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La Suprema Corte de Justicia absolvió de responsabilidad a la ex directora del Centro Nacional de Rehabilitación, Diana Noy, quien había sido procesada sin prisión en 2010 por la jueza penal Fanny Canessa como presunta autora de un delito de “homicidio culpable por omisión” por la muerte de un preso.
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El recluso Mauro Bozzatta apareció muerto en su celda luego de haber denunciado presuntas irregularidades en el centro penitenciario. Aún no pudo determinarse si ese hecho fue un suicidio o un homicidio.
El Tribunal de Apelaciones Penal de tercer turno revocó la resolución de Canessa, por lo que el fiscal penal Luis Bajac presentó un recurso de casación.
La sentencia de la Corte, emitida el 6 de junio y firmada por los ministros Daniel Gutiérrez, Jorge Larrieux y Jorge Ruibal, comparte las consideraciones hechas por el tribunal en cuanto a que “no puede legítimamente sostenerse que la encausada permaneció impávida ante los graves hechos acontecidos en el establecimiento penitenciario”.
“Por el contrario, corresponde afirmar que adoptó una conducta proactiva en resguardo de la integridad física de Bozzatta, no aguardando a la decisión del juzgado para proceder sino anticipándose al mismo y en estricto cumplimiento de los poderes de dirección que le corresponden”, agrega.
Para el máximo órgano judicial del país no se acreditaron las omisiones intencionales de Noy que hayan desembocado en la muerte de Bozzatta, ni tampoco un accionar culpable que provocara, en una relación de causalidad, el fallecimiento del recluso.