAU realice un nuevo informe evaluando las capacidades de cuidado de los progenitores biológicos. La defensora de la madre adhirió al pedido. En una audiencia convocada por la jueza Verónica Pena para evaluar la situación, la madre del niño dijo que había tenido dificultades para concurrir al hospital debido a que estaba al cuidado de su propia madre, enferma de cáncer. “Yo lo quiero, pero no tengo ayuda de mi familia para ello”, dijo. “Estoy con condiciones de tenerlo, lo quiero tener conmigo, me quiero hacer cargo de él”, afirmó. Narró que solo la habían citado una vez, y que pese a que pidió boletos de ómnibus, en la oficia de INAU en Pando le dijeron que no había.

    La jueza valoró que si bien la madre “manifiesta deseo de estar con su hijo, en los hechos no ha concretado ningún encuentro desde su nacimiento”. Para la magistrada, “no están dadas” las condiciones para una “reinserción familiar”. Por tanto, la entrega a una familia inscripta en el RUA “es la opción más favorable a los derechos del niño”, sentenció en agosto de 2021. Posteriormente, una familia que se había registrado para adoptar hacía cuatro años fue seleccionada por los técnicos del INAU para recibir al niño.

    El caso tuvo un giro aún más complejo de lo habitual. La familia amiga no entregó al niño al INAU e intentó conseguir su tenencia. Primero, interrumpió el contacto con la Fundación MIR y se negó a concurrir al centro con el niño. Luego, con el asesoramiento de la abogada especializada en Derecho de Familia Luz Clavo, exgrado 5 de la Facultad de Derecho estatal, y el abogado Gonzalo Gross, el matrimonio solicitó en el Juzgado de Familia Especializada de 1° turno de Montevideo la tenencia provisoria del niño. “Si bien firmaron un convenio y su intención era cumplirlo, la relación y afecto recíproco que se prodigan trasciende el frío alcance del papel y los hace promover la presente gestión a efectos de que se les confiera su tenencia con miras a una ulterior adopción plena”, planteó la defensa del matrimonio. El niño “ya es parte del hogar” y “desarrolló vínculos altamente significativos”, añadió.

    El matrimonio fundó su pedido en una modificación que introdujo la Ley de Urgente Consideración aprobada en 2020 al Código de la Niñez y la Adolescencia (el artículo 132.6, literal B), según la cual el juez “puede prescindir” de la posición del INAU y no asignar al niño a la familia elegida “en aquellas situaciones de hecho en las que un niño se encuentre plenamente integrado a un núcleo familiar, habiendo generado lazos de tal envergadura que de ser coartados inevitablemente vulnerarían sus derechos, siempre y cuando esta tenencia haya comenzado en forma lícita”.

    El Juzgado respondió que no era el competente para decidir sobre la tenencia del niño, ya que correspondía a una sede de Familia.

    El matrimonio presentó la misma solicitud en un Juzgado de Canelones, donde residen, y obtuvo la tenencia provisoria. Pero el INAU recurrió la decisión alegando que esa sede no tenía competencia, y el juez la revocó. El instituto de familia amiga “se define justamente por el carácter temporal y provisorio de la tenencia”, reclamó. Además, señaló que la tenencia del niño no tenía origen lícito porque el matrimonio estaba “violentando todas las obligaciones oportunamente asumidas”. Tras varias instancias judiciales y reiterados incumplimientos, el INAU solicitó el auxilio de la fuerza pública para recuperar al menor. A fines de junio, la jueza María Fátima Boné ordenó el allanamiento en la vivienda para “proceder al retiro del niño”. La pareja, posteriormente, presentó un recurso pidiendo la nulidad de todas las actuaciones.