Un total de casi 240.000 hectáreas correspondientes a 172 negocios de compra venta de tierras, que cumplen con lo establecido en el artículo 35 de la ley 11.029 del Instituto Nacional de Colonización (INC) respecto al ofrecimiento obligatorio de esos campos al Estado, fueron transadas entre privados en 2021, ya que la actual administración decidió no adquirir más predios rurales.
Esos datos, a los que accedió Búsqueda, surgen de la base informativa de ese ente estatal y muestran que en el 16% de las transacciones, que son 27, operaron como compradores sociedades anónimas, sociedades anónimas simplificadas y fideicomisos.
El área adquirida por ese tipo de figuras jurídicas abarcó casi 108.000 hectáreas, lo que representó 45% del total de tierras compradas el año pasado, conforme con los registros del INC.
Entre algunos de los negocios de compraventa que abarcaron la transacción de más cantidad de tierras, los datos indican operaciones de casi 35.000 hectáreas, de unas 18.000 hectáreas, otras de entre 7.000 y 8.000 hectáreas y luego figuran varias de entre 1.000 y 4.000 hectáreas.
Todo propietario, antes de enajenar un campo de una extensión igual o superior al equivalente a 500 hectáreas de índice de productividad Coneat 100 está obligado a ofrecerlo, en primer término al INC, el que tendrá preferencia para la compra por igual valor y plazo de pago, dispone el artículo 35 de la ley en cuestión.
Establece que la falta de cumplimiento de la parte enajenante de las obligaciones impuestas por este artículo determinará la nulidad absoluta del negocio jurídico.
Igualmente, rige la obligatoriedad referida para el caso de las transacciones de campos con una extensión igual o superior a las 200 hectáreas Coneat 100 de los departamentos de Florida, Colonia, Maldonado y San José, debido a la modificación dispuesta por la ley 19.577 de 2017.
Cambios y lineamientos
A diferencia de los gobiernos del Frente Amplio, la coalición integrada por los partidos Nacional, Colorado, Cabildo Abierto, Independiente y de la Gente adoptó una política de tierras que dejó de priorizar la compra de campos, para aumentar su cartera de inmuebles rurales a ser destinados a la colonización en el campo local.
La decisión pasa por recortar el presupuesto para la adquisición de tierras y concentrarse en la entrega de los campos que ya tiene el ente estatal a productores y trabajadores rurales.
Entre los principales lineamientos del actual directorio figuran el mejorar la calidad de la colonización y su misión colonizadora, con el aporte necesario en infraestructura, en función del diseño productivo, social, económico y ambiental, según consta en el sitio web del INC.
Indica que otro propósito comprende la “mejora en la gestión institucional, basada fundamentalmente en la selección, administración de los recursos del Estado y en sus procesos”.
Además ese ente tiene el objetivo de lograr la “recomposición de las colonias, apuntando a la calidad y la adecuada explotación, con un modelo tecnológico que sea superador”.
El actual directorio de Colonización determinó el pago de algunos campos comprados en años anteriores, la adquisición de un pequeño predio a la ANEP (Administración Nacional de Educación Pública) y tuvo la intención de adquirir ciertos padrones a colonos propietarios, pero eso no se concretó hasta el momento, dijeron a Búsqueda fuentes de ese ente.
Las administraciones frenteamplistas priorizaron la compra de tierras y la intervención en el mercado de inmuebles rurales, mediante la participación activa de Colonización en la adquisición de campos ofrecidos por el artículo 35.
Ese objetivo fue definido como parte de una estrategia de evitar la concentración de la propiedad de la tierra, y paralelamente dispuso un marco legal para identificar a los propietarios de los inmuebles rurales, a través de la obligatoriedad de solicitar una autorización del Poder Ejecutivo para ser titular de un predio.
En ese sentido, algunas de las recientes autorizaciones concedidas por el Poder Ejecutivo fueron para las empresas Winterbotham S.A en su calidad de fiduciaria del fideicomiso financiero Tierras del Litoral II (enero 2022), con padrones rurales en el departamento de Río Negro, Camposol SRL bajo la nueva estructura societaria de Camposol Trade España SL (diciembre 2021), con padrones rurales en el departamento de Salto, y forestal Oro Verde (abril y diciembre 2021), con predios en los departamentos de Tacuarembó y Rivera.
Otros permisos de titularidad de inmuebles otorgados por el Ejecutivo en noviembre de 2021 fueron para las firmas Dalunor SRL e Icomar SRL, ambas con campos en el departamento de Lavalleja, y a la empresa de cañamo Gilkenal S.A, con padrón en la zona rural de Montevideo.
En el período de 2000 a 2020 la extensión de tierras transadas fue de 8,7 millones de hectáreas, lo que equivale a algo más de la mitad del total de suelos de uso agropecuario de Uruguay, según registros de la Dirección de Estadísticas Agropecuarias (Diea).
Muestran que en ese lapso unas cuatro millones de hectáreas fueron adquiridas por sociedades anónimas, lo que representa el 46% del total de tierras que cambiaron de dueños.
Al mismo tiempo, dos millones de hectáreas fueron vendidas por ese tipo de sociedades, indican.
En los últimos años el precio promedio de la hectárea bajó de US$ 3.712 en 2017 a US$ 3.257 en 2018, luego pasó a US$ 3.342 en 2019 y volvió a disminuir a US$ 3.295 en 2020, según Diea. Señala que en el primer semestre de 2021 el valor promedio fue de US$ 3.305 por hectárea.
Racional subdivisión
Por colonización se entiende “el conjunto de medidas a adoptarse de acuerdo con ella para promover una racional subdivisión de la tierra y su adecuada explotación, procurando el aumento y mejora de la producción agropecuaria y la radicación y bienestar del trabajador rural”, según la ley 11.029 de 1948.
El plan estratégico político del INC para el período 2020-2024 destaca que ese ente estatal es referente en políticas de tierras, en su racional subdivisión, radicación de la familia rural y adecuada explotación, pero debe cumplir también un papel relevante en la producción familiar, sustento de las políticas institucionales, integrados al conjunto de las organizaciones de productores, sociales y de acción colectiva.
“Debe ser un instrumento válido para los beneficiarios de nuestras políticas públicas y un referente de la producción familiar” en Uruguay, establece.
Y enfatiza que “se proyecta pasar de una visión cuantitativa al desarrollo de un paradigma cualitativo desde el punto de vista productivo, económico, social, cultural y ambiental”.