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    Profesionales respaldan el régimen que exonera impuestos a las inversiones y abogan por “cuidarlo”

    Análisis presentados en un congreso de contadores instan a evitar “abusos” con la promoción de inversiones

    Con similares argumentos y terminologías, dos análisis presentados en el reciente Congreso Nacional de Graduados en Ciencias Económicas, organizado por el Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay, dieron respaldo al régimen de promoción de inversiones mediante exoneraciones fiscales, aunque también sugieren posibles mejoras.

    El régimen de promoción a la inversión está sustentado en la Ley 16.906, de 1998, reglamentada por varios decretos posteriores. Una Comisión de Aplicación (Comap) que funciona en la órbita del Ministerio de Economía (MEF) se encarga de recibir y evaluar los proyectos de empresas que pretenden invertir en equipamiento, ampliaciones edilicias u otras mejoras beneficiándose con reducciones impositivas. En enero-mayo —el último dato informado—, la Comap recomendó al Poder Ejecutivo otorgar ventajas fiscales a planes con inversiones asociadas por US$ 397 millones; los proyectos más grandes fueron los de Telefónica Móvil (US$ 99 millones), Maltería Oriental (US$ 59 millones) y el aserradero Arboreal (US$ 29 millones).

    Este esquema de estímulo ha sido cuestionado desde el sistema político por Cabildo Abierto, pues alega que implica una renuncia fiscal focalizada en grandes empresas, muchas de origen extranjero, y que de todos modos harían la inversión si no recibieran el beneficio. También ha sido objetado por especialistas de entidades internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y la Cepal. En tanto, desde el MEF se ha defendido el régimen.

    En el Análisis de la situación actual y propuestas de mejora del Régimen General de Promoción de Inversiones, presentado en el congreso efectuado del 4 al 6 de este mes, los autores —Gabriel Ferrere, Gustavo Honorio, Andreina Moreira, Enrique Noal, Santiago Rizzo, Guillermo Sanjurjo y Jorge Valdez— sostienen que “no hay duda” de que se trata de una “fantástica herramienta para promover la ejecución de inversiones, que de otra forma no se concretarían. Lo vemos en el contacto diario con empresarios, en las declaraciones de los representantes de cámaras empresariales y lo recogen encuestas como las realizadas periódicamente por el Instituto Uruguay XXI, con los inversores extranjeros”.

    Lo describen como un régimen “accesible, tanto para empresas grandes como para las medianas y pequeñas de todo el país, que no discrimina el origen del capital y genera externalidades que superan ampliamente el sacrificio fiscal que realiza el Estado”.

    No obstante, señalan, “en ocasiones se presentan brechas entre los tiempos que son razonables a nivel empresarial y los tiempos en los que incurren a nivel de los ministerios para la evaluación de los proyectos (seguramente debido a la amplia aceptación de esta herramienta por la mayoría de las empresas uruguayas de todo el país)”. Agregan que tal situación, “agravada por algunos criterios que son adoptados por la Comap y que no son adecuadamente comunicados y fundamentados, genera pérdida de algunas exoneraciones que están previstas en el régimen y, como consecuencia, cierto malestar y desconfianza en los usuarios”. Concluyen señalando que, a los efectos de que el régimen “siga siendo el principal facilitador de inversiones en el país, es importante cuidarlo” desde el gobierno, “pero también evitar abusos por parte de los usuarios y, fundamentalmente, adecuarlo a la realidad económica manteniendo un contacto fluido entre la Comap y el mundo empresarial”.

    Al presentarlo en el congreso, Sanjurjo habló del régimen como un mecanismo “conveniente”, que “a Uruguay obviamente le hace bien”, que tiene “falencias, pero corregibles de manera sencilla”.

    Aunque más específico, el Análisis de los indicadores del Régimen General de Promoción de Inversiones, Decreto 268/020 también sentencia que se trata de una “excelente herramienta para promover inversiones”.

    Sus autores —Alejandra Berriel, Luis Castaño, Juan Pablo Fernández, Emilio Frugoni, Andreina Moreira, María Eugenia Oliver, María Gabriela Platero y Daniel Sylburski— apuntan que los sucesivos decretos reglamentarios de la ley mantuvieron “su esencia en lo que respecta a la existencia de una matriz de indicadores”: generación de empleo, aumento de exportaciones, descentralización, tecnologías limpias, investigación y desarrollo y los de tipo sectorial. Estos se han diferenciado por la ponderación dada, así como por los criterios de valuación y seguimiento de cada uno en forma individual. “La existencia de estas matrices ha permitido direccionar las políticas de Estado, en materia económica y social, de cada uno de los gobiernos de turno, según las necesidades del momento”, señalan.

    El marco actual, determinado por el decreto 268/020 y sus criterios básicos generales de funcionamiento, “ha dado lugar a condiciones favorables para ejecutar inversiones, que de otra forma —en la mayoría de los casos— no se concretarían. Esta situación queda de manifiesto en el contacto diario con el mundo empresarial y con declaraciones que surgen de representantes de cámaras empresariales, así como de encuestas realizadas periódicamente por el Instituto Uruguay XXI, con los inversores extranjeros”.

    Como el otro análisis, este describe el régimen como “accesible, tanto para empresas grandes como para las medianas y pequeñas de todo el país, que no discrimina el origen del capital y genera externalidades ampliamente del sacrificio fiscal que realiza el Estado”.

    Sin embargo, los autores también hacen cuestionamientos generales similares a los señalados en el otro estudio y otros más específicos. Por ejemplo, plantean en referencia al indicador relativo a las exportaciones que, si bien “se comparte” que un incremento de las ventas al exterior asociado a un proyecto de inversión es “un factor relevante”, no considerar elementos como el “valor agregado” o el nivel tecnológico de los bienes o servicios exportados “no contribuye al desarrollo pleno del país. No es lo mismo la exportación de bienes primarios en su estado casi natural como puede ser la exportación de ganado en pie o la de madera sin procesar, por ejemplo, que la exportación de productos con mayor valor agregado o la exportación de servicios”. En ese sentido, sugieren dar mayor puntaje a aquellos rubros con más incorporación de valor agregado o desarrollo tecnológico.

    Economía
    2023-09-27T14:42:00