Un nuevo capítulo del largo enfrentamiento entre Consorcio del Uruguay y Pilay fue abierto por la primera de esas empresas al demandar a la otra por US$ 21,2 millones en concepto de daños y perjuicios, además de al Banco Central (BCU). (*)
Un nuevo capítulo del largo enfrentamiento entre Consorcio del Uruguay y Pilay fue abierto por la primera de esas empresas al demandar a la otra por US$ 21,2 millones en concepto de daños y perjuicios, además de al Banco Central (BCU). (*)
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáLa notificación de la demanda llegó a Pilay Uruguay Administradora de Fondos de Inversión el viernes 3, que luego la comunicó al BCU. En su nota informativa al regulador, la empresa asegura que Consorcio “pretende nuevamente, en un intento abusivo y caprichoso, continuar socavando” al organismo y a Pilay. Consorcio ha cuestionado una resolución bancocentralista de 2018 que autorizó, con retroactividad al 2 de diciembre del 2011, a Pilay a funcionar como administradora de fondos de inversión, registrando a su vez títulos de deuda y certificados de participación de un fideicomiso financiero. Pilay ha sostenido que pretender que se declare la nulidad de los contratos celebrados con sus fideicomisos del período 2011-2018 es “manifiestamente abusiva y violatoria de los principios esenciales del derecho” referidos a la buena fe, la confianza legítima y la seguridad jurídica, entre otros.
Consorcio pretendía que Pilay fuera tratada por el BCU como una administradora de círculos de ahorro previo.
En su comunicación de la semana pasada al BCU, la empresa demandada señala que, “abusando de su posición dominante”, Consorcio pretende, con “exceso ritual manifiesto, consagrar una pretensión violatoria de una leal competencia y, claramente, monopólica, en detrimento de los clientes del Fideicomiso Financiero Campiglia & Pilay I, quienes, a través del cumplimiento de sus obligaciones de pago, han exteriorizado en forma reiterada su deseo de continuar invirtiendo” en ese instrumento. Para la empresa demandada, esas “razones” serán por las que el “abusivo, malicioso y desorbitante planteo de Consorcio será rechazado”.
Anuncia, asimismo, que Pilay Uruguay Administradora de Fondos de Inversión S.A. promoverá “reconvención reclamando el daño emergente y el lucro cesante causados por el abuso de derecho y violación de las leyes de leal competencia” en que incurriera Consorcio al “difundir información parcial, inadecuada y degradante” respecto suyo y de sus productos.
Tiempo atrás Consorcio también quiso obtener un resarcimiento de US$ 1,5 millones del BCU por daños y perjuicios adjudicándole “omisión ilegítima” en “controlar e impedir” la actividad del fideicomiso de Pilay entre setiembre de 2009 y noviembre de 2010. Pero la Suprema Corte de Justicia desestimó esa demanda en 2019 (Búsqueda Nº 2.025).
(*) La versión original de este artículo y su título fueron modificados corrigiendo algunos errores, como la mención a la empresa Campiglia como demandada (cuando solo lo son Pilay Uruguay Administradora de Fondos de Inversión -para la que Campiglia trabaja como constructura- y el Banco Central).