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    DGI amplía medidas de control al sector del trigo

    El gobierno exigirá una declaración jurada mensual

    Con cierta sorpresa reaccionaron algunos operadores del mercado agrícola al enterarse de una resolución del Poder Ejecutivo que dispone “medidas de control” referentes a los tenedores de trigo, que deberán presentar una “declaración jurada mensual” con información detallada sobre el volumen de grano operado, sea nacional o importado, propio o de terceros.

    Es para hacer un “control más estricto” del sector de la molienda, que registra una “alta evasión”, planteó a Campo una fuente vinculada a la comercialización de granos.

    El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca tiene operativo un registro de las existencias de granos que exceptúa los casos correspondientes a un volumen inferior a 1.000 toneladas mensuales.

    Pero la nueva determinación del Ministerio de Economía, a ser implementada por la Dirección General Impositiva (DGI), solo exceptúa de esa obligación a quienes mantengan existencias promedio mensuales inferiores a las 10 toneladas.

    La excepción también comprende a quienes desarrollen exclusivamente actividad agropecuaria, por el trigo de su propia producción, y a los que elaboren raciones balanceadas para consumo propio, por el trigo utilizado en el proceso.

    La información requerida es la existencia final del grano de cada mes, así como las entradas y salidas mensuales.

    Cuando las entradas del mes no provengan de su propia cosecha o de importaciones, los tenedores de trigo deberán informar el volumen de granos ingresado en el mes por número de RUT (Registro Único Tributario) del proveedor o titular, según la resolución.

    La nueva norma establece además que la misma información deberá detallarse respecto a la “existencia final de cada mes”, correspondiente a trigo de terceros y cuando las “salidas del mes”, correspondan a ventas de trigo propio o de salidas de ese grano de terceros con cualquier destino.

    Consultas

    Mediante un decreto, en 2007 el gobierno creó el Registro Nacional de Operadores de Instalaciones de Acopio de Granos, que opera en la Dirección de Servicios Agrícolas.

    Entre los argumentos de esa medida figuró la necesidad de adoptar medidas tendientes a disponer de mayor información sobre los procesos de comercialización de cereales y oleaginosos. Y con eso ir generando los instrumentos que posibiliten un seguimiento de los volúmenes de oferta y de la calidad comercial e industrial de tales productos en las distintas etapas de dicho proceso, brindando a los distintos agentes involucrados información adecuada y suficiente para la toma de decisiones en condiciones competitivas y contribuyendo a un diseño más eficiente de las políticas públicas, según el decreto en cuestión.

    Para aclarar algunos aspectos de la reciente resolución del Poder Ejecutivo, la Cámara Mercantil de Productos del País formuló consultas a la Impositiva en días pasados, según supo Campo. Esa normativa fue destacada por la gremial en su último boletín, divulgado el viernes 28.

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