Seis años y siete meses después de firmado, el Protocolo de Contrataciones Públicas del Mercosur entró en vigor el pasado domingo 4 para Brasil y Uruguay.
El Ministerio de Economía destacó el “atractivo del mercado” brasileño, que se abre para las empresas uruguayas con este Protocolo de Contrataciones Públicas, en vigor desde el domingo 4
Seis años y siete meses después de firmado, el Protocolo de Contrataciones Públicas del Mercosur entró en vigor el pasado domingo 4 para Brasil y Uruguay.
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáLa decisión 37/2017 del Consejo del Mercado Común del bloque, que refiere a este protocolo, estableció que comenzaría a regir de manera bilateral 30 días después del depósito del segundo instrumento de ratificación; Uruguay lo había depositado a mediados del 2022 y Brasil lo hizo pocas semanas atrás.
La historia de este protocolo es, en realidad, más larga, ya que tiene como antecedente otro documento similar firmado en 2006 que solo ratificó Argentina y no llegó a entrar en vigor. Luego pasó a revisión y decantó en el texto suscrito en Brasilia en diciembre de 2017, cuando Tabaré Vázquez era el presidente uruguayo y Michel Temer el brasileño.
El gobierno de Luis Lacalle Pou festejó la entrada en vigor del protocolo como un “avance esencial” que “otorga acceso recíproco a las compras” y, a la vez, “permite contar con una base armonizada a la hora de negociar con terceros países o bloques”. A la “certeza y previsibilidad jurídica” que ofrecen estos acuerdos “hay que sumarle el atractivo del mercado de las compras públicas brasileñas”. En ese sentido, el Ministerio de Economía (MEF) señaló que es, “sin dudas, un excelente instrumento”.
En 2020, el mercado de compras públicas brasileño ascendió a US$ 168.000 millones, aproximadamente el 8,2% del Producto Interno Bruto (PIB) del país. Ese monto absoluto es superior al de algunos miembros de la Unión Europea, como los Países Bajos, con US$ 162.000 millones (19,5% de su PIB), o España, con US$ 125.000 millones (9,6% del PIB), según la agencia oficial española ICEX.
Los compromisos
El MEF describe que el mercado de las compras públicas uruguayo es abierto y no discrimina en materia de acceso ni en función del origen del proveedor ni del servicio o el bien a adquirir, lo cual lo diferencia de los sistemas de los socios del Mercosur. Con el protocolo y la concesión del trato nacional, Uruguay obtiene una condición de acceso que no tenía, recalca el MEF.
En cuanto a las obligaciones asumidas por Uruguay, estas se determinan por: las entidades cubiertas, que incluyen solo el nivel central de gobierno; los umbrales establecidos, fijados en 95.000 Derechos Especiales de Giro (DEG) para bienes y servicios y en 4.000.000 DEG para obra pública; y las causales de exclusión al ámbito de aplicación del acuerdo. Esto último refiere, por ejemplo, a los contratos de delegación de servicios (autorizaciones, permisos y concesiones, incluida la concesión de obra pública) y a las compras de petróleo crudo y sus derivados; las compras de energía.
En esta misma línea, también se reservó la posibilidad de que, en los contratos de obra pública, Uruguay pueda condicionar el otorgamiento de un margen de preferencia en el precio de las ofertas, en lo que corresponda, a la utilización de mano de obra nacional. Asimismo, excluyó de modo general los programas ya existentes de promoción de sectores (Contratación Pública para el Desarrollo, Ley de Agricultura Familiar y Pesca Artesanal). Más allá de estas exclusiones, el protocolo estableció una reserva de mercado general que salvaguarda un margen de discrecionalidad del Estado (del 15% de sus compras totales del año anterior) para generar nuevos programas de compras públicas a ser utilizados como un instrumento de promoción de un sector o actividad.
Por otro lado, Uruguay también hizo exclusiones a la licitación pública, bajo ciertas circunstancias, en los servicios de construcción u obra pública, o en los de consultoría relacionados con aspectos de naturaleza confidencial.
“De manera que Uruguay obtendrá acceso a los mercados de los socios, pero conservará un margen de exclusión a la aplicación del acuerdo de tal magnitud, que solo se traduce en un instrumento de ganancia para el país”, por lo cual, según el MEF, “solo resta celebrar la noticia” de la entrada en vigencia del protocolo con Brasil.