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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEn el número 2.297 de Búsqueda, correspondiente al pasado jueves 10 de octubre, se publica una carta del Sr. Adolfo Bertoni en la que este critica una nota mía publicada en El Observador el sábado 5 de octubre, bajo el título La experiencia de los cincuentones. Mi nota comentaba un estudio técnico del BPS acerca de los resultados de la aplicación de la Ley 19.590, “ley de cincuentones”. Dicho estudio, firmado por la Esc. Nadya Camerosano y el Ec. Roberto Ayuto, expone y analiza abundante información acerca del modo en que los cincuentones hicieron o no hicieron uso del derecho que les dio la ley citada de desafiliarse del régimen jubilatorio mixto (BPS + AFAP) establecido por la Ley 16.713 y acogerse al régimen exclusivamente de reparto (solo BPS), en los términos del título VI de esa ley (Régimen de transición). Por mandato legal, antes de optar por desafiliarse del régimen mixto los cincuentones debían necesariamente recibir el asesoramiento del BPS.
El primer dato que extraje y señalé del estudio referido fue que los asesorados potenciales, es decir, los integrantes del colectivo de cincuentones, eran 140.882 y que de ellos solo 84.286 —es decir, el 60% del total— fueron al BPS a asesorarse para hacer uso, eventualmente, de la opción legal; el otro 40% ni siquiera se molestó en ir a hacer la consulta.
En segundo lugar destaqué que de esos 84.286 asesorados solo optaron por desafiliarse del régimen mixto 36.729 personas, es decir, el 44% de aquellos.
La conclusión que yo saqué de los datos reseñados fue que “lo que la reforma del PIT-CNT propone es imponer con carácter general y obligatorio una solución que la mayoría de las personas rechaza cuando considera, contando con la información y el asesoramiento pertinentes —esto es fundamental—, cómo la afectaría concretamente en su caso particular”.
El Sr. Bertoni —con quien nos tenemos recíproca estima— critica mi nota diciendo que yo omití señalar que la Ley 19.590 recorta en un 10% lo que a los cincuentones les correspondería percibir si se les aplicara, íntegramente, el régimen de transición del título VI de la Ley 16.713. Según él, de no existir esa quita muchos hubieran optado por desafiliarse del régimen mixto. “¿Cuántos miles hubieran sido?”, se pregunta, y él mismo contesta: “Lamentablemente, ya no podremos saberlo”.
Esa es la verdad: no podemos saberlo. Los técnicos del BPS dicen que la base de datos que usaron identifica a “84.286 personas distintas y 93 variables asociadas a ellas” (sí, 93). “Dentro de las variables fundamentales para el análisis —dice el estudio comentado—, encontramos: fecha de nacimiento, fecha de asesoramiento, figura de asesoramiento, sexo, ahorro en AFAP, datos de las distintas proyecciones realizadas para las jubilaciones de régimen mixto y jubilaciones de transición, entre otras”. Ante un panorama de esta complejidad, decir que el factor decisivo fue la quita del 10% no pasa de ser una conjetura, como el propio Sr. Bertoni acaba por reconocerlo (“no podremos saberlo”).
A continuación, el Sr. Bertoni señala que “para optar debían pagarse los aportes oportunamente no efectuados y en muchos casos (…) esos pagos no pudieron realizarse”, lo que hizo que se quedaran en el régimen mixto muchos que hubieran querido abandonarlo.
Ciertamente, el cambio de régimen podía generar una deuda por aportes impagos, no por incumplimiento del afiliado sino porque, en el régimen mixto, por los ingresos superiores a una cifra aproximada a los $ 260.000 mensuales (en números redondos) no era obligatorio hacer aporte alguno; pero si la persona optaba por abandonar el régimen mixto y acogerse retroactivamente al régimen de transición del BPS debía cumplir con las obligaciones propias de este, que incluyen aportar por todo el salario. “Donde está el beneficio está la carga”, dice un viejo aforismo jurídico que explica y justifica la solución legal.
