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    Plataformas digitales crecen en Uruguay: superan las 30 y pagaron en un año más de US$ 50 millones a DGI

    Las empresas como Netflix o Uber están alcanzadas por impuestos —IVA e IRNR— que han ido aumentando su recaudación, evidencia de la expansión del negocio y la economía digital

    Entre los uruguayos, cuya amplia mayoría dispone de algún dispositivo para acceder a internet y pagan costos relativamente bajos de conexión, el consumo, el entretenimiento audiovisual, los alquileres temporarios y los servicios de transporte con chofer se canalizan cada vez más a través de aplicaciones o plataformas. El crecimiento de estos negocios tiene su reflejo ante la Dirección General Impositiva (DGI).

    Por un lado, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) grava los servicios de transmisión de contenido audiovisual y los servicios de intermediación de las plataformas multilaterales. En este último caso, si el oferente o el demandante están en el extranjero, solo se tributan con el 50% del servicio de intermediación. En 2024, el IVA recaudó el equivalente a US$ 37,2 millones, que se compara —en moneda corriente— con los US$ 31,5 millones del año previo.

    Por otro, el Impuesto a la Renta de los no Residentes (IRNR) se aplica a las actividades de mediación o intermediación en servicios prestados a través de internet, plataformas tecnológicas y aplicaciones, dependiendo del lugar donde se encuentren el oferente del servicio y el consumidor: 100% de la alícuota (de 12%) si ambos están en territorio nacional y 50% (tasa de 6%) si alguno tiene residencia en el exterior. Por este concepto, en 2024 la DGI cobró el equivalente a US$ 18,3 millones (US$ 15,5 millones el año anterior).

    Fueron 34 las plataformas digitales que hicieron pagos de IVA y/o IRNR en 2024, por un monto global equivalente a US$ 55,4 millones, calculó Búsqueda a partir de los últimos datos anuales disponibles entregados por la DGI en respuesta a un pedido de acceso a la información pública. Por razones de secreto tributario, la oficina recaudadora no entrega datos de cada una de esas empresas contribuyentes.

    Tanto la cantidad de plataformas —empezando con ocho en 2018— como su contribución al fisco fue creciente año tras año, surge de la serie estadística proporcionada.

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    La expansión en Uruguay de algunas de estas plataformas digitales ha provocado fricciones al entrar en competencia con proveedores tradicionales. En el sector inmobiliario, la Ley 20.352, aprobada en 2024, estableció un nuevo marco para los alquileres de “inmuebles de uso turístico”, que todavía no está reglamentado. Para las plataformas digitales, el proyecto de decreto reglamentario elaborado por el Ministerio de Turismo les da un plazo de 180 días para inscribirse en el registro de operadores turísticos que lleva esa cartera y dispone que solo podrán publicar alojamientos registrados.

    Como pasó en Montevideo hace algunos años cuando desembarcó Uber y otras plataformas, en el sector del transporte de pasajeros ahora surgieron controversias en Canelones. Este mes, la Junta Departamental canaria autorizó —con la resistencia en sala de un grupo de taximetristas— el servicio de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas electrónicas.

    “Foco temático”

    Ante su avance, la economía digital “es un foco temático” para las actuales autoridades de la DGI dentro de los planes de gestión para el quinquenio. “Porque hay muchas cosas que tenemos que desarrollar por el lado del traqueo o seguimiento de las transacciones. En definitiva, tener más información que nos permita caracterizar qué está pasando con la economía digital, que hoy, de hecho, es todo. Hay transacciones que son enteramente digitales, y en el mundo real también, la transacción termina siendo digital”, afirmó el director general de Rentas, Gustavo González Amilivia, en una entrevista con Búsqueda publicada en junio de 2025.

    “En el caso de las plataformas, lo que no tenemos son retenciones (de impuestos), como ocurre en otro tipo de transacciones. Tenemos algunos registros, pero tenemos que avanzar mucho en eso. La otra limitación ahí es la información bancaria, donde también hay que avanzar. Que la DGI accede a ese tipo de información; tenemos alguna información a través de los reportes automatizados de información. Pero, otra vez, hay que trabajar en varios planos. Porque hay que hacer un uso responsable de esa información y dar a entender, convencer a la sociedad toda, de que es necesario que la DGI tenga esa información. Que eso es en beneficio de la sociedad, en el sentido de que nos permite tratar a los contribuyentes en general de forma más equitativa”, alegó ese jerarca.

    Refiriéndose a las plataformas de compras como Mercado Libre, el director de la DGI señaló que “afortunadamente, porque por temas de seguridad es mucho mejor que pase así, la economía se ha bancarizado mucho más. O son billeteras electrónicas, no necesariamente con bancos, pero en todo caso pasa por medios más seguros para todas las partes. Pero no necesariamente nosotros accedemos a eso; tenemos que ir dando pasos para estar más cerca de esos registros para, en definitiva, poder dimensionar el volumen de transacciones que hay ahí, quiénes están, tanto en comercio de bienes como en servicios”.

    “O sea —insistió González Amilivia—, en economía digital estamos lejos de poder gestionar a los contribuyentes de la misma manera que lo hacemos con un contribuyente de IRPF, por ejemplo, asalariado. Por un tema de acceso a información, principalmente. Esas brechas hay que corregirlas. Pero no solamente porque eso tiene repercusión en la recaudación, sino porque es necesario elevar el estándar de cumplimiento de toda la sociedad”.