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    El gobierno posterga la aplicación de una nueva normativa sobre estándares de emisiones vehiculares

    Un decreto aplazó hasta diciembre de 2025 la aceptación de certificaciones de modelos de vehículos otorgadas antes de la entrada en vigencia del decreto sobre calidad de aire y hasta el 13 de mayo de 2026 su comercialización

    El Poder Ejecutivo resolvió días atrás extender los plazos para la implementación de los nuevos estándares de calidad del aire exigidos a los vehículos cero kilómetro que ingresen al país. A través de un decreto firmado el pasado 25 de junio, se decidió postergar hasta diciembre de 2025 el período de aceptación de certificaciones de modelos otorgadas antes de la entrada en vigencia del decreto aprobado en 2021, sobre regulación de calidad del aire, una normativa que establece estándares más estrictos para las emisiones de fuentes fijas y móviles, al incluir dentro de ese último grupo la importación y comercialización de vehículos en Uruguay.

    La nueva fecha límite para la comercialización en plaza de estos vehículos es el 13 de mayo de 2026.

    El decreto, firmado por el presidente Yamandú Orsi y los ministros de Ambiente, Salud Pública, Industria y Transporte y Obras Públicas, se basa en el decreto aprobado en 2021, por el que se aprobaron normas reglamentarias sobre calidad del aire “para prevenir la contaminación y proteger el ambiente”. La normativa de 2021 establecía que la posibilidad de importar vehículos que no cumplieran los estándares de emisión para fuentes móviles previstos en el reglamento finalizaría el 13 de mayo de 2023, mientras que la posibilidad de comercializarlos terminaría el 13 de mayo de 2024.

    Sin embargo, en noviembre de 2022 se introdujeron correcciones y ajustes a esa reglamentación, entre los cuales se agregaron dos incisos clave, con el fin de “reconocer las homologaciones vigentes otorgadas con anterioridad” por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Industria, Energía y Minería, por el plazo de hasta dos años más.

    Ahora, “a los efectos de evitar repercusiones comerciales no identificadas previamente”, el decreto aprobado por Orsi plantea que nuevamente se “podría extender el plazo” del artículo 42, vinculado tanto a la importación como a la comercialización de vehículos homologados.

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    Vista aérea del tránsito en Montevideo

    Vista aérea del tránsito en Montevideo

    Como argumento, menciona que en 2021 se establecieron los objetivos nacionales de calidad del aire para disminuir los riesgos para la salud humana y los ecosistemas, así como límites máximos de emisión, tanto para fuentes fijas como móviles, reglamentadas en la Ley General de Protección del Ambiente; y asegura que tanto las modificaciones introducidas en 2022 como las que se incorporan con el nuevo decreto “no implican cambios sustanciales en la reglamentación de calidad del aire, ni en la política del Poder Ejecutivo en la materia”.

    Además, indica que así “se cierra el período de adaptación del mercado automotor al reglamento de calidad del aire”.

    Así, el decreto resuelve sustituir el inciso final del artículo 42 del Reglamento de Calidad del Aire, el cual establece que las “homologaciones tendrán validez por el plazo que hubieran sido otorgadas, el que no podrá tener vencimiento más allá del 31 de diciembre de 2025 a los efectos de la importación de vehículos, ni en forma posterior al 13 de mayo de 2026, para la comercialización”.

    Búsqueda consultó al Ministerio de Ambiente sobre los argumentos que motivaron la postergación de los plazos pero no tuvo respuesta. Fuentes de la cartera indicaron que la prórroga fue solicitada por actores del sector empresarial, quienes ya habían reclamado en el pasado por la entrada en vigencia de la medida.