Lo que omite decir el Sr. Bertoni es que exactamente por la misma causa también se generarán deudas en caso de aprobarse la reforma constitucional que propone el PIT-CNT. Tan es así que la disposición transitoria y especial V dispone: “La ley reglamentará los aportes personales correspondientes a las asignaciones computables del tercer nivel previsto por el literal C del art. 7 de la Ley 16.713, del 3 de setiembre de 1995”. O sea: deberá dictarse una ley para reglamentar el pago de esa deuda (palabra que el texto propuesto sustituye por una larga perífrasis para no espantar al votante), tal como lo hizo la ley de cincuentones (artículo 14). Quienes no optaron por la desafiliación para no asumir ese pasivo tampoco deberían votar a favor de la reforma, por la misma razón y porque además la reforma, a diferencia de la “ley de cincuentones”, no les da la posibilidad de optar sino que les impone el cambio de régimen.
El Sr. Bertoni dice luego que la prueba irrefutable de que el régimen de transición del BPS es más beneficioso para el jubilado que el régimen mixto resulta de que el propio BPS estima que en caso de aprobarse la reforma propuesta deberá desembolsar 216 millones de dólares para “reliquidar las jubilaciones en curso de pago”.
Ante todo: esta estimación referida a la totalidad del sistema no quiere decir que en todos los casos convenga la migración de un régimen a otro; en algunos casos será así, y en otros no. La prueba irrefutable de ello surge del estudio técnico al que venimos haciendo referencia: solo el 44% de los asesorados (que fueron solo el 60% del conjunto de los cincuentones) optó por la desafiliación del régimen mixto después de haber recibido el asesoramiento de los funcionarios del BPS (cuyo sindicato promueve el plebiscito).
Pero, más allá de los casos particulares, importa señalar lo que debiera ser obvio para todos, pero evidentemente no lo es: ni la reforma de 1995 (Ley 16.713) ni la del año pasado (Ley 20.130) se hicieron para que el BPS gaste más. Lo que se buscó fue lo contrario: frenar la bola de nieve de un gasto que iba camino de hacerse insostenible, con grave perjuicio para el país todo. Por lo tanto, el desmantelamiento del régimen mixto, BPS + AFAP, sin duda que significaría más gasto para el BPS, porque implicaría el retorno a la situación insostenible de la que responsablemente se quiso salir. Ese mayor gasto no debiera ser motivo de júbilo para nadie que piense en el enorme déficit que va a provocar y en los que van a tener que pagarlo cuando se acabe la plata que les quieren confiscar —en el sentido propio del término, no en sentido figurado— a los titulares de las cuentas administradas por las AFAP.
De eso, de cómo se va a pagar lo que están proponiendo cuando se haya agotado el botín del que quieren apropiarse, dicen muy poco o nada los alegres proponentes de la reforma. Se refugian en vaguedades (“en el futuro se verá”, “habrá tiempo para pensar en eso”, etc.) o fantasean con paliar déficits cuantiosos con impuestos “al gran capital”, “a los más ricos”, etc. ¿Pensarán también en cerrar las fronteras y prohibir las transferencias al exterior para que no se les escapen las personas ni los capitales que quieren esquilmar?
Mientras tanto, los reformistas ofrecen sedantes: nos dicen que la reforma “no implicará pérdida o menoscabo en derechos o beneficios previstos en leyes anteriores en materia de prestaciones de seguridad social”.
La promesa no es creíble. Para que lo fuera tendrían que explicarnos, en primer lugar, cómo van a adivinar la trayectoria laboral futura de quienes tienen por delante 10 o 20 años de trabajo antes de jubilarse y cómo van a calcular el rendimiento que podrían ellos obtener de la administración profesional de sus ahorros en ese plazo. Y aun suponiendo que pudiera determinarse la cuantía de tales derechos y beneficios con una cifra que fuera algo más que una mera arbitrariedad burocrática, faltaría explicar cómo se van a pagar las jubilaciones después de que se haya arruinado la economía con más déficit, menos inversión pública y privada, más impuestos y más inflación.
El estimado Sr. Bertoni, que en su carta me invitaba a “manejar la totalidad de los datos” para “acercarse a la más profunda verdad de los hechos”, seguramente habrá de explayarse acerca de todas estas cuestiones para que la ciudadanía sepa cómo se va a pagar la fiesta si finalmente se aprueba la reforma que propone el PIT-CNT.
Ope Pasquet