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    Gobierno analiza idea de subir tope de donaciones a educación privada

    En medio de enfrentamientos con la oposición y con los gremios del sector por el estado de la enseñanza, el gobierno estudia una propuesta de subir los topes a las donaciones empresariales dirigidas a centros de estudio privados ubicados en zonas carenciadas para agilizar la llegada de recursos a las instituciones.

    El Poder Ejecutivo analiza un proyecto de decreto presentado por el ex ministro de Economía, Ignacio de Posadas, al presidente José Mujica luego de que ambos participaran en almuerzo organizado por el Council of the Americas el jueves 9.

    En ese encuentro, Mujica reconoció que parece “imposible” hacer cambios en la educación. Fue allí cuando De Posadas le hizo estas propuestas, que después envió en forma escrita a la Presidencia (Búsqueda Nº 1.675).

    El ex ministro propone modificar la actual normativa de donaciones especiales, que establece un tope del 5% de la renta neta fiscal del ejercicio anterior como monto máximo al que se le aplicarán beneficios fiscales (devolución de impuestos).

    De Posadas plantea subir ese tope al 10% mediante un decreto presidencial.

    Límites bajos.

    En la documentación que envió a Mujica, De Posadas señala que otorgar beneficios fiscales a las empresas que donan dinero es algo “que existe en muchos países, que es bueno y que se ha venido usando desde hace algunos años, sin aparentes problemas”. No obstante, sostiene que en Uruguay el tope es “bastante exiguo”, lo que “le quita envergadura y trascendencia”.

    “Parece lógico que exista algún límite, pero no tan bajo. Máxime cuando estamos hablando de contribuyentes formales, que cumplen con las normas; de donatarios especialmente autorizados, conocidos y supervisados”, agregó.

    De Posadas sostuvo que a nivel de enseñanza Secundaria y Primaria hay “una experiencia muy larga de lo que hacen instituciones privadas de educación en zonas críticas” con “mejores resultados” que la enseñanza pública.

    Estas donaciones también son aplicables a los centros mencionados, pero “nuevamente el tope quita relevancia al mecanismo y minimiza el impacto”.

    El ex ministro advirtió que existen “trabas de índole regulatoria”, por lo que también recomienda el artículo tercero del decreto presidencial que regula esa herramienta.

    Esta norma establece que el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) deberá autorizar y registrar a la institución que trabaja en zonas carenciadas. De aprobarse los cambios, esa autorización se hará en forma ficta si a los 60 días de presentada la documentación el MEC no se hubiera pronunciado sobre la pertinencia de la solicitud.

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