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“Extremo” y “alto” sigue siendo el “riesgo de criticidad” en varios procesos de la administración y gestión del Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA), que debe continuar la implementación del plan de acción previsto por ese organismo, según un informe de la Auditoría Interna de la Nación (AIN), fechado el jueves 7.
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El objetivo del trabajo fue evaluar el grado de implementación de las recomendaciones realizadas en el informe de la AIN del 22 de noviembre de 2019. El trabajo de seguimiento comprendió el período entre enero de 2020 y julio de 2021.
El plan de acción presentado oportunamente por el organismo planteó “medidas de implementación inmediata”, a convenir con la Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANII), instalación de la Unidad de Auditoría Interna y actualización del reglamento operativo para el uso de los recursos del Fondo de Promoción de Tecnología Agropecuaria (FPTA), específicamente en el primer semestre de 2020.
Del relevamiento de la AIN surgió que, de las acciones vinculadas a los 10 hallazgos informados, las referentes al conflicto de intereses y aprobación de proyectos “se cumplieron en el plazo establecido”.
En cuanto a las recomendaciones de dos hallazgos “aún se encuentran sin implementar” y las restantes están “en proceso de implementación”, indicó.
Puntualizó que los referentes del organismo argumentaron que eso se debe a los cambios que se fueron generando ante la renuncia del anterior presidente de la Junta Directiva (José Luis Repetto) y su nueva conformación.
En la actual administración el titular del INIA es José Bonica, que entre 2006 y 2010 integró la directiva en representación de la Asociación Rural.
De la evaluación realizada en esta oportunidad, la AIN concluyó que “el organismo debe continuar el proceso de implementación del plan presentado, dado que aún se encuentra expuesto a los riesgos informados” en el informe anterior, que “se fundamentan principalmente por su alto nivel de criticidad”.
Recomendó “priorizar la conformación de una Unidad de Auditoría Interna, dando cumplimiento a lo establecido por la normativa vigente y la actualización del reglamento” operativo del organismo.
En uno de los capítulos evaluados, la AIN destacó que debido a “la importancia material y/o científica que tienen los bienes adquiridos en el marco de estos proyectos (financiados por los FTPA), se debería dejar constancia expresa, en cada contrato, de las razones por las cuales INIA define no disponer de la propiedad de los mismos al término del proyecto”.
Antecedentes y tareas pendientes
La AIN elaboró el informe en cuestión a pedido del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), con el fin de evaluar la aprobación y seguimiento técnico y económico de los proyectos financiados con el FPTA, en el período de enero de 2012 a diciembre de 2018.
Esa fuente de recursos estudiada abarcó particularmente a las modalidades: competitivo (convocatoria 2012 y 2015), de asignación directa y las realizados en el marco del acuerdo de cooperación celebrado con la ANII.
Ese trabajo concluyó que “en relación a la aprobación de proyectos y selección de recursos humanos”, se verificaron “situaciones de conflicto de intereses que podrían haber llevado a que las decisiones se hayan adoptado sin la debida objetividad y transparencia”.
Además, “en relación al seguimiento técnico y financiero de los proyectos”, se constataron “debilidades en relación a la asignación de autoridad y responsabilidad, en el diseño e implementación de las actividades de control y falta de reglamentación ante conceptos generales de la normativa”. Eso “no permite asegurar que el fondo sea utilizado eficientemente con el fin para el cual fue inicialmente concebido, ni que los proyectos financiados se cumplan en tiempo y forma”, advirtió la AIN.
Recomendó también “evaluar la creación de una Unidad de Auditoría Interna como órgano asesor a la Junta Directiva, tendiente a lograr el control y monitoreo continuo de los riesgos a los que se encuentra expuesto el organismo; asegurando su independencia respecto de los jerarcas de la organización”.
En respuesta a eso, el 20 de diciembre de 2019 el INIA presentó un plan de acción detallando para recomendación las medidas a tomar, responsables, y plazo de implementación.
Otra de las observaciones formuladas por la AIN en el informe anterior hizo hincapié en la participación de INIA como ejecutor en proyectos entre ese organismo y la ANII.
“Si bien el FPTA es un instrumento para financiar la ejecución de proyectos de investigación llevados a cabo por otras organizaciones, nacionales o internacionales, o por personas externas al INIA”, el trabajo constató que “se acordó expresamente la posibilidad de que los investigadores del INIA participen sin restricción de los llamados, constatándose la participación” de ese instituto “como ejecutor en proyectos financiados en este marco”.
Detectó la “falta de oposición de interés, siendo INIA ejecutor, participando además en la etapa previa de definición de las convocatorias, en la evaluación de los proyectos presentados y eventualmente en el seguimiento de los mismos”.
La “falta de objetividad y transparencia en la ejecución” de los proyectos figuraron entre los riesgos advertidos por eso.
En tal sentido, la ANI recomendó “rever la participación de INIA en proyectos ejecutados en el marco del acuerdo con la ANII, analizando la posibilidad de modificar el mismo”, lo cual “no fue implementado”.
A modo de respuesta de la directiva del INIA, se proporcionó el artículo 138 del proyecto de la ley de Rendición de Cuentas, el que de aprobarse modifica el párrafo primero del artículo 18 de la Ley 16.065 del 6/10/1989, que crea el FTPA.
Esa modificación “saca la limitación de aplicar el fondo a proyectos no previstos en los planes” del organismo, pero “no levanta la observación realizada por la AIN, ya que la participación de INIA como financiador, ejecutor y controlador implica falta de oposición de intereses”.
Por eso, la Auditoría Interna consideró que ese organismo “ha asumido los riesgos planteados”.