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    El gobierno propone una profunda reforma del sistema de pagos

    El proyecto de “bancarización” crea una nueva figura de emisores de tarjetas prepagas en competencia con los bancos para abonar sueldos y pasividades, prohíbe el uso del efectivo para cualquier transacción superior a los U$S 5.000, obliga a pagar impuestos nacionales y las facturas de UTE y OSE por medios electrónicos, y establece un plan de subsidio del Estado a los jóvenes que ahorren para resolver su problema de vivienda

    A diferencia del proyecto para regular el mercado de la marihuana, que levantó polvareda en Uruguay y en otras partes del mundo, los cambios al sistema de pagos que propondrá el Poder Ejecutivo este mes casi seguro que transcurrirá por el Parlamento sin gran alboroto, aunque su impacto sería mucho más generalizado. Trabajadores asalariados e independientes, jubilados y pensionistas, jóvenes, proveedores del Estado, comerciantes y empresas en general, arrendatarios de inmuebles, cooperativas de consumo, financieras y redes de cobranza, están implicados de algún modo en esa iniciativa. También los bancos y de manera particular, ya que el gobierno pretende generar “competencia” en su negocio, de forma de que se pongan a disposición de la población mejores servicios financieros y a un costo menor.

    Se trata probablemente de la reforma microeconómica más significativa implementada en el país en las últimas décadas y en los hechos obligará a muchos uruguayos a cambiar sus hábitos de pago. A partir de cierta fecha, si no lo hacen aún, deberán empezar a cobrar sueldos, pasividades o remuneraciones por servicios prestados de manera independiente con tarjetas prepagas (vinculadas a una cuenta bancaria) u otros medios electrónicos; se estimularán las transferencias bancarias —facultando incluso al Ejecutivo a intervenir si persisten “fallas” de mercado—; se obligará a abonar alquileres depositando el dinero en la cuenta del dueño; y las facturas de UTE y OSE, los impuestos nacionales, tendrán que pagarse con medios electrónicos. También quedará prohibida la compraventa de automóviles e inmuebles con dinero en efectivo y cheques, y por fuera de estos mercados, y cualquier transacción de entre U$S 5.000 y U$S 15.000 deberá hacerse por medios electrónicos o cheques (las que superen ese monto sólo se realizarán por instrumentos electrónicos).

    El contenido del proyecto se ha ido conociendo de forma fraccionada en los últimos meses, pero ahora está en su etapa de ajuste final y en un máximo de 10 días será remitido al Parlamento informó a Búsqueda Martín Vallcorba, uno de los asesores del Ministerio de Economía (MEF) que más ha trabajado en el asunto. Todavía quedan algunos detalles por definir o que no quieren ser comentados por ahora.

    Ese funcionario dijo que esta reforma supone “un cambio estructural bien importante”. A su juicio, el “empuje a los medios de pagos electrónicos sin duda va a generar transformaciones en el funcionamiento del sistema de pagos y también en la lógica de un montón de actores, que tendrán que readecuar sus estrategias a un mundo en donde el efectivo será menos importante. Esto genera un impacto en los negocios, en la dimensión más microeconómica”.

    Además, evaluó que el menor uso de billetes en la economía contribuirá a mejorar la seguridad pública.

    Las medidas principales que estarán contenidas en el proyecto se explican a continuación.

    “Cuenta-sueldo”.

    Los salarios de los trabajadores dependientes, de las pasividades y de otras prestaciones sociales deberán pagarse por medios electrónicos.

    Hoy son los bancos los que abonan a través de cuentas bancarias y retiros con tarjetas la remuneración de muchos asalariados, a partir de contratos con las empresas. Pero el proyecto habilitará a que un nuevo tipo de entidad preste ese servicio por la vía de la emisión de tarjetas prepagas, billeteras electrónicas o instrumentos similares: para poder hacerlo dichas entidades deberán recibir una autorización previa del Banco Central y atenerse a una regulación específica que se redactará, y no podrán dar créditos ni captar ahorro del público. Otra condición es que el dinero de los titulares tendrá que estar asociado a una cuenta bancaria (“cuenta-sueldo”) exclusivamente con fines transaccionales —no de ahorro—, por lo que en la reglamentación se dispondrá que los fondos podrán estar depositados o bien por hasta cierto tiempo máximo o con un tope en monto.

    Vallcorba informó que redes de pago y la institución civil ANDA expresaron interés en actuar como emisores de esos instrumentos.

    Al ampliar el espectro de entidades que paguen sueldos, jubilaciones o prestaciones sociales como las asignaciones familiares, el “seguro de paro” o por enfermedad, se “aumenta la capilaridad del sistema” y se da mayor libertad de elección sobre los canales de cobro, destacó.

    Ante la aparición de estos nuevos jugadores, dijo, “los bancos estarán sometidos a la competencia y los obligará a ofrecer mejores servicios y condiciones en beneficio de los trabajadores y jubilados”. Agregó que si las instituciones bancarias quieren contar como cliente con un público de ingresos medios y bajos, “tendrán que esforzarse por brindar servicios más atractivos para esa población”.

    “Los bancos preferirían jugar solos. Pero estas son parte de las reglas que el Ejecutivo está planteando porque entendemos que es sano introducir competencia. Igualar la cancha es el mecanismo para que el sector financiero funcione mejor y ofrezca mejores precios, productos y servicios a los usuarios”, alegó.

    Abonar salarios a través de cuentas bancarias o instrumentos electrónicos será obligatorio para las empresas, aunque lo harán progresivamente (primero las “grandes”, pero la segmentación aún está pendiente de definición) dentro de los seis meses iniciales de vigencia de la ley.

    Se estima que actualmente hay unas 750.000 “cuentas-sueldo” —la mayoría empleados de firmas grandes—, aunque algunas personas son los titulares de más de una.

    Después de los seis meses, el trabajador podrá optar por cambiar de entidad que emita su instrumento de cobro del sueldo.

    También habrá una “ventana temporal” de dos años que permitirá que, por voluntad del trabajador y en acuerdo con su empleador, el asalariado mantenga la modalidad de pago actual (ya sea efectivo o cheque, por ejemplo). Esto por razones culturales o de preferencia, entre otras.

    Según Vallcorba, la posibilidad de que el asalariado pueda elegir la entidad emisora de su tarjeta prepaga u otro instrumento electrónico para cobrar la remuneración alterará la lógica que imperó hasta ahora en relación a este servicio. “Hoy los bancos compiten por quedarse con la nómina de personal de las empresas, y con este cambio lo harán ofreciéndoles servicios buenos y a costos razonables a los trabajadores”, afirmó.

    El proyecto establecerá que las “cuentas-sueldo” deberán tener ciertas características mínimas (sin exigencia de saldo mínimo y libre de costos de apertura, mantenimiento, para determinada cantidad de reposiciones, de retiros desde cajeros automáticos al mes y cierto número de transferencias interbancarias también gratuitas). Los bancos que decidan ofrecerlas no podrán negarse a venderle este producto a determinados trabajadores, de forma selectiva.

    Otra novedad es que las instituciones bancarias podrán dar préstamos a clientes de las “cuenta-sueldo” con descuento de la cuota, una ventaja que hoy sólo tiene el República, el Hipotecario, las cooperativas de ahorro y crédito, y ANDA. “Esto favorece las condiciones en términos de tasa” de interés, explicó.

    Para los actuales retirados al momento de aprobada la ley, el cobro de su pasividad por tarjetas prepagas u otros medios electrónicos será opcional, mientras que los que se jubilen o empiecen a cobrar una pensión después de su entrada en vigor sí estarán obligados a hacerlo.

    Transferencias.

    Es común que, para pagar un estado de cuenta de una tarjeta de crédito emitida por una financiera, se tenga que retirar dinero desde un cajero automático y llevarlo a un local para cancelar la deuda. La transacción es costosa e implica riesgos para todas las partes.

    Para atacar esa situación de mercado “absolutamente ineficiente”, en el proyecto se dará la facultad al Ejecutivo de “regular el funcionamiento del conjunto de las transferencias interbancarias. Eso implica desde las tarifas de interconección entre instituciones, los costos que se trasladan a los usuarios y los plazos en que se acreditan los fondos”, adelantó el asesor.

    Y amplió: “Apostamos a que los actores lleguen a acuerdos razonables en un nuevo mercado en el que los medios electrónicos de pago sean mucho más importantes de lo que son hoy y que, por lo tanto, el efectivo pierda peso, pero teniendo el Ejecutivo la posibilidad de intervenir como recurso de última instancia si las fallas de mercado no se resuelven”.

    Facturas e impuestos.

    A partir de una fecha que todavía no está definida, el pago de impuestos nacionales y de las facturas de UTE y OSE —que prestan servicios en régimen de monopolio real— deberá realizarse con medios electrónicos. Se estima que actualmente una cifra superior a 80% de los usuarios de los servicios de esos entes abona en efectivo.

    Vallcorba informó que el proyecto modificará el funcionamiento de los débitos automáticos para el pago de facturas de entes o servicios diversos, de modo de permitirle a la persona que pueda darle de baja a los vencimientos y que pueda reclamar al banco el reintegro dentro de un plazo acotado. “Esta salvaguarda va a potenciar” este instrumento, estimó.

    Alquileres.

    El proyecto dispondrá que en los contratos de arrendamientos de viviendas el propietario deberá explicitar una cuenta bancaria en la que recibirá el pago del inquilino. En ausencia de dicha cuenta, el contrato no podrá ser oponible judicialmente ni ampararse en los servicios de garantía que ofrecen la Contaduría General de la Nación y otras instituciones. Tampoco accederá a los créditos y deducciones del IRPF y el Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas.

    Inmuebles y autos.

    Respecto a la compraventa de inmuebles, la iniciativa establecerá que el pago sólo se podrá efectuar con medios de pagos electrónicos o Letras de Cambio.

    Para la compraventa de coches cero kilómetro exclusivamente se podrá hacer con instrumentos de pago electrónico, y para el caso de los automóviles usados se permitirá también que se abonen con Letras de Cambio.

    Estos cambios regirán a partir del año de vigencia de la ley.

    Otras transacciones.

    Por fuera de esos dos mercados, todas las transacciones que superen una cifra en unidades indexadas a la inflación que actualmente equivale a aproximadamente U$S 15.000 deberán realizarse a través de medios electrónicos. Este punto ya había sido comentado semanas atrás por Vallcorba en “El Observador”.

    Pero el proyecto contendrá otra novedad: las operaciones en un rango de entre U$S 5.000 y U$S 15.000 sólo podrán ser canceladas con cheques o medios electrónicos. Así, los pagos a proveedores, los servicios profesionales y compras de ciertos electrodomésticos de alto valor —por ejemplo— dentro de esos montos ya no podrán hacerse con efectivo.

    Unos meses después de entrada en vigor la ley, el Estado abonará a sus proveedores sólo a través de cuentas bancarias.

    “Cuenta vivienda”.

    El proyecto crea un mecanismo de subsidio estatal que opere como estímulo del ahorro entre los jóvenes de 18 a 29 años de edad, siempre que el mismo se destine a facilitar soluciones habitacionales (construcción, compra o como mecanismo de garantía de alquiler, por ejemplo). “Es importante dar señales claras en el sentido de promover el ahorro”, argumentó Vallcorba.

    A los jóvenes que adhieran a este programa y cumplan con el requisito de generar ahorros sistemáticos durante un plazo mínimo de dos años, el Estado les dará un aporte monetario como porcentaje del monto acumulado en esta “cuenta vivienda”, pero hasta cierto tope de ahorro (que podría rondar los $ 1.500 mensuales según adelantó).

    El plan tendrá una duración acotada de seis años desde la vigencia de la ley. El MEF estima que sería un “éxito” que entre 20.000 y 25.000 personas (en un total de 280.000 jóvenes con trabajo formal) se incorporen al programa.

    El costo fiscal del subsidio puede rondar entre U$S 20 y U$S 30 millones anuales, informó el asesor.

    Microcréditos.

    La exoneración del Impuesto al Valor Agregado sobre los intereses de los microcréditos concedidos por entidades no bancarias también está prevista en el proyecto de ley, igualando así la situación tributaria con los préstamos a empresas de mayor porte. Esto “mejora las condiciones” de financiamiento para los monotributistas y microempresarios, alegó Vallcorba.

    Dichas operaciones deberán ser informadas a la Dirección General Impositiva con fines de control.

    Información crediticia.

    La iniciativa legal dispondrá que todas las entidades no controladas por el BCU que reporten información de créditos impagos a un bureau privado —como la empresa Clearing de Informes— deberán asimismo aportarle información de los pagos sí realizados.

    Eso permitirá tener una dimensión completa del nivel de endeudamiento de los agentes económicos, algo que según el MEF “no se sabe” a cabalidad ya que por ejemplo el crédito que dan los comercios o las financieras que operan sin la supervisión bancocentralista “no está registrado en ningún lado”. El efecto será una mejor calibración de los riesgos y por consiguiente, una baja en la tasa de interés, estimó.