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    Fiscal penal propone procesar a quienes hurgan contenedores y “desparraman basura” en la calle

    El fiscal penal Gustavo Zubía propone procesar a los hurgadores que revuelven los contenedores y “desparraman basura” en la calle porque “violan el derecho ciudadano básico a vivir con decencia”.

    “Hay una molestia generalizada con este tema entre los vecinos. Este no es un asunto político ni ideológico sino de cultura ciudadana y un problema sanitario. A nadie le gusta vivir entre la basura y algo hay que hacer”, reflexionó el representante del Ministerio Público, quien hace apenas semanas fue trasladado de una Fiscalía de Menores a una Penal.

    De hecho, Zubía estará de turno la semana que viene y pretende comenzar a implementar este cambio de estrategia. “Tiene que haber una voluntad represiva. Si se instrumenta un mecanismo de denuncia entre la Intendencia de Montevideo y la Policía yo me comprometo a indagar esas denuncias”.

    “Se trata de un tema endémico y no creo que ningún vecino, sea de la orientación política que sea, le guste vivir entre la basura”, insistió.

    “Lo que pasa hoy es que el vecino indignado ve que están sacando basura de los contenedores, llama a la Policía y esta le dice que no puede hacer nada. Esto tiene que cambiar, hay que coordinar y que el ciudadano tenga un punto de referencia y una respuesta a su reclamo”, concluyó.

    “Problema sanitario”.

    Según Zubía, “si bien es deseable, no es necesario” esperar a que el Parlamento apruebe el proyecto de ley de faltas que elaboró el Poder Ejecutivo y que incluye una disposición para castigar con penas que pueden alcanzar la prisión a quienes realizan este tipo de conductas.

    A su juicio, el Código Penal ya tiene disposiciones que permiten llevar a cabo una tarea represiva sobre quienes contribuyen a ensuciar la ciudad, como ocurre con los hurgadores que en su tarea de clasificación desechan el material que no les sirve al costado de los contenedores.

    El fiscal sostuvo que las autoridades pueden recurrir al artículo 224 del Código Penal, que tipifica el delito de “violación a las disposiciones sanitarias”. Esa norma establece: “El que violare las disposiciones publicadas por la autoridad competente para impedir la invasión de una enfermedad epidémica o contagiosa, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión”.

    “Esto es un verdadero problema sanitario, porque la basura acumulada es una fuente de enfermedades y más con el calor del verano”, dijo.

    Días atrás, el fiscal Zubía planteó su idea al alcalde de la zona de Colón —en la que vive— y al propio secretario general de la Intendencia de Montevideo, Ricardo Prato.

    Ambos jerarcas le manifestaron su preocupación por este tema. De hecho, según los funcionarios, algunos esfuerzos por limpiar la ciudad no se observan porque la cultura de la población contribuye a ensuciarla al poco tiempo.

    “A mí no me corresponde opinar sobre la estructura del sistema de limpieza de la ciudad, no sé si es buena o no porque yo no me especializo en eso. Pero sí puedo opinar acerca de la conducta de la persona que desparrama basura y sobre sus responsabilidades”, aseveró Zubía.

    “Leyendo la realidad judicial, esta figura penal puede considerarse de poco interés y se puede afirmar que el problema responde a una realidad social compleja”, dijo el representante del Ministerio Público, y agregó: “También es verdad que el fiscal está para defender los intereses de la sociedad y que algo hay que hacer con este asunto. En esa línea es que postulé que tiene que haber una voluntad de todos los operadores para que se conduzca al juzgado a estos individuos, no solo para procesarlos sino también para hacerles ver el disvalor de su conducta e iniciar un camino de reversión de este fenómeno”.

    Algunos operadores judiciales consideran que en la medida que los primeros hurgadores sean citados a la sede penal y se los interrogue, se va a empezar a “correr la voz” de que el control y la sanción de esta conducta “viene en serio”, por lo que va a contribuir a que ceda su conducta.