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    Tribunal de Apelaciones falló a favor de miles de municipales en un juicio millonario contra la Intendencia de Montevideo

    Alrededor de 700 trabajadores municipales culminaron una larga y discutida asamblea de la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (Adeom) el jueves 27 de marzo de 2008 con una resolución tomada: se iniciaría un nuevo juicio contra la Intendencia de Montevideo (IM) en reclamo de partidas salariales impagas en 2003 y 2004 y del seguro de salud que distaba desde 2002.

    Esta iniciativa legal tuvo como resultado un fallo en primera instancia en favor de la comuna capitalina, el cual fue recurrido por el sindicato de municipales. Semanas atrás el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5º Turno revocó la sentencia y dio la razón a los trabajadores, según el fallo al que tuvo acceso Búsqueda.

    El departamento de Asesoría Jurídica de la IM ya presentó el recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ), dijeron fuentes municipales.

    El juicio fue iniciado en julio de 2008 por alrededor de 4.200 trabajadores agremiados en Adeom, patrocinados por el abogado Daniel Och. Los funcionarios reclaman que la Intendencia no cumplió con los incrementos salariales por encima del Índice de Precios al Consumo (IPC) de 1% en octubre de 2003 y otro de 1% en octubre de 2004, acordados en el convenio salarial firmado en 2001 durante la administración del ex intendente Mariano Arana.

    Pablo González, integrante del ejecutivo de Adeom y uno de los funcionarios denunciantes, dijo a Búsqueda que está “contento porque la Justicia haya reconocido que efectivamente se debe lo que fue reclamado”.

    El dirigente estimó que de fallar la SCJ a favor de los trabajadores, la comuna deberá abonar “números millonarios” que “podrían ser superiores al juicio” que culminó en 2006. Asimismo, responsabilizó del conflicto a la Intendencia, ya que “si hubiera pagado en su momento le significaba un aumento de un peso cada 100 de salario”.

    En otro juicio iniciado previamente por Adeom, también con el patrocinio de Och, la Justicia condenó en junio de 2006 a la comuna a indemnizar a los funcionarios con los haberes que les hubieran correspondido en aplicación del mismo convenio entre el 1º de octubre de 2002 y el 30 de junio de 2005: unos U$S 20 millones (Búsqueda Nº 1.481).

    En este sentido, fuentes de la comuna confiaron a Búsqueda que el caso implica “cifras millonarias por la cantidad de funcionarios involucrados” y que es uno de los juicios “más grandes” que enfrenta la administración de la intendenta Ana Olivera.

    González aseguró que de parte de Adeom “siempre hubo voluntad del gremio de alcanzar una salida negociada pero la Intendencia de Montevideo opto por no negociar”.

    “Directamente nos dijo que le hiciéramos juicio”, afirmó.

    Consultadas por Búsqueda las autoridades de la comuna capitalina prefirieron no hacer declaraciones en este momento.

    El fallo.

    La sentencia del 11 de setiembre de 2013 firmada por los ministros Luis María Simón, Beatriz Florentino y María Esther Gradín indica que la comuna está obligada a abonar la “mejora salarial” establecida en el convenio y “asimismo, deberá adicionarse el reajuste legal desde la exigibilidad (mes a mes) más intereses del 6% anual desde la fecha de la demanda”.

    La Intendencia de Montevideo, según consta en el expediente, “concluyó que la rescisión del convenio estuvo justificada por razones de fuerza mayor y que aquella alcanzó a los rubros reclamados”.

    Pero para los ministros “la rescisión no alcanzó al resto de las cláusulas del convenio, esto es las que hacen a la extensión del seguro de salud, el aumento de la partida de útiles y los estudios de mejora de gestión, así como otorgar la partida mitigatoria por una sola vez y el aumento salarial en marzo y abril”.

    Agrega que “la cláusula segunda que establece que en el marco de la mejora comunal, que las partes se comprometen a mantener y profundizar, se asignará un incremento adicional del 1% a partir del 01.10.2003 y del 1% a partir del 01.10.2004, no se trata de una previsión programática o condicionada a tal o cual grado de desempeño o gestión funcional determinada, ni se acordó cuándo, cómo o quién valoraría los avances de la mejora de gestión”.

    “La norma nada dice, por el contrario, su redacción es imperativa: ‘se asignará un incremento adicional’, sin nada más”, por lo que “lo acordado fue lisa y llanamente una mejora salarial (aunque con fecha de vigencia hasta el 30/06/2005) sin supeditarlo a ningún acontecimiento futuro que de no cumplirse quedaría desactivado”, explica el tribunal.

    Sobre este punto, indica que desde la IM “en ningún momento sostuvo que la aplicación de la cláusula segunda estaba supeditada a determinadas mejoras en la gestión en tal o cual ámbito y que ello no se haya cumplido y que por ello no correspondía cumplir con lo convenido”.

    A partir de ello los ministros concluyen que “si bien el convenio tenía plazo de vigencia (hasta el 30 de junio de 2005) al tratarse de una ‘mejora salarial’ debe entenderse definitivamente incorporada al salario, amén de negociarse (a partir de aquella fecha) un nuevo incremento o mejora”.

    Información General
    2014-01-09T00:00:00

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