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    Corte pide a jueces “prudencia” y “recato” en las redes sociales

    En las redes sociales las personas opinan, critican, se quejan, establecen vínculos de “amistad” virtuales y adhieren a páginas o comentarios de otros. Navegar en el perfil de Facebook, Twitter o LinkedIn de alguien permite acceder a mucha información —conocer a sus amigos, a su familia, con quién se reúne, donde estudió, qué libros lee, qué grupos integra—. Esa exposición puede resultar irrelevante para la mayoría de las personas, pero cuando involucra a jerarcas, formadores de opinión o figuras influyentes en la vida pública, las expresiones personales en las redes pueden tomar otra dimensión. En el caso de los jueces, ese terreno es particularmente delicado.

    A la Suprema Corte de Justicia (SCJ) le preocupa que las manifestaciones de los magistrados en las redes comprometan los principios de independencia e imparcialidad. Por eso se propone difundir un documento con recomendaciones para guiar a los jueces en el uso de las redes sociales.

    El documento, que será comunicado por circular a todos los integrantes del Poder Judicial, fue redactado por la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial, integrada por magistrados de varios países, entre ellos el presidente de la Corte uruguaya Ricardo Pérez Manrique, a partir de una consulta del Poder Judicial de Costa Rica. La recomendación también se incorporará como material de estudio en los cursos del Centro de Estudios Judiciales del Uruguay.

    Pérez Manrique dijo a Búsqueda que un concepto clave es que “uno nunca puede saber la cantidad de espectadores que tiene en las redes”. “Es como si uno se pusiera a ventilar determinados temas en una plaza pública”, explicó. El juez en las redes sociales “debe actuar con la misma prudencia y recato” que se maneja en su vida social, afirmó. Esto incluye no solo lo que un juez produce, sino también lo que reproduce. Un click en el botón “me gusta” de Facebook o un retuit en la red Twitter puede ser interpretado como un respaldo a las expresiones de otro, advirtió.

    Recomendaciones. 

    Según el documento elaborado por la Comisión de Ética, aunque “no hay cláusulas que limiten específicamente el uso de redes sociales”, sería “errado concluir que los jueces pueden emplearlas indiscriminadamente”. 

    Recomienda a los magistrados tener en cuenta que la comunicación en las redes llega a una “audiencia cuya integración queda fuera del control” del que las utiliza. Otra característica es la “enorme vastedad, al menos potencial, de esa audiencia”, y un tercer factor es la “permanencia” de la comunicación en los registros digitales. Además señalan que es imposible prever el “interés” que pueden generar ciertos contenidos y que es muy fácil recuperarlos.

    El juez “no puede embanderarse en posturas políticas partidarias ni, en general, exteriorizar posiciones que lo muestren susceptible de verse influido por grupos o personas”. Tampoco puede “formular manifestaciones unilaterales ni participar en intercambios proselitistas o que anuncien posturas o muestren quiénes o cómo podrían influir en su ánimo”, dice la recomendación.  

    Debe tener presente que “no conoce su potencial audiencia” y no debe pensar que sus expresiones solo dicen lo que literalmente expresan, “sino que debe prever las implicancias según el contexto en que es emitido y asumir que eventualmente podría ser exhibido fuera del contexto presente”, advierte.

    Además, “participar como simple oyente en una red” puede ser interpretado “como una adhesión a los contenidos que sean intercambiados en ella”, añade.

    El documento dice que “los contactos en las redes sociales pueden suscitar dudas en los abogados y en las partes”, lo que no solo puede surgir de manifestaciones concretas “sino de la admisión misma, por el juez, de determinados abogados o litigantes” como contactos de su red. Por eso los jueces deben “evaluar el significado que tiene admitir o no admitir a una persona” a sus contactos, y también considerar, a la hora de crearse un perfil, “las potenciales consecuencias de identificarse como juez”.

    La recomendación insiste en que las redes tienen un poder comunicacional “difícil de anticipar para el usuario”. Ello “implica un deber de cuidado extremo cuando se acude a ellas”, advierte. “Además, la pertenencia a una red social pone al juez a tiro de recibir críticas cuya respuesta lo ponga en posición de infracción”, añade. “Más delicado aún es el hecho de que el silencio mismo” pueda ser interpretado como una posición concreta.

    También recomienda “tener presente que toda comunicación, especialmente la escueta o fuera de contexto, puede dar lugar a una desinteligencia impensada para el emisor”, y “evitar cualquier contenido que no pueda ser expuesto públicamente”. Finalmente advierte que “cualquier actuación, imagen o manifestación, puede ser documentada y hecha de conocimiento público por medio de las redes sociales”.