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    El Ministerio de Turismo estudia crear un registro de todas las “viviendas de uso turístico” y asimilarlas a la hotelería

    Uno de cada cinco visitantes que llegaron del exterior en el primer trimestre se alojaron en inmuebles alquilados

    Para el turismo, la “economía colaborativa” es algo positivo. Las autoridades gubernamentales vinculadas con el sector ven con buenos ojos la posibilidad de que los particulares puedan contribuir al desarrollo de un destino nuevo o pequeño, a la consolidación de su imagen o a la recepción de un evento determinado, mediante el ofrecimiento de opciones de alojamiento.

    Sin embargo, desde el Ministerio de Turismo (Mintur) entienden que el concepto de economía colaborativa corre riesgo de que dentro de él comiencen a desarrollarse actividades empresariales y habituales. Este último criterio, el de la “habitualidad”, es el que utiliza ahora el Mintur en el diseño de un proyecto de ley que regule las “viviendas de uso turístico”. El borrador del proyecto, al que accedió Búsqueda, define a este tipo de vivienda como “toda forma de alojamiento extra hotelero” que se dedique “de forma profesional y/o habitual” a ofrecer residencia en “canales de oferta turística (...) con finalidad lucrativa”.

    Quedarían comprendidos dentro de este proyecto los alojamientos que cumplan con una o varias de tres condiciones explicitadas. La primera es que la vivienda se ofrezca a través de cualquier canal de oferta turística como empresas intermediarias, portales de Internet u otros sistemas tecnológicos. La segunda está vinculada con el concepto mencionado de la “habitualidad”, es decir, cuando el servicio se preste en más de cinco ocasiones en el año o por un tiempo que, en conjunto, supere los tres meses. Por último, todas aquellas viviendas de uso turístico que se ofrezcan por día, en períodos inferiores a una semana.

    El propietario o titular de una vivienda que cumpla con alguna de las tres condiciones deberá registrarse ante el gobierno departamental que le corresponda, que será responsable de autorizar el cambio de uso residencial a turístico de esa propiedad. Una vez registradas todas las viviendas de uso turístico, las intendencias remitirán la lista al Mintur. En caso de que una misma persona administre o explote más de una vivienda, será registrado como “inmobiliaria turística” y se regirá por lo dispuesto para esa actividad.

    El Mintur y los gobiernos departamentales serán los encargados de realizar los controles e inspecciones correspondientes para asegurarse de que la vivienda esté en condiciones y que sea fiel a lo que ofrece a través de la página web o la empresa intermediaria mediante la que se promociona. El registro de cambio de uso de la vivienda deberá mantenerse actualizado ante el ministerio y en todas las ofertas públicas deberá figurar el número de registro.

    “Uso turístico”

    Las viviendas de uso turístico, según el borrador del proyecto de ley, quedarán obligadas por “las normas generales relativas a la actividad hotelera”. De esta forma, el Mintur busca evitar una competencia desleal. Las viviendas que incumplan la ley, en caso de aprobarse, entrarían dentro de la categoría de “actividad turística ilegal”, y quedarían sometidas a las sanciones previstas en la Ley 19.253 de 2014, que regula la actividad turística. Estas van desde una advertencia simple hasta multas e incluso la clausura del establecimiento y la prohibición de desarrollar actividades.

    El borrador del proyecto de ley aclara que el titular de la vivienda no podrá, en ningún caso, alegar que es su propio domicilio para evitar las inspecciones de las autoridades correspondientes, si es que cumple con alguna de las tres condiciones previstas. Se incita a “las organizaciones más representativas del sector privado” a que contribuyan con la regulación de la competencia mediante la denuncia de situaciones irregulares.

    Con este proyecto el Mintur busca evitar que existan alojamientos ofrecidos a turistas de forma ilegal que puedan perjudicar la imagen del destino turístico. Además, apunta a “equilibrar el alojamiento particular consagrado en otras normas con la competencia informal a la hotelería tradicional y evitar que los intermediarios online, registrados o no, hagan del alojamiento particular una industria del alojamiento informal que compite deslealmente con el alojamiento hotelero”.

    Una iniciativa de este tipo es un viejo reclamo de las asociaciones de hoteleros y agentes inmobiliarios, que entienden que existe una competencia de quienes alquilan su vivienda para veraneo por fuera de la regulación. Según datos del Mintur, la “vivienda alquilada” dio alojamiento a 7,3% del turismo interno en 2019, una proporción similar a aquellos hospedados en hoteles (7,9%). Las personas que se alojaron en vivienda alquilada fueron las que tuvieron la mayor estadía media (6,1 días).

    En el caso de los visitantes que llegan desde el exterior, los que se alojaron en un inmueble alquilado fueron 223.219 en el primer trimestre, de un total de poco más de un millón (22,3%). Su estadía fue, incluso, más larga que la del turismo interno (9,9 días).

    Economía
    2020-09-02T19:56:00

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