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    Crece el interés de los gobiernos departamentales por tener sus propios parques eólicos y surgen cuestionamientos jurídicos

    Maldonado impulsa un proyecto que también abastezca a Cerro Largo, Rocha, Treinta y Tres y Lavalleja

    Cada vez más gobiernos departamentales quieren producir energía eólica. Un parque de las intendencias de la región Este viene tomando forma, pero no es la única propuesta. De hecho, el programa de gobierno del Frente Amplio incluye estudiar “la factibilidad de disponer de la creación de un parque eólico en Montevideo en acuerdo con UTE”.

    “Las intendencias consumen mucha electricidad y tienen cuentas muy grandes con UTE, por ejemplo por el alumbrado público. Si las intendencias producen su electricidad van a bajar sus costos”, dijo a Búsqueda Ricardo Pereira, asesor de Planeamiento Urbano y Territorial de la Intendencia de Maldonado. Comentó que hay un contexto favorable que “promueve” estas iniciativas.

    El ex intendente de Maldonado Óscar de los Santos propuso crear un parque eólico para su departamento y también en asociación con Cerro Largo, Rocha, Treinta y Tres y Lavalleja. De hecho el proyecto se ha planteado en el Congreso de intendentes.

    ¿Se puede?

    El interés reciente de los gobiernos departamentales por producir energía eólica ha desatado algunos cuestionamientos jurídicos, dijo a Búsqueda Gonzalo Irrazabal Pérez-Fourcade, abogado del departamento Corporativo y Energías Renovables de Irrazabal & Asociados. El abogado es autor del artículo titulado “¿Pueden los gobiernos departamentales generar su propia energía? Una primera aproximación”, que será publicado en la revista de la Corporación Asesora de Empresas (Cade) en su edición de mayo.

    ¿Generar energía es competencia de los gobiernos departamentales? Este es un tema que interesa al gobierno. De hecho derivó en un llamado del Ministerio de Industria para realizar un “análisis de pre-factibilidad legal” para realizar el Proyecto de Parque Eólico Región Este en febrero de este año.

    Según el artículo 267 de la Constitución, la ley determinará qué es materia departamental y municipal. Pero hasta ahora no existe una ley que lo haya distinguido específicamente. De todos modos, la reciente Ley de Ordenamiento Territorial (N° 18.308 de 2008) detalló las competencias de los gobiernos departamentales y la Ley N° 18.093 de 2007 sobre gobiernos departamentales dejó en claro que las intendencias, con acuerdo de la Junta Departamental, pueden “participar de contratos o asociaciones con personas jurídicas que promuevan el desarrollo departamental, interdepartamental o regional” siempre que exista una autorización concedida por un decreto a nivel departamental.

    En una primer instancia “se podría concluir que la generación de energía no es una competencia departamental genuina”, ya que no se encuentra específicamente dentro del listado de “servicios esenciales o públicos” detallados por ley, explicó a Búsqueda Irrazabal. Por otra parte, “es claro” que el abastecimiento de energía es “imprescindible para proveer determinados servicios que de por sí constituyen una competencia departamental, como el alumbrado público”, argumentó. Desde esta perspectiva la generación de energía es parte de la competencia departamental “con el fin” de proveer alumbrado público.

    Se podrían dar tres escenarios al producir energía eólica: el autoconsumo de todo lo generado, el consumo parcial con venta de excedente o la generación y venta de toda la energía generada. Irrazabal aclaró que los gobiernos departamentales pueden utilizar la energía generada para autoconsumo en los dos primeros escenarios pero no podrán hacer de los proyectos energéticos un negocio en sí mismo, una actividad comercial “con finalidad puramente lucrativa”, que es “propia de un privado”.

    “Claro está que si además, por una administración eficiente, se generase lucro que redunde en un beneficio para todos los habitantes del departamento, no parecería lógico que perdiera su finalidad de cumplir con el cometido en especial”, agregó el abogado en su artículo. Este sería el caso en el que se generara energía para autoconsumo y venta del excedente a UTE.

    “Siempre y cuando la generación de energía por parte de un gobierno departamental se enmarque dentro de sus competencias, no existirían obstáculos legales para su realización”, opinó Irrazabal. Será necesario obtener una ley especial que ampare el proyecto energético, un “requisito formal que no puede obviarse y debe cumplirse en tiempos breves”.

    Le deberán seguir instancias de análisis de viabilidad económica y de financiación a la que podrían acceder los gobiernos departamentales.

    En el Este.

    “Sería la primera vez que se arma algo de las intendencias para consumo propio”, destacó Pereira sobre el proyecto de la región Este. Apuntan a cubrir con esta energía el consumo de uso público, alumbrado, calefacción de edificios públicos, centros comunales y clínicas municipales.

    “Hay muchas intendencias que no pueden pagar a UTE y cada tanto les perdonan la deuda. Hay que estudiar los consumos”, señaló Pereira. La idea es generar energía propia y bajar los costos. Para la financiación del proyecto evalúan, entre otras opciones, el régimen de Participación Público Privada (PPP).

    Uno de los posibles lugares para instalar el parque está cerca de San Carlos. La zona cuenta con una subestación con ramales a sitios distantes y podría adaptarse para abastecer a intendencias vecinas. Hay predios del Ministerio de Defensa y del Instituto de Colonización en consideración. Ahora estudian el financiamiento. Pese a las próximas transiciones políticas, Pereira aseguró que “la idea sigue y las ganas también”.

    Información Nacional
    2015-04-30T00:00:00

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