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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEl recuerdo que asaltó a mi amigo Santiago lo llevó a retroceder varias décadas. Mediante un comentario, irónico y comparativo, me llevó a rescatar mi niñez cuando vivía en Carmelo, donde, como en todo el litoral uruguayo en esa época, las radios argentinas dominaban el dial.
Sacudido por la ignorancia supina de la Federación Nacional de Profesores de Enseñanza Secundaria (Fenapes), Santiago rememoró que en esos años el actor argentino Mario Fortuna (1911-1968) interpretaba el papel del Ñato Desiderio en un programa de radio que escribía Manuel A. Meaños. Se emitió a mediados de los años cincuenta del pasado siglo y tuvo un arrollador éxito popular.
Desidero era el típico sabelotodo de barrio que todos conocemos, quien, pese a su ignorancia, exponía argumentos con los que pretendía dictar cátedra sobre cualquier tema e imponer su posición. Para colmo de males, remataba su intervención con una recomendación: “Garren los libros que no muerden”.
Similar latiguillo fue el que hace unos días utilizó el diputado colorado Felipe Schipani para aconsejarle a Fenapes, cuyos integrantes tienen la obligación de educar a nuestros adolescentes: “Lean la Constitución. No muerde”. Vano consejo para quienes optan por anteponer lo político a lo jurídico e ignoran nuestra norma de mayor jerarquía, que establece los principios y objetivos de la nación, los órganos de gobierno y sus autoridades, así como sus limitaciones y derechos. ¡Bárbaros!
Quien estudia y lee nunca estará desamparado y evitará hacer el ridículo, como en este caso, Fenapes, al pretender, como el Ñato Desiderio, dictar cátedra constitucional para cuestionar a Virginia Cáceres, la nueva presidenta del Codicen.
Mediante un posteo en X el sindicato cuestionó a Cáceres por haber asistido a un acto político del precandidato colorado Robert Silva. Pero vamos a los antecedentes porque de lo contrario pueden surgir confusiones.
Cáceres asumió la presidencia luego de una serie de confrontaciones políticas cuando se discutía su venia. Se la concedió con los votos en contra del Frente Amplio, que se oponía argumentando que como ex secretaria general del Codicen carecía de la experiencia educativa necesaria que exigía la normativa. Y Fenapes se sumó a la militancia frenteamplista.
Con los votos oficialistas y el respaldo de la vicepresidenta Beatriz Argimón, Cáceres se convirtió en la primera mujer en ocupar ese cargo. Por eso destacó que las mujeres “romperemos así un nuevo techo de cristal” y remarcó que el rechazo a su venia se debió a su condición de mujer para ocupar un cargo público. La oposición política, sostuvo Cáceres, disfrazó hechos jurídicos para priorizar argumentos políticos.
Fenapes reaccionó en forma cerril. “Un acto más de la campaña de Robert Silva con la presidenta de ANEP, quien tiene prohibido participar —por mandato constitucional— en actividades proselitistas. Nada nuevo bajo el sol de un partido empeñado en usar la educación pública como botín electoral”, posteó en X.
Como es habitual, en esos posteos son frecuentes las generalizaciones y raras las firmas personales responsables. La del que cuestiona a Cáceres lleva la firma de Fenapes, vale decir, la opinión de todo el sindicato, incluidos sus principales dirigentes, y arrastra en esa postura ignorante a los centenares de profesores afiliados de todo el país, quienes, para llegar a desempeñarse como tales, han recibido la correspondiente educación terciaria que sin duda alguna ha incluido los principios constitucionales.
Para ser más claro, Schipani le quita el bozal a Fenapes y en su posteo reproduce parte del artículo 77 de la carta que presuntamente habría violado Cáceres. Vale reproducirlo parcialmente:
“Todo ciudadano es miembro de la soberanía de la nación; como tal elector y elegible en los casos y formas que se designarán.
El sufragio se ejerce en la forma en que determine la ley, pero sobre las bases siguientes:
1º) inscripción obligatoria en el Registro Cívico;
2º) voto secreto y obligatorio. La ley, por mayoría absoluta del total de componentes de cada cámara, reglamentará el cumplimiento de esta obligación;
3º) representación proporcional integral;
4º) los magistrados judiciales, los miembros del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, los directores de los entes autónomos y de los servicios descentralizados, los militares en actividad, cualquiera sea su grado, y los funcionarios policiales de cualquier categoría deberán abstenerse, bajo pena de destitución e inhabilitación de dos a 10 años para ocupar cualquier empleo público, de formar parte de comisiones o clubes políticos, de suscribir manifiestos de partido, autorizar el uso de su nombre y, en general, ejecutar cualquier otro acto público o privado, salvo el voto.
No se considerará incluida en estas prohibiciones la concurrencia de los directores de entes autónomos y de los servicios descentralizados a los organismos de los partidos que tengan como cometido específico el estudio de problemas de gobierno, legislación y administración”.
Si luego de esta barbaridad Fenapes hubiera señalado al responsable o admitido el error, no hubiera pasado a mayores. Pero al esconderse como el avestruz no cabe otra que suponer que pretendió una maniobra con mala fe para inducir en error a los ciudadanos.
Así nos va.