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Fueron denominados “Archivos del terror” y difundidos de forma anónima a través de una página web. La revelación de los documentos elaborados por inteligencia militar desde la década de 1960 generó sorpresa por omitirse la fuente y por incluir información hasta ahora desconocida, que será estudiada para determinar si aporta datos para la investigación de la búsqueda de detenidos desaparecidos.
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Mientras tanto, en la Fiscalía General de la Nación se inició una indagatoria en la sede de Flagrancia de 15º turno, liderada por el fiscal Raúl Iglesias, para determinar a través de medios informáticos el origen de las filtraciones. Según manifestó una fuente del Ministerio Público a Búsqueda, la Unidad de Cibercrimen del Ministerio del Interior sigue “alguna línea de investigación”, pero “por ahora no hay avances concretos” y todavía se desconoce si los archivos fueron publicados desde Uruguay.
El profesor titular de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República y director del Instituto de Derecho Penal y Criminología, German Aller, dijo a Búsqueda que se trata de un “tema complejo” porque “tiene diversas aristas”, según quien publicó los archivos, pero que podría implicar delitos de difamación e injurias contra personas que se sientan agraviadas por la información difundida y que la publicación se haya cometido con esa intención.
Incluso, señaló Aller, podrían configurarse los delitos por personas que difundan los archivos a través de redes sociales o medios de comunicación “con el propósito de afectar el honor o la dignidad” de otra. “Alcanza con difundirlo”, dijo, y que se concrete una denuncia, que debe ser individual. “No hay que probar nada para que prospere la causa penal. Es intrascendente que sea verdad”, agregó.
El experto en derecho penal aseguró que “decir que hay delito” por la publicación de los archivos de la dictadura en Internet es “aventurado”, pero decir que no hay, “también”, por lo que considera que “no es blanco o negro” y es un tema que tiene “complejidades”.
A diferencia de Aller, el catedrático de Derecho Constitucional Martín Risso no cree que con la publicación de los archivos se configure un delito, salvo que se revele un secreto de Estado, pero que puede haber infracciones administrativas. Eso ocurriría en el caso de que la responsabilidad de la difusión recaiga en un funcionario público.
El abogado constitucionalista Ruben Correa Freitas, exdirector del Instituto de Derecho Constitucional de la Universidad de la República, dijo que “eventualmente” podrían configurarse delitos, como los establecidos en los artículos 300 y 301 del Código Penal. El primer artículo en cuestión refiere al “conocimiento fraudulento de documentos secretos” y establece un castigo de entre 20 y 400 Unidades Reajustables para quien, “por medios fraudulentos”, se entere de documentos públicos o privados que “debieran permanecer secretos” y por su conocimiento ocurran perjuicios.
En tanto el siguiente artículo establece una pena de tres meses de prisión a tres años de penitenciaría para quien revele el contenido de documentos secretos a los que haya accedido de forma “fraudulenta” o “delictuosa”, sin una causa justa.
Correa Freitas enfatizó en el hecho de que se trate de una “acción anónima” y que “lo primero” debe ser identificar a la persona o el grupo de individuos responsables, para que luego la Justicia determine “qué normas se pudo haber infringido”, tanto penales como civiles. En este último caso, podría haber ciudadanos que consideren “lesionados” sus derechos por los documentos publicados e inicien una acción civil o reparatoria. “Pero hasta que no se identifique quién o quiénes hicieron la divulgación, no se puede hacer nada contra nadie”, afirmó.
Comprender el beneficio.
La investigadora y docente de la Universidad de Oxford Francesca Lessa, que se ha especializado en derechos humanos en América Latina, señaló a Búsqueda que la lectura de archivos vinculados a dictaduras “siempre es un tema delicado” y la información que contienen “hay que analizarla en profundidad”, en el sentido de que “no se puede simplemente leer el documento y pensar que toda la información es confiable”.
La experta se refirió a posibles declaraciones de víctimas que hablaron para evitar ser torturadas. “Pueden haber delatado a compañeros, pueden haber inventado cosas con tal de hablar para que no los torturaran”, por tanto, “hay escenarios muy complejos que se tienen que tener presentes”.
Al igual que los expertos en derecho constitucional que fueron consultados por Búsqueda en la edición Nº 2.226, la investigadora consideró que “hay dos fuerzas que empujan este debate”: por un lado, el derecho al acceso a la información y, por otro, el manejo que se da a esos documentos, es decir cómo se presentan los datos a los lectores. Al respecto, consideró que podrían trabajar entre archivólogos, historiadores y expertos en documentos para “buscar una forma en la que se pueda dar acceso a la información, al mismo tiempo que se pueda proteger el derecho a la privacidad de las víctimas, para que no tengan alguna represalia por algo que esté en esos documentos”.
Para Lessa, se debería dar acceso a la información, pero de manera “cuidadosa”. Sin embargo, consideró que este debate “ha quedado un poco desactualizado” por la difusión pública de los archivos. “Sería bueno entender por qué pasó eso en este momento en particular y comprender quién se beneficia políticamente de ello”, indicó.
Al respecto, el ministro de Defensa, Javier García, señaló que la idea del gobierno en presentar el proyecto de ley para liberar la información que hasta ahora permanecía en reserva fue el impulso para que se hayan publicado dos meses atrás en un sitio web los 1.600 archivos militares. El jerarca señaló a Búsqueda la semana pasada que es “innegable” la “conexión” y la “consecuencia temporal” con el debate por el acceso público a toda la verdad.