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    Mutualistas consideran “graves” e “inconstitucionales” artículos del Presupuesto que dan más control al gobierno sobre sus recursos

    Las conversaciones no se detienen. En la última semana, las autoridades del Ministerio de Salud Pública (MSP) se reunieron dos veces con representantes de las instituciones de asistencia médica que están “preocupados” por la inclusión de dos artículos en el proyecto de ley de Presupuesto que consideran poco claros, que aumentan el “control” del gobierno sobre el destino de los recursos que reciben y que les coartan su libertad como empresas.

    Según dijeron fuentes del mutualismo a Búsqueda, el pasado viernes se concretó un primer encuentro en el que las instituciones de la salud plantearon la necesidad de “cambiar” los artículos 376 y 377, que evalúan como inconstitucionales y “graves” para cumplir con su funcionamiento.

    Con la participación del ministro Daniel Salinas y el Subsecretario José Luis Satdjián, el lunes se realizó una segunda reunión, que las fuentes evaluaron como “productiva”, en la que las mutualistas entregaron un documento redactado en conjunto con una propuesta de modificaciones para “garantizar” la “estabilidad del sistema”.

    Consultadas por Búsqueda, fuentes del Ministerio de Salud Pública confirmaron que el “intercambio fue bueno” y que se está trabajando en “alternativas”.

    Cambio

    El debate gira en torno a dos normas que las instituciones médicas entienden como un “estancamiento” y critican que están redactadas de forma “poco precisa”, explicaron las fuentes del mutualismo. El artículo 376 es entendido como un “intento de control”, que además ofrece “poca claridad” sobre el destino de las cuotas de salud entregadas por el Estado.

    La norma que está a estudio del Parlamento indica que el “uso y destino” de la cuota salud “debe estar directamente asociado al cumplimiento de las prestaciones que deben brindar obligatoriamente los prestadores públicos y privados que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud a sus usuarios, a efectos de garantizar la sustentabilidad en la asignación de recursos para la atención integral de la salud”. Sin embargo, no establece cómo ni de qué forma se va a definir las prestaciones “esenciales”, señalaron fuentes del mutualismo.

    “¿Qué proceso administrativo se seguirá para determinar si a juicio del Ministerio de Salud Pública hubo un uso ajustado a la norma de los fondos que percibe el prestador por cuota salud? ¿Cuál es el órgano competente para emitir opinión y resolución?”, dijo el presidente de la Federación de Prestadores Médicos del Interior (Fepremi), Carlos Cardoso, en la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda de Diputados.

    Además, sostuvo que el artículo es “inconstitucional”, porque viola los principios de proporcionalidad, igualdad, y seguridad jurídica. También vulnera “la libertad de empresa y agrede a la libertad de asociación”, afirmó Cardoso.

    Según un análisis del constitucionalista Martín Risso citado por las mutualistas, la norma impone una “limitación muy importante a la libertad de empresa con carácter general”.

    “Esos dos artículos no cumplen con el principio de proporcionalidad. Es dudosa cuál es su finalidad porque esa parte del sistema está funcionando bien y son ganancias legítimas que tienen las instituciones médicas”, dijo el abogado a Búsqueda.

    Las mutualistas consideran que no “existe una norma legal” que los obligue a explicar el destino de las cuotas de salud. Cada institución es “libre” de recibir los fondos y aplicarlos a proyectos de inversión autorizados por el MSP, explicaron las fuentes mutuales. “El artículo 376 viene a constreñir aún más la libertad de gestionar las instituciones, por la vía de limitar el uso de los recursos”, agregó Cardoso en el Parlamento.

    Según fuentes del mutualismo, la norma “parece limitar” el uso de la cuota a los recursos del Plan Integral de Atención de Salud (PIAS), que funciona como una “canasta básica de recursos mínimos”. Si se restringen las inversiones, no se podrán mantener servicios como las emergencias móviles ni contar con equipos de tecnología que permitan, por ejemplo, la renovación de tomógrafos y la realización de “ciertas cirugías”, afirmaron desde las mutualistas.

    “Se les recorta las alas porque se les impide invertir en otras actividades complementarias como los sistemas de emergencias móviles; son limitaciones un poco absurdas”, sostuvo Risso.

    “La medicina nacional quedará estancada en el año 2020”, advirtió Cardoso en el Parlamento.

    En el documento entregado al MSP se incorporan prestaciones que están por fuera del PIAS y son “cruciales” para la vida de las instituciones, dijeron a Búsqueda. Incluso las mutualistas plantearon que ese artículo debería quedar contemplado en los contratos de gestión que se firman con la Junta Nacional de Salud. “Ya hay una cantidad de obligaciones a cumplir y sanciones en caso de incumplirlas”, añadió otra fuente del mutualismo. Además, la propuesta presentada ante el MSP contiene un desglose detallado con gastos básicos en publicidad, impresiones y folletos informativos que se entregan a los usuarios.

    Cambio

    La segunda crítica apunta al artículo 377, que las mutualistas ven como una señal “negativa” que afecta los créditos a los que las instituciones médicas acceden como herramienta de financiamiento.

    El artículo indica que los “derechos de créditos por conceptos de pagos de cuotas de salud no podrán ser cedidos por prestadores, cuando se comprometa la sustentabilidad económica de la institución cedente”. Cuando la cesión sea en un porcentaje superior al 60% de los créditos mensuales “se requerirá autorización expresa y fundada de la Junta Nacional de Salud”, indica el proyecto.

    “Que una entidad como la Junta Nacional de Salud, que es un co contratante, tenga la libertad de decir: ‘No te acepto esta cesión de créditos; yo tengo la posición jurídica de limitar el acceso a un instrumento financiero y que afecte la gestión empresarial’, nos parece inadecuado, inconveniente e ilegítimo”, dijo el doctor Álvaro Eugen, de Fepremi, en el Parlamento.

    En su exposición, la Fepremi afirmó que las instituciones de asistencia médica colectiva son de las de empresas que venden productos y servicios “más controladas” en el país. También aseguró que debería ser el MSP y no la Junta Nacional de Salud quien se encargue de controlar los créditos.

    En el documento entregado al MSP las instituciones proponen suplantar el término “autorización expresa” por el de “notificación” y plantean que las cesiones solo sean presentadas si se supera el 70% de los créditos mensuales